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Lasso: "Vamos a permitir que puedan defender como varón a sus esposas y a sus hijos" #INSOSTENIBLE
noviembre 18, 2016

Foto de la cuenta @LassoGuillermo

Foto de la cuenta @LassoGuillermo


Guillermo Lasso es un candidato que camina a contracorriente… Cuando en el país las cifras de porte de armas han bajado considerablemente, el político soltó una frase acalorada en un auditorio compuesto por agricultores y ganaderos del Guayas. “Vamos a permitir que puedan defender como varón a sus esposas y a sus hijos”. Insostenible…
Lo dijo el pasado miércoles 16, en el Centro de Convenciones de Guayaquil, como colofón a su propuesta de “modernizar” las leyes para que la gente del campo vuelva a portar armas. Un hecho a contramano si, de acuerdo con cifras de la Policía Judicial, en 10 años (2003-2014), el registro de armas entre civiles cayó de 47 499 a 29 716 unidades.
Lasso, sin embargo, sintoniza con un clamor propio del interior del país relacionado con robo de ganado y extorsiones. De hecho, la Federación Nacional de Ganaderos sostiene que entre sus asociados se formulan mensualmente 100 denuncias por abigeato. En todo caso, su enunciado gatilló expresiones de todo tipo en Twitter, como se lee al final de esta nota.
¿Cuántas armas hay en el país? De entrada, existen registradas 240 000 armas de diverso calibre, el 50 por ciento de ellas en poder de empresas de seguridad privada, según los archivos del  Sistema Informático de Control de Armas, herramienta del Departamento de Control de Armas del Comando Conjunto de las FF.AA.
¿Cuál ha sido la relación entre los ecuatorianos y las armas en los últimos años? Para comenzar, la Constitución de 2008, en su artículo 3, recuerda el deber del Estado de promover y garantizar una cultura de paz y de seguridad integral. Por ello, desde 2009, se prohibió el uso de armas por parte de civiles, con excepciones circunscritas principalmente a agricultores, ganaderos y camaroneros, con una vigencia de dos años.
Luego, en 2011, se emitió el Acuerdo Ministerial 749, en la cartera de Defensa, para prohibir la importación de armas. Un año después se estableció la prohibición para fabricar armas en el territorio nacional.
En 2014, en cambio, se publicó el nuevo Código Orgánico Integral Penal y en su artículo 360 se definió la diferencia entre tenencia (propiedad legal de un arma que permanece en espacios determinados y porte (traslado).
Quienes tienen armas sin autorización reciben una pena privativa de libertad de seis meses a un año. Y quienes porten armas sin permiso pueden permanecer en prisión entre tres y cinco años.
Desde 2015, sin embargo, el permiso de porte o tenencia se extendió hasta cinco años, precisamente por pedidos de sectores agropecuarios. Hasta antes del Decreto Ejecutivo por el cual se amplió el período de vigencia de los permisos, Defensa recibió cerca de 7000 pedidos de licencias para portar o tener armas. En un primer tamiz se autorizaron 564 permisos de porte.
Hace poco, el 26 de septiembre, Defensa expidió el Acuerdo Ministerial 270 en el cual se definen los nuevos requisitos para el porte y/o tenencia por parte de civiles, militares, policías, guardias privados de seguridad, miembros de clubes de tiro y coleccionistas. Puede leerlo aquí.
Todas estas regulaciones se enmarcaron dentro de las acciones gubernamentales por la seguridad ciudadana. Y a la par del endurecimiento de la normativa el decomiso de armas ha sido otro puntal de acción pública.
En 2014 fueron requisadas 5 513 armas; en 2015, 4 435 (ver Tabla 1), y en septiembre de este año el Comando Conjunto de las FF.AA. recibió de la Policía Nacional 10 139 armas, 43 000 municiones y 205 vainas. Este material, incautado en operativos efectuados desde 1998 hasta el presente año, permanecía embodegado en la Policía Judicial.
Tabla 1
Fuente: Policía Judicial.

Fuente: Policía Judicial.


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