En la sesión 523 del Pleno de la Asamblea Nacional, en la cual se votó el ‘Proyecto de Ley Orgánica para el Fomento Productivo’, distintos legisladores expusieron sus inquietudes en torno al proyecto. La legisladora Gabriela Rivadeneira enfatizó que este plan económico tiene como finalidad beneficiar a grupos económicos específicos. Advirtió que la propuesta brinda muchas facilidades para la exoneración de impuestos en el sector industrial, pero sin el compromiso de generar empleos. «Esta ley faculta que solo el sector privado sea quien ahora pueda prestarle al Estado ecuatoriano», denunció.
Rivadeneira se refiere a un cambio en el Código Orgánico Monetario y Financiero y una disposición transitoria incluida en el proyecto de Ley. La Asamblea dispuso que se incluya un segundo inciso en el Artículo 125 del Código Monetario con el siguiente texto: «Las entidades financieras públicas, con recursos de inversión doméstica, no podrán invertir en emisiones de entidades públicas».
Además, la transitoria décimo tercera de este proyecto establece que:
«Las inversiones que las entidades financieras públicas hayan efectuado, con recursos de inversión doméstica, en emisiones de entidades públicas, mantendrán sus condiciones hasta su vencimiento. Una vez producido su vencimiento, se ejecutará un cronograma de desinversión que permita liquidar estas inversiones en un plazo máximo de tres años»
A través de estos mecanismos establecidos en el Proyecto de Ley de Fomento Productivo se establecen restricciones al endeudamiento intraestatal. Ecuador Chequea consultó con tres economistas sobre las implicaciones de esta medida: