253 alertas trazan un patrón de presiones contra jueces independientes 

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Tres jueces anticorrupción fueron suspendidos sin sueldo por días después de revocar una prisión preventiva. Un conjuez fue removido de su cargo 13 días después de un voto que no convenía. Una jueza fue destituida por criticar a una fiscal. Un abogado, condenado a prisión por publicar en redes. El Observatorio de Derechos y Justicia documenta un patrón sistemático: represalias coordinadas entre múltiples organismos estatales contra operadores judiciales que dictan fallos incómodos para el poder político.

El caso que lo comenzó todo: Caso Goleada

El 11 de febrero de 2026, la Fiscalía General ecuatoriana emitió la primera orden de prisión preventiva contra Aquiles Álvarez, alcalde de Guayaquil, en el proceso conocido como «Caso Goleada», una investigación por presunta delincuencia organizada con fines de lavado de activos contra el alcalde, sus hermanos y otros acusados.

Menos de dos meses después, el 2 de abril, los jueces anticorrupción Byron Uzcátegui, Wiler Choez y Silvana Velasco, en su calidad de integrantes de un tribunal provincial, revocaron esa prisión preventiva. 

La decisión se fundó en lo que determinaron como falta de elementos de convicción suficientes sobre la existencia del delito. Era una decisión técnicamente justificada, dentro de la facultad de los jueces y conforme a la ley. Fue también una decisión que incomodó.

Lo que ocurrió después documenta un patrón que se replicaría en meses posteriores. En respuesta a la revocación de la prisión:

  • 8 de abril: La Fiscalía General presentó denuncias penales contra los tres jueces por el delito de prevaricato.
  • 10 de abril: El Fiscal General impulsó demandas de recusación.
  • Junio: La Corte Nacional de Justicia emitió una declaratoria calificando la actuación como «error inexcusable».
  • 27 de julio: El Consejo de la Judicatura suspendió a los tres magistrados sin sueldo por 90 días —una sanción que sorprendió por su magnitud y rapidez, más de un mes después de que iniciara el sumario administrativo.
  • 8 de septiembre: La Dirección de Control Disciplinario de la Judicatura recomendó la destitución de los tres jueces.

En declaraciones posteriores, el juez Uzcátegui denunció presiones previas por parte de la Judicatura, incluyendo intentos de forzar la reprogramación de audiencias mediante viajes internacionales. Advirtió sobre «un clima de intimidación generalizada que afecta a la independencia judicial ante decisiones que incomodan al poder político».

Lo notable no era que existieran denuncias. Lo notable era que ocurrieran de forma coordinada, simultánea, desde múltiples frentes, penal, administrativo, institucional,  como si respondieran a un único guión.

Entonces, ¿Cómo funciona el mecanismo?

Entre enero y agosto de 2026, el Observatorio de Derechos y Justicia (ODJ) registró 253 alertas vinculadas a la independencia judicial y otros asuntos de justicia. Esta cantidad rebasa significativamente la consolidada en 2025, reflejando lo que la organización caracteriza como «un acelerado menoscabo en la legitimidad, institucionalidad y autonomía de los organismos del sistema judicial».

De esas 253 alertas, 106 corresponden a asuntos de independencia judicial, el 42.1% del total. Los picos más altos se registraron en enero (40 alertas) y febrero (49 alertas), coincidiendo con tensiones institucionales en torno a la presidencia del Consejo de la Judicatura. Pero la problemática mantuvo «una relevancia constante durante los meses posteriores», según consigna el informe, vinculada directamente a las acciones de hostigamiento contra operadores de justicia.

El mecanismo opera así:

Paso 1: Un juez o abogado interviene en un caso de alto impacto político. Podría ser una decisión sobre prisión preventiva de un funcionario investigado, una sentencia que favorece a un acusado políticamente sensible, o declaraciones públicas críticas sobre el sistema de justicia.

Paso 2: Declaración intimidatoria de autoridad. El 30 de julio de 2026, horas después de que desde la Fiscalía se ejecutaron allanamientos a los jueces Milton Velásquez, Patricio Secaira e Iván Larco de la Corte Nacional, el ministro del Interior John Reimberg concedió una entrevista en la que advirtió:

«Allanaron a un juez de la Corte Nacional por cohecho para que les llegue el mensaje: no son intocables, nadie es intocable. O se enderezan y se corrigen o van a terminar presos».

