Insostenible
Lenín Moreno: «Envié un decreto en el cual elimino la sanción penal para las calumnias» #INSOSTENIBLE
junio 25, 2019

El 20 de junio de 2019, el presidente Lenín Moreno participó en la inauguración del nuevo Centro de Distribución Nacional (CEDI) de Almacenes Tía. Las instalaciones se construyeron con una inversión de USD 47 millones, están ubicadas en Lomas de Sargentillo, Guayas, y tienen el objetivo de generar 3000 empleos en los próximos tres años. Durante el evento, el primer mandatario afirmó que el Gobierno cumple su palabra y por ello:

«ahora la gente puede opinar, inclusive puede calumniar, y claro el presidente suele ser el principal objetivo de las calumnias, tal es así que el día de ayer envié un decreto en el cual elimino la sanción penal para las calumnias», señaló Moreno.

Declaraciones minuto 19 20

Las declaraciones de Moreno fueron cuestionadas en redes sociales argumentando que el Jefe de Estado no puede reformar el Código Orgánico Integral Penal a través de un decreto. El primer mandatario ecuatoriano, en realidad se refiere al proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal enviado a la Asamblea Nacional el 19 de junio de 2019.

De acuerdo a Salim Zaidán, profesor de Derecho Constitucional, «el Coip o cualquier código, o ley se reforma aplicando el procedimiento legislativo, el cual se encuentra regulado en el artículo 132 de la Constitución y tiene tres etapas»:

  • Etapa prelegislativa: Conformada por quienes tienen iniciativa legislativa para presentar proyectos de ley reformatoria.
  • Etapa  legislativa, se refiere al tratamiento del proyecto en la Comisión de Justicia, los dos informes con sus debates.
  • En la tercera interviene el presidente,  quien puede sancionar (si está de acuerdo con la Asamblea) o vetar (si está en desacuerdo) con el proyecto de ley.

El abogado constitucionalista Juan Francisco Guerrero, coincidió en que la «Constitución ocupa el más alto rango jerárquico, como norma que culmina el ordenamiento jurídico, y de la que deriva la validez de las demás normas que le están subordinadas». Por lo tanto, un decreto presidencial no puede saltarse el orden jurídico establecido en la Constitución para reformar el COIP.

Por su parte Mauricio Alarcón, Director Ejecutivo de la Fundación Ciudadanía y Desarrollo, señaló otra imprecisión de parte de Moreno, ya que el decreto del primer Mandatario «no propone eliminar el delito por calumnia, sino que se modifica la contravención de afectación al honor». En la propuesta del Jefe de Estado se quiere cambiar la sanción de cárcel por cumplimiento de horas de servicio comunitario y una multa de hasta seis remuneraciones.

El presidente publicó un vídeo en su cuenta de Twitter, el 21 de junio de 2019 y afinó sus declaraciones en torno a la sanción por calumnias: «He presentado la reforma para el delito de calumnia. Qué quiere la persona cuyo nombre ha sido calumniado, no quiere que el calumniador vaya preso, sino que la sociedad sepa que se trataba de una mentira, por ello he propuesto que se cambie la pena de encarcelamiento.»

Moreno presentó la reforma (de ley) amparado en lo que estipula el artículo 134 de la Constitución de Ecuador.

Ahora, le corresponde a la Asamblea Nacional «tipificar infracciones y establecer las sanciones correspondientes» de acuerdo al artículo 132 de la Constitución.

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