Pedro Granja pedirá revocatoria del mandato de Lasso
mayo 11, 2022

Pedro Granja espera que Lasso cumpla un año de gobierno para pedir los formularios para la revocatoria de su mandato

A través de Twitter, el abogado ha explicado que la revocatoria es un mecanismo consagrado en la Constitución y que este proceso permite que los mandantes le quiten el poder a un político por haberlos engañado con sus promesas de campaña.

No es la primera vez que se conoce de la propuesta de Pedro Granja para recolectar firmas y revocar el mandato de Guillermo Lasso. En una entrevista señaló que Lasso ha violado su palabra y que debe irse a su casa, porque no sabe gobernar.

En Facebook se publicó un contenido que asegura que Granja pedirá la revocatoria del mandato de Lasso. En la descripción de la publicación se añade que el abogado acudió al Consejo Nacional Electoral (CNE) a retirar el Plan de Gobierno (certificado) de Guillermo Lasso y Alfredo Borrero a fin de iniciar las acciones para la revocatoria del mandato. La información es cierta.

A través de Twitter el jurista afirmó que el 25 de mayo estará a las 09h00 en el Consejo Nacional Electoral (CNE) y pedirá los formularios para la revocatoria del mandato del presidente Guillermo Lasso y del vicepresidente Alfredo Borrero.

En su publicación adjunta un video en el que dice “400 presos muertos; presidente Lasso no, la culpa no es de Correa, la culpa no es de los jueces, la culpa no es del hábeas corpus, la culpa no es del sol, ni de la playa, ni de la luna. La responsabilidad es suya y la de todo su equipo con el cual usted gobierna (…)”. 

Además en Twitter, Granja explicó que la revocatoria es un mecanismo consagrado en la Constitución y regulado en el Código de la Democracia y la Ley Orgánica de Participación Ciudadana. Este proceso permite que los mandantes le quiten el poder a un político por haberlos engañado con sus promesas de campaña.

“Siendo así, mal hace el equipo de aduladores de Guillermo Lasso, mantenidos con fondos públicos, de querer seguirlos engañando: nadie lo quiere desestabilizar, lo queremos mandar a su casa, y lo hacemos públicamente, a plena luz del día amparados por la Constitución y la ley. ¿Por qué no recogemos firmas aún? Porque la ley dice que la autoridad debe haber cumplido un año en el cargo. Lasso cumple un año en el poder el 24 de mayo. No podemos firmar en cualquier papel. Los formularios se los debemos pedir al CNE”, señala el abogado.

 ¿Se puede pedir la revocatoria del mandato de un Presidente?

El constitucionalista Ismael Quintana explicó a Ecuador Chequea que para poder revocar el mandato hay que cumplir determinados requisitos y que, en el caso de la revocatoria del mandato de un Presidente de la República, la Constitución fija unos requisitos más difíciles de cumplir que para el resto de autoridades de elección popular.

“Lo primero es el tiempo, debe cumplirse el primer año de funciones y antes del último año, para que se pueda iniciar con el procedimiento de revocatoria del mandato. Luego, la solicitud de revocatoria para el caso del Presidente de la República debe tener un número no menor al 15% de los inscritos en el registro electoral, según el (artículo) 105 de la Constitución. El 15% de los inscritos en el registro electoral a nivel nacional es bastante, estamos hablando de millones de firmas. Esa tarea no es fácil, porque además, entregados los formularios por parte del CNE, para recolectar las firmas el proponente de la revocatoria va a tener 180 días para recoger (las firmas)”, señala el constitucionalista.

Quintana agregó que las firmas deben pasar por un proceso de validación por parte del organismo electoral y que, en muchos casos, esas firmas son anuladas. “En otros casos incluso porque el CNE estima que la hoja está doblada, que la firma está fuera del formato establecido. Es decir, hay muchas trabas que normativamente establecen tanto a nivel del Código de la Democracia, de la Ley Orgánica de Participación Ciudadana como el propio reglamento para el ejercicio de la democracia”, afirmó.

La Constitución de la República en su artículo 150 dice: “Las personas en goce de los derechos políticos podrán revocar el mandato a las autoridades de elección popular. La solicitud de revocatoria del mandato podrá presentarse una vez cumplido el primero y antes del último año del periodo para el que fue electa la autoridad cuestionada.

Durante el periodo de gestión de una autoridad podrá realizarse sólo un proceso de revocatoria del mandato. La solicitud de revocatoria deberá respaldarse por un número no inferior al diez por ciento de personas inscritas en el registro electoral correspondiente.

Para el caso de la Presidenta o Presidente de la República se requerirá el respaldo de un número no inferior al quince por ciento de inscritos en el registro electoral”.

El 18 de agosto de 2020, el CNE informó que las elecciones generales de 2021 contó con un registro electoral de 13’099.150 electores. Eso quiere decir que el 15% de este total es de 1’964.872 personas que tendrían que firmar para solicitar a la autoridad electoral convoque a la revocatoria del mandato de Lasso.

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