No era una advertencia velada. Era una amenaza pública al poder judicial. En contexto de crecientes presiones sobre operadores de justicia, «estas advertencias tienen un inequívoco objetivo intimidatorio y ‘disciplinador’ sobre el resto de los operadores de justicia que deciden en casos que revisten interés político», consigna el informe ODJ.

Paso 3: Acciones simultáneas desde múltiples organismos. Denuncias penales, demandas de recusación y sumarios administrativos son iniciados no de forma secuencial, sino concurrente. Como documentó el informe, en el caso de la jueza Daniela Ayala, quien fue crítica durante una audiencia del caso Villavicencio, la Fiscalía presentó una denuncia; las hijas de Fernando Villavicencio, en su rol de acusadoras particulares, presentaron otra; y el ministro del Interior presentó una tercera, «aun cuando su ministerio no figuraba como parte en el litigio». Todas fueron sustanciadas de forma independiente, «propiciando el comienzo de dos nuevos procedimientos administrativos».

Paso 4: Suspensiones sin sueldo, destituiciones. Las suspensiones ocurren frecuentemente en lapsos muy breves tras el inicio de sumarios administrativos, y muchas veces exceden los límites legales establecidos. En el caso Ayala, fue suspendida tres veces por un mismo conjunto de hechos, primero por 90 días, luego se resolvió su caso en el fondo encontrando una infracción de agresión verbal y fue suspendida 30 días adicionales. Finalmente, fue destituida de su cargo el 21 de mayo de 2026.

Casos que ilustran el patrón

El conjuez removido 13 días después

El juez Javier De La Cadena se desempeñó como conjuez encargado de la Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia desde 2019, designado temporalmente por falta de jueces titulares. En junio de 2026, integró el tribunal que analizó la revocatoria de la prisión preventiva en el Caso Goleada. De La Cadena emitió un voto salvado a la declaratoria de «error inexcusable» contra los magistrados del tribunal provincial, señalando que no había existido infracción alguna en la actuación de los jueces.

Sorpresivamente, apenas trece días después de haber emitido su voto salvado, el Consejo de la Judicatura terminó su designación temporal en la Corte Nacional de Justicia —»aunque la falta de jueces en la Corte Nacional persistía»— y lo devolvió a la Corte Provincial de Imbabura.

No fue una coincidencia administrativa. Fue parte del mismo patrón: una decisión judicial que no convenía fue seguida de una acción institucional inmediata contra quien la emitió.

La jueza que criticó a una fiscal

Daniela Ayala, jueza de la Unidad de Garantías Penales de Pichincha, presidió la audiencia de formulación de cargos en el caso del asesinato de Fernando Villavicencio el 4 de septiembre de 2025. Durante la diligencia, Ayala fue crítica de las deficiencias técnicas en la actuación de la fiscal: falencias en la fundamentación de la prisión preventiva, referencia a procesados como personas sentenciadas, falta de objetividad en los argumentos.

No fue un insulto. Fue una crítica profesional a la calidad del trabajo fiscal. Fue también un acto de independencia judicial: la jueza, en su facultad de juzgar las pruebas y aplicar la ley, determinó que no había fundamentos suficientes para dictar prisión preventiva contra dos de los acusados.

Lo que ocurrió después fue acelerado y desproporcional:

  • 9 de septiembre: El Fiscal General presentó denuncia contra Ayala.
  • 12 de septiembre: El Consejo de la Judicatura admitió a trámite la denuncia y suspendió a Ayala por 90 días sin remuneración.
  • 2 de marzo de 2026: El Pleno del Consejo de la Judicatura dio curso formal al procedimiento administrativo y, por tercera vez, suspendió a Ayala por un lapso de tres meses.
  • 21 de mayo de 2026: Ayala fue destituida de su cargo.

