Acuerdo ministerial sobre jornadas laborales no elimina horas extras o descansos 

Una publicación en TikTok utiliza un reportaje de Ecuavisa para difundir que el nuevo acuerdo ministerial, que permite extender la jornada laboral hasta 10 horas, elimina las horas extras y los días de descanso. Sin embargo, la normativa citada establece un esquema voluntario entre las partes que no vulnera los derechos laborales establecidos en Ecuador.


  • Qué verificamos: La afirmación de que el horario laboral en Ecuador se extiende a 10 horas, que se eliminan las horas extras y días de descanso, y que el empleador puede imponer estas condiciones unilateralmente.
  • Lo que afirma: “El horario laboral se extiende a 10 horas, se elimina horas extras y días de descanso” y “si ya tienes un contrato pueden añadir el nuevo reglamento, la última palabra la tiene el jefe”.
  • Nuestra conclusión: ENGAÑOSO  
  • A quién involucra: Trabajadores, empleadores, Ministerio del Trabajo de Ecuador.

¿Qué se dijo o qué circula? 

En TikTok circula una publicación que utiliza un reportaje televisivo del canal Ecuavisa para anunciar los cambios realizados en las jornadas laborales en Ecuador. En el reportaje se detalla el acuerdo ministerial que establece la «jornada laboral eficiente para el desarrollo». Una normativa que permite distribuir las 40 horas semanales en jornadas diarias de hasta 10 horas.

Sobre las imágenes del reportaje se superpuso un texto afirmando que “El horario laboral se extiende a 10 horas, se elimina horas extras y días de descanso” y que “si ya tienes un contrato pueden añadir el nuevo reglamento, la última palabra la tiene el jefe”.

¿Qué dicen las fuentes confiables? 

Se localizó el reportaje original emitido por el canal Ecuavisa el 10 de marzo de 2026. Tras revisar la emisión, se constató que la publicación en redes sociales utilizó el video auténtico sin manipular sus imágenes. Sin embargo, los textos sobrepuestos desinforman sobre el nuevo acuerdo ministerial de las jornadas laborales que entró en vigencia en marzo de 2026.

Ecuador Chequea revisó el Acuerdo Ministerial MDT-2026-059, si bien este documento sí contempla un aumento de la jornada laboral de hasta 10 horas, esta no es una medida que se aplicará a todos los trabajadores como da a entender la publicación.  

En el artículo 9, el documento establece la denominada «jornada laboral eficiente para el desarrollo», señalando que “los empleadores y trabajadores podrán acordar una jornada laboral eficiente para el desarrollo, de tal forma que se pueda distribuir las cuarenta (40) horas semanales en jornadas diarias que, en ningún caso, pueden superar el máximo de diez (10) horas diarias y distribuidas en forma dinámica y eficiente dentro de los cinco (5) días de la semana de acuerdo con lo previsto en la ley”. Es decir, se trata de un acuerdo voluntario entre empleado y empleador para redistribuir el tiempo de trabajo, y no de una obligación o extensión general. Esta condición voluntaria también se menciona explícitamente en el reportaje de Ecuavisa.

Por otra parte, la publicación menciona que “se elimina horas extras y días de descanso”. Esto es falso. En el Art. 10 del documento se menciona que esta medida debe respetar “los derechos mínimos, irrenunciables y adquiridos del trabajador, tales como el descanso obligatorio, el pago de horas nocturnas, suplementarias y extraordinarias cuando corresponda, y la remuneración justa, y que no supere las 40 horas de trabajo semanal, salvo las regulaciones que aplican para turnos especiales de trabajo”. Es decir, que la extensión de la jornada laboral también se rige por la normativa de trabajo.

En Ecuador, el Código de Trabajo, en el artículo 50, establece que “los días sábados y domingos serán de descanso forzoso y, si en razón de las circunstancias, no pudiere interrumpirse el trabajo en tales días, se designará otro tiempo igual de la semana para el descanso, mediante acuerdo entre empleador y trabajadores”. La duración del descanso de los trabajadores “comprenderá un mínimo de cuarenta y ocho horas consecutivas”, un derecho irrenunciable que se mantiene vigente con la nueva disposición.

Finalmente la publicación menciona que “si ya tienes un contrato pueden añadir el nuevo reglamento, la última palabra la tiene el jefe”. Si bien el artículo 10 de la normativa permite incluir la modalidad de jornada eficiente en contratos previamente hechos mediante una adenda, el documento especifica que esta debe ser pactada de forma explícita. Por tratarse de un acuerdo entre dos partes, el empleador no puede modificar la jornada laboral de manera unilateral sin la aprobación expresa del trabajador.

¿Hay elementos manipulados u omitidos? 

Sí, se identifica la omisión de contexto clave y la distorsión del contenido normativo. La publicación utiliza un video real y no alterado de Ecuavisa, pero le superpone textos con información engañosa. 

Omite aclarar que la jornada de 10 horas y la firma de adendas son medidas voluntarias y bilaterales que requieren el acuerdo formal del trabajador. 

Además, afirmar falsamente que la medida elimina los días de descanso obligatorio y las horas extras.

¿Se puede probar la trazabilidad?

Sí. Para verificar el contenido se realizó:

  • Se localizó y cotejó el reportaje audiovisual original emitido por Ecuavisa el 10 de marzo de 2026.
  • Se revisó y analizó el texto oficial del Acuerdo Ministerial MDT-2026-059 expedido por el Ministerio del Trabajo de Ecuador.
  • Se consultaron los artículos del Código del Trabajo de Ecuador para contrastar las garantías vigentes sobre descanso y recargos por horas extraordinarias.

Nuestra conclusión 

La publicación analizada es engañosa. Aunque utiliza un reportaje auténtico de Ecuavisa, los textos que la acompañan aseguran falsamente que la medida elimina las horas extras y los días de descanso. Además, presentan la medida como algo que se extenderá a todos los trabajadores, cuando debe ser un acuerdo pactado entre ambas partes.

El Acuerdo Ministerial MDT-2026-059 en realidad establece que la extensión de la jornada hasta 10 horas es una medida que puede acordarse entre el empleador y el empleado, pero no es obligatoria, y se rige por los derechos laborales vigentes en Ecuador.

Fuentes utilizadas

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