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Una publicación que circula en TikTok advierte sobre multas de más de un millón de dólares por no presentar la declaración patrimonial omite que las sanciones forman parte de una reforma al Código Tributario aprobada por la Asamblea, que aún no está vigente. El texto aprobado el 6 de octubre contempla sanciones específicas para quienes estén obligados a presentar dicha declaración y no lo hagan.
- Qué verificamos: Una publicación que asegura que las multas por no presentar la declaración patrimonial al SRI podrían superar USD 1 millón.
- Lo que afirma: “Multas por no presentar la declaración patrimonial al SRI podrían superar USD 1 millón en Ecuador”.
- Nuestra conclusión: IMPRECISO
- Dónde se difundió: El contenido se difundió en TikTok mediante un video publicado por la cuenta @panoramaecuador.
- A quién involucra: Asamblea Nacional, Presidencia de la República, SRI y contribuyentes obligados a presentar la declaración patrimonial.
¿Qué se dijo o qué circula?
Una publicación que circula en TikTok advierte sobre multas de más de un millón por no presentar la declaración patrimonial. Calificamos este contenido como impreciso porque omite que las sanciones aún no están vigentes y que solo se aplicarían a quienes estén obligados a presentar esa declaración y no lo hagan.

¿Qué dicen las fuentes confiables?
La Asamblea Nacional aprobó el 6 de octubre de 2026, con 83 votos, el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Tributario, que establece nuevas reglas para calcular las multas en función del salario básico unificado (SBU) y sus valores proporcionales. Ese mismo día el legislativo confirmó el envío del proyecto al Ejecutivo
El proyecto establece multas de entre 1.000 y 2.075 salarios básicos unificados (SBU) para los contribuyentes que, pese a estar obligados, no presenten la declaración patrimonial.
En el proyecto aprobado por la Asamblea se plantean multas, con un Salario Básico Unificado de 482 vigente para 2026, entre 482.000 y 1.000.150 dólares.
El 13 de octubre el presidente Daniel Noboa presentó una objeción parcial y propuso sustituir esa multa fija por una sanción del 0,5% del valor de los activos en el exterior no reportados, con tope de un millón 150 dólares.
Por tanto, es impreciso, porque la norma no está vigente y su sanción final depende del tratamiento legislativo del veto y de la publicación en el Registro Oficial.
¿Hay elementos manipulados u omitidos?
La publicación omite información relevante sobre el estado de la reforma al Código Tributario y sugiere que ya está vigente. Aunque la Asamblea Nacional aprobó el proyecto y el Ejecutivo presentó su veto, la reforma aún no ha entrado en vigor. Para ello, debe concluir el trámite del veto y publicarse el texto definitivo en el Registro Oficial.
La publicación tampoco precisa que la obligación de presentar la declaración patrimonial está sujeta a determinados umbrales y requisitos legales. Además, no explica en qué circunstancias se impondrían las multas propuestas ni cuál sería el procedimiento para aplicarlas.
¿Se puede probar la trazabilidad?
Sí, Ecuador Chequea y medios confiables cubrieron la aprobación de la reforma tributaria el 6 de octubre y ese mismo día la Asamblea Nacional anunción el envío del proyecto al Ejecutivo.
Además, en el portal de la Asamblea también consta el expediente con los documentos tramitados en distintas instancias previas a su aprobación en el Pleno

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Nuestra conclusión
CIERTO. La cifra del video tiene sustento en el proyecto aprobado por la Asamblea Nacional, que contempla multas de hasta un millón 150 dólares, calculadas con el salario básico unificado de 2026. Esto, a pesar que el contenido visible no aclara que la reforma aún no está vigente ni precisa qué contribuyentes estarían sujetos a estas sanciones.
Fuentes
- Ecuador Chequea y medios confiables que cubrieron la aprobación de la reforma tributaria
- Comunicado oficial de la Asamblea que confirma el envío del proyecto aprobado al Ejecutivo: https://www.asambleanacional.gob.ec/es/node/120023
- Expediente con los documentos tramitados en distintas instancias previas a su aprobación en el Pleno: https://www.asambleanacional.gob.ec/es/multimedios-legislativos/62645-proyecto-de-ley-organica-reformatoria