Lo cuestionable: la denuncia sobre la prisión preventiva no debió haber sido admitida, según críticos, al no existir declaratoria jurisdiccional previa sobre la infracción. El tiempo de sanción por agresiones es de hasta 30 días; Ayala fue suspendida por 90, más del triple. Y fue la resolución de suspensión fue sostuvo en una «interpretación extensiva» del régimen disciplinario, «a pesar de que ello está expresamente prohibida en el derecho punitivo».

Los abogados, de defensores a acusados

En paralelo, también documentó el informe, se ha registrado una «naciente tendencia de hostigamiento e intimidación hacia los abogados que patrocinan casos de alto perfil político».

Eduardo Carmigniani Valencia, procurador judicial de Gráficos Nacionales S.A. (GRANASA), que edita los periódicos Expreso y Extra, enfrentó acciones coordinadas de la Fiscalía y la Superintendencia de Compañías desde 2025, aparentemente dirigidas a obtener control accionario de la empresa y alterar su línea editorial.

El 14 de agosto de 2026, Carmigniani fue condenado a seis meses de privación de libertad por calumnia. La condena, según análisis de expertos citados en el informe, «se dictaminó inobservando la jurisprudencia de la Corte Constitucional, conforme a la cual la figura penal de calumnia exige indispensablemente la atribución directa, específica e individualizada de un delito». Posteriormente, el 28 de agosto, fue sentenciado nuevamente, esta vez bajo la acusación de complicidad en cohecho relacionado con el caso «Sinohydro», por haber recibido honorarios legales derivados de sus servicios profesionales.

Ramiro García, abogado defensor de Aquiles Álvarez en tres procesos penales —»Triple A», «Goleada» y «Grillete»—, fue notificado el 3 de julio del inicio de una investigación fiscal por obstrucción a la justicia, iniciada supuestamente por publicaciones realizadas en su cuenta de X (antes Twitter) refiriéndose al avance de los procesos judiciales contra su cliente.

Defender a alguien, aparentemente, se había convertido en un riesgo.

La coordinación entre organismos

Lo que convierte estos casos en un patrón, y no en coincidencias aisladas, es la evidencia de coordinación entre organismos. No ocurre que un juez sea denunciado por la Fiscalía y el Consejo de la Judicatura actúe por su cuenta. Ocurre que ambos actúan simultáneamente, con timing que sugiere coordinación.

En el caso de Ayala, la Fiscalía presentó denuncia el 9 de septiembre. El Consejo de la Judicatura la admitió a trámite y suspendió a Ayala el 12 de septiembre , tres días después. No fue un procedimiento normal. Fue una respuesta inmediata.

Las declaraciones del ministro del Interior sobre los jueces investigados por cohecho, «no son intocables… van a terminar presos»,  ocurrieron «horas después» de los allanamientos ejecutados por la Fiscalía. ¿Coincidencia? Posiblemente. ¿Patrón? Con otros casos documentados, parece más un mensaje coordinado que una espontaneidad.

El informe ODJ cita una «estrategia coordinada entre múltiples organismos estatales para emprender, de forma simultánea, causas penales y sumarios administrativos contra los jueces que dictaron fallos inconvenientes para el poder político, así como contra los abogados a cargo de la defensa en dichos expedientes».

¿Por qué importa la independencia judicial como contrapeso democrático?

Ecuador tiene un sistema de pesos y contrapesos. Existe el poder ejecutivo, el poder legislativo, y el poder judicial —que debe ser independiente para cumplir su función de garantizar derechos y limitar abusos de poder.

Cuando un juez teme dictar una sentencia porque podría enfrentar denuncias penales simultáneas, sumarios administrativos y destituición, ese juez ha dejado de ser independiente. Ha sido intimidado. Su libertad de decidión ha sido coartada.

«Esta problemática se desencadena cuando, dentro del ejercicio legítimo e independiente de sus atribuciones, estos actores intervienen o emiten fallos en causas judicales con un alto impacto político», consigna el informe ODJ. «La intensificación de esta conducta atenta directamente contra la independencia judicial, menoscaba los derechos de juezas y jueces, incumple las obligaciones internacionales del Estado ecuatoriano y profundiza el deterioro institucional que debilita el sistema democrático del país».

