Ni siquiera se ha definido si habrá o no un juicio político contra la Fiscal
El 27 de noviembre del 2023, la asambleísta correísta, Gissela Garzón, presentó el pedido. Aún ni siquiera inicia el proceso en la Comisión de Fiscalización. El Pleno definiría si se lleva a la Fiscal a juicio político o no.
La fiscal Diana Salazar se desempeña en el cargo desde abril del 2019 y su periodo va hasta abril del 2025. El desempeño de la Fiscal ha sido usado para generar distintos tipos de publicaciones.
En Facebook se asegura que en una noticia de última hora, se confirma que Diana Salazar va a juicio político. Se califica este contenido como falso. El Consejo de Administración Legislativa (CAL) de la Asamblea Nacional inició el proceso de solicitud de juicio político, pero aún no hay nada en firme. El pedido está en la Comisión de Fiscalización y Control Político. Por lo tanto, no es cierto que Salazar “se va a juicio”, como asegura el contenido desinformativo; será el Pleno el que, en última instancia, tome la decisión de si se llama o no a juicio político a la Fiscal.
En el contenido de Facebook se compartió un enlace que direcciona a un video de Instagram, que según el usuario gatito_sambo fue compartido hace dos semanas y lo que hace pasar como si fuera actual. Sin embargo, al realizar un monitoreo, por la plataforma de videos TikTok, se encontró que el usuario @wilopradoec, publicó el mismo video, pero el 2 de diciembre del 2023.
En la grabación cuenta que la asambleísta Gisela Garzón, de la Revolución Ciudadana, indicó que el pedido de juicio político contra la Fiscal contó con el respaldo de ese movimiento, que actualmente tiene 51 legisladores. En el video también se cuentan las reacciones que tuvo en ese entonces la Fiscal General.
El tema del juicio político a Salazar resuena desde el 27 de noviembre del 2023. Ahí, la asambleísta correísta, Gissela Garzón, presentó el pedido de juicio político contra la fiscal Salazar por “sus innumerables incumplimientos a la Constitución y a la Ley”.
El 7 de diciembre del 2023, el CAL calificó el pedido de juicio político. Ahora el pedido está en espera en la Comisión de Fiscalización y Control Político, que debe o no dar paso para que el juicio político se debata en el Pleno de la Asamblea. Es decir, aún ni siquiera ha iniciado el proceso en la Comisión de Fiscalización. Por lo que el Pleno definiría si se lleva a la Fiscal a juicio político o no.
Para llegar al posible juicio político contra Salazar, se debe cumplir una agenda de trabajo del Legislativo, misma que fue presentada por el presidente del Legislativo, Henry Kronfle, el pasado 16 de diciembre. Este tema está como sexta prioridad de la Comisión de Fiscalización.
En esta agenda se prioriza el trámite de aprobación durante el año y medio en que los legisladores cumplirán funciones, de 120 propuestas de Ley, entre las que constan reformas al Código de la Democracia y a la Ley de Seguridad Digital.
En la solicitud de juicio a la Fiscal se mencionan algunas supuestas omisiones. “Durante todo este tiempo la Fiscalía no ha implementado ninguna política pública sería de investigación del narcotráfico, del crimen organizado”, se lee en el documento.
Frente al pedido, la Fiscalía, emitió un comunicado en el respalda a su máximo líder. Y aseguran que, el pedido de juicio político «carece de los fundamentos requeridos para aplicar esa figura de fiscalización».
También, señalan que el enjuiciamiento sólo «busca la impunidad, relacionada con casos que han sido sentenciados o que se están resolviendo en el ámbito penal».
Para censurar o destituir a la Fiscal necesitarán la mayoría absoluta, es decir 70 votos.
El artículo 85 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa señala que “para proceder a la censura y destitución de las y los funcionarios previstos en el artículo 131 de la Constitución de la República se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado, secretarios nacionales, ministros sectoriales, ministros coordinadores, demás funcionarios que ejerzan funciones de rectoría, y las y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá el voto favorable de la mayoría calificada”.
Los funcionarios que constan en el artículo 131 son: Procurador general del Estado, Contralor general del Estado, Fiscal general del Estado, Defensor del Pueblo, Defensoría Público General, Superintendentes, Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
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