La Ministra se refería a contratos por hora y plazo fijo, si se admite la consulta
$1,92 sería el pago aproximado por hora para estas contrataciones, si gana el SÍ en esa pregunta de la consulta. El valor se calcula con base en el salario básico.
A través de la consulta popular propuesta por el presidente, Daniel Noboa, se plantea una pregunta para regular los contratos de trabajo a plazo fijo y por horas. Esta pregunta fue una de las aprobadas por la Corte Constitucional.
El tema es debatido por expertos, sectores sindicales y la ciudadanía. Sin embargo, éste ha sido tomado por la desinformación para generar distinto tipo de publicaciones.
En Facebook circula un post que asegura que, con el trabajo por horas que propone Daniel Noboa, a través de una pregunta en la consulta popular, el sueldo básico en Ecuador será de $307, porque con esta modalidad se pagará $1,92 la hora, cuando ahora el salario básico es de $460. Se califica este contenido como engañoso. La Ministra de Trabajo ha hablado de un valor aproximado de $1,92 la hora para contratos a plazo fijo y por horas, en caso de que la pregunta gane en la consulta. El valor se calcula con base en el salario mínimo actual de $460, por lo que no se considera una reducción de ingresos mensuales y a esto se debe sumarle los beneficios de Ley.
El contenido desinformativo fue compartido desde un grupo de Facebook y no da más detalles de la información. Tan sólo se compartió un supuesto cálculo de valor por hora.
En varias entrevistas, la ministra del Trabajo, Ivonne Núñez, ha explicado que en el caso de que ganara el Sí en la pregunta que plantea regular los contratos de trabajo a plazo fijo y por horas, ese valor se calculará con base en el salario mínimo actual que es de $460.
En Ecuavisa, la funcionaria dijo que si eso llegara a suceder, esa cartera de Estado tiene que fijar el costo de la hora de trabajo.
“Sobre el pago, el Ministerio debe aplicar lo que dice el Código del Trabajo, el último salario básico unificado ($460) se divide para 240 horas laborales, eso da un valor de $1,92. Pero a eso hay que agregarle todos los derechos laborales, como la afiliación al IESS y pago de décimos”, dijo en una entrevista con Primicias.
Entonces, el valor referencia de la hora laboral sale del cálculo realizado con base en el salario básico, por lo que no se considera una reducción de ingresos mensuales. Y, por último, a esto hay que sumarle los beneficios de ley.
En la entrevista detalla que a través de esa pregunta se busca incluir al empleo formal a quienes se encuentran en desempleo o subempleo en Ecuador. Esto, dando más opciones a la empresa privada para contratar servicios profesionales.
En Ecuador según el INEC, un 36 % de la población tiene trabajo adecuado, es decir, gana al menos el sueldo básico, está afiliado a la seguridad social y goza de beneficios de Ley. El resto de la población económicamente activa se encuentra en el subempleo o desempleada.
La pregunta propuesta por el Gobierno para la consulta popular señala:“¿Está usted de acuerdo con que se enmiende la Constitución y se reforme el Código de Trabajo y para regular los contratos de trabajo a plazo fijo y por horas, cuando se celebre por primera vez entre el mismo empleador y trabajador, sin afectar los derechos adquiridos de los trabajadores de acuerdo con el Anexo 12?”
El trabajo por horas fue prohibido en Ecuador, cuando se aprobó la Constitución de 2008. Esto se contempla en el artículo 327 de la Constitución.
El contrato a plazo fijo fue eliminado en abril de 2015 en el Gobierno de Rafael Correa.
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