En otras palabras: cuando el Estado persigue a sus propios jueces por ejercer independencia, el sistema deja de funcionar como contrapeso. El poder ejecutivo, a través de sus organismos (Fiscalía, Ministerio del Interior), controla lo que antes era un poder separado.

Un año de aceleración

Los datos de ODJ son reveladores. En 2025, la organización registró 253 alertas anuales sobre independencia judicial y justicia. En solo ocho meses de 2026 —enero a agosto—, volvió a registrar 253 alertas.

La distribución mensual muestra picos en febrero (49 alertas) y enero (40 alertas), «coincidiendo con las tensiones institucionales en torno a la presidencia y sucesión del Consejo de la Judicatura». Pero luego se mantuvo un nivel elevado y sostenido: 40 en marzo, 34 en mayo, 21 en julio.

Dentro de esas categorías, independencia judicial fue el tema dominante. Pero también incluye categorías como «Renovación FGE» (20.6% de alertas), «Justicia y DDHH» (14.3%), y «Atentado» (7.5% —refiriéndose a ataques contra la infraestructura judicial).

El informe subraya que los meses de enero y febrero «coincidieron con las tensiones institucionales en torno a la presidencia y sucesión del Consejo de la Judicatura». Pero la problemática no fue episódica. Fue estructural.

Lo que dicen los estándares internacionales

La Relatora Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de magistrados y abogados ha establecido estándares claros: los jueces no pueden ser sancionados por sus decisiones judiciales, sin importar cuán controversiales sean. Las represalias contra operadores de justicia por el ejercicio legítimo de sus funciones violan derechos humanos.

En abril de 2024, la Relatora Especial emitió una comunicación dirigida al gobierno ecuatoriano expresando preocupación por violaciones a la independencia judicial. Varios de los casos documentados en el informe ODJ de 2026 responden a patrones que la comunidad internacional ya había identificado como problemáticos.

Ecuador es signatario de tratados internacionales que comprometen la protección de la independencia judicial. Los hechos documentados por ODJ sugieren que esos compromisos no se están cumpliendo.

El deterioro institucional en números

Los datos finales del informe ODJ son contundentes:

  • 253 alertas en 8 meses de 2026 (vs. 253 anuales en 2025)
  • 106 alertas sobre independencia judicial (42.1% del total)
  • Pico de 49 alertas en febrero de 2026 (período de máxima tensión institucional)
  • Sostenimiento elevado en meses posteriores, direc tamente vinculado a las acciones de hostigamiento

El informe concluye: «Esta cantidad rebasa el consolidado del año 2025, lo cual refleja un acelerado menoscabo en la legitimidad, institucionalidad y autonomía de los organismos del sistema judicial, debilitando progresivamente su rol protector y de contrapeso democrático».

Lo que viene después

El Observatorio de Derechos y Justicia ha dejado constancia de un patrón. Ya no es posible hablar de casos aislados o decisiones administrativas rutinarias. Es un sistema coordinado de represalias contra quienes ejercen independencia judicial.

¿Qué significa esto? Que en Ecuador, en 2026, decidir un caso de forma independiente se ha convertido en un riesgo profesional. Que los jueces que son críticos, o que dictan fallos que incomodan al poder político, enfrentan consecuencias organizadas y coordinadas.

La pregunta que deja el informe es incómoda: ¿Puede existir democracia sin un poder judicial independiente?

La respuesta, consignada por el propio ODJ, es: no. El sistema de justicia es un contrapeso democrático. Cuando ese contrapeso es eliminado mediante represalias y intimidación, «la intensificación de esta conducta atenta directamente contra la independencia judicial… y profundiza el deterioro institucional que debilita el sistema democrático del país».

Lo documentado en 2026 no es una serie de incidentes aislados. Es el desmantelamiento gradual del poder judicial como institución independiente.

Fuentes

Karen Mantilla Ulloa
Karen Mantilla Ulloa
Licenciada en Periodismo con especializaciones en “Fake News” y Desinformación (RELIAL) y Periodismo de Visualización de Datos (DW Akademie y Desenredatos, Ecuador). Con más de 5 años de experiencia en medios digitales, como presentadora y reportera de noticias. También, escribo sobre temas científicos y culturales, combinando el rigor informativo con la claridad y el análisis de datos

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