Lasso ya está preparado con la Ley del uso de la fuerza para el paro nacional
junio 8, 2022

Ley del Uso Legítimo de la Fuerza no entra en vigencia todavía 

La Ley fue aprobada este 7 de junio y el Ejecutivo tiene 30 días para pronunciarse. Aunque el punto polémico es la intervención de la fuerza pública en la protesta social, la normativa es más amplia y el objetivo es combatir la delincuencia común.

En el marco del auge de hechos delictivos en Ecuador y las limitaciones que tiene la fuerza pública para actuar con contundencia, en la Asamblea se aprobó el proyecto de Ley de Uso Legítimo de la Fuerza. 

En ese sentido se difundió que el Presidente de la República, Guillermo Lasso, está listo con esta Ley para aplicarla en el paro nacional. La información es falsa porque la dirigencia indígena y sectores sociales anunciaron movilizaciones a partir de este 13 de junio en contra de las políticas económicas del Régimen, pero no se ha convocado a paro nacional. Además, la menciona Ley aprobada este 7 de junio por el pleno de la Asamblea aún no entra en vigencia. 

En la cuenta de Facebook Defensor del Pueblo EC, con intencionalidad política en contra del Gobierno, se asegura que hay una convocatoria a paro nacional, lo que es contrario a los pronunciamientos del presidente de la Conaie, Leonidas Iza, quien ha manifestado que el sector indígena iniciará una movilización indefinida a partir del 13 de junio.

Un paro implica la suspensión de actividades  como la extracción de petróleo, interrupción de la libre circulación por territorio ecuatoriano, paralización del transporte, cierre de todas las actividades económicas y comerciales, entre otras, y nada de esto está planteado en la protesta convocada por la CONAIE.

Otro dato que echa por tierra la versión de que la nueva Ley  será aplicada para someter a las personas que se movilizarán este 13 de junio, es que si bien es cierto la Ley fue aprobada por la Asamblea,  todavía no entra en vigencia ya que falta el pronunciamiento del Ejecutivo que tiene 30 días para hacerlo. Puede ordenar que se publique en el Registro Oficial, y solo desde ese  momento se aplicará. 

También puede vetar total o parcialmente; de darse el segundo caso el proyecto regresará  a la Asamblea para su tratamiento. Mientras que las movilizaciones están convocadas para este lunes. Es decir, los tiempos no dan.   

En la discusión de esta Ley, en  el Legislativo no se pudo excluir tres artículos que hablan sobre la actuación de las fuerzas del orden en casos de manifestaciones y protestas. En términos generales se enfoca en la labor de la Policía, de las Fuerzas Armadas y del Cuerpo de Vigilancia Penitenciaria en el combate a la inseguridad y el uso legítimo de la fuerza cuando lo amerite y dependiendo del caso.

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