Iván Duque cumplirá arresto domiciliario por desacatar una orden judicial
Un Tribunal ordenó el arresto domiciliario por cinco días del presidente de Colombia por un supuesto desacato.
El Tribunal Superior de Ibagué, en Colombia, ordenó el arresto domiciliario por 5 días del presidente de ese país, Iván Duque, por desacatar una orden judicial que protege el Parque Nacional Natural Los Nevados, ubicado en la región del Eje Cafetero, declarado como «sujeto de derechos» en 2020.
Una publicación en la red social Twitter asegura que al mandatario se le ordenó formar un grupo especial para resguardar el Parque Nacional Natural Los Nevados, lo cual el presidente desatendió. Esta publicación es cierta pues el Tribunal sí ordenó el arresto domiciliario al Primer Mandatario por incumplir una orden judicial.
La sentencia se publicó en distintos medios de comunicación de ese país, donde señalan específicamente que no se ha cumplido la orden de integrar un Comando Especial de la Fuerza Pública para delitos ambientales en ese parque nacional.
Esta orden judicial establece «imponer como sanción medida de arresto domiciliario por cinco días»; de que esto se cumpla se encargará el director de la Policía colombiana o el superior que atienda las funciones en el Palacio de Nariño, sede del Ejecutivo. Además del arresto domiciliario, el alto Tribunal también ordenó que se impusiera una multa de 15 salarios mínimos legales vigentes al jefe de Estado colombiano.
En un video publicado en la plataforma YouTube , Duque respondió que la orden de arresto es inconstitucional. «Esa sentencia está más que cumplida y los reportes están, pero aparte de eso la decisión no solamente es inconstitucional, no está en firme, es un abierto prevaricato», dijo el mandatario.
La Constitución colombiana establece que el fuero del Presidente de la República es absoluto y cualquier acción debería ser remitida a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, sin importar si son asuntos administrativos o penales.
¿Qué pasaría si esto sucede en Ecuador?
La abogada constitucionalista Grace Arce menciona que en la Constitución del 2008, se reconoce a la Naturaleza como sujeto de derecho. Esto implica que toda persona debe respetar y proteger a la Naturaleza, porque esta gira en torno al principio fundamental del Sumak Kawsay.
Si alguien incumple esta normativa la Carta Suprema, en el numeral 9 de su artículo 436, determina que la Corte Constitucional ejercerá, además de otras atribuciones, “conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.” Además, en Ecuador, existen garantías jurisdiccionales que tienen como finalidad la protección eficaz de todos los derechos que estén reconocidos en la Constitución. Si en Ecuador existiera un caso similar a lo que pasó en Colombia, las entidades competentes tendrían que evaluar y dictar un veredicto final.
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