El CNE aún no ha hecho la convocatoria oficial
Se espera que hasta mañana se convoque a las urnas a 13′450.047 ecuatorianos registrados en el padrón. La fecha tentativa es el 20 de agosto.
Los ecuatorianos irán a las urnas para elegir al nuevo presidente, vicepresidente y asambleístas. Se da luego de que el presidente, Guillermo Lasso, disolviera la Asamblea Nacional, bajo el artículo 148 de la Constitución, conocido como ‘muerte cruzada’. Este hecho ha generado que los desinformadores estén más activos que nunca.
En Facebook circula una publicación que asegura que las elecciones serán el 30 de agosto. Este contenido es falso. El Consejo Nacional Electoral (CNE) aún no ha hecho la convocatoria oficial. Se espera que mañana la entidad llame a elecciones. Por otro lado, la fecha tentativa para ir a las urnas es el domingo 20 de agosto.
Si hay segunda vuelta, sería en octubre. A estas se les ha denominado elecciones ‘exprés’.
Hay dos plazos establecidos en la ley que el CNE debe respetar, el primero son los siete días para la convocatoria y los 90 días para llevar a cabo las elecciones.
Se espera que hasta mañana, el CNE convoque a las urnas a 13′450.047 ecuatorianos registrados en el padrón, para las elecciones nacionales y, de inmediato, se abrirá la fase de democracia interna o elecciones primarias, para que las agrupaciones políticas escojan a sus precandidatos.
Según la entidad hay un total de 279 organizaciones políticas que integran el Registro Nacional del CNE, de las que 6 son partidos políticos, 11 movimientos nacionales y 69 movimientos provinciales, que suman 86 y que son las que están habilitadas para proponer candidaturas en una elección de carácter nacional.
Requisitos que deben completar los candidatos
El artículo 95 de la Ley Electoral, permite que los partidos y movimientos políticos o sus alianzas presenten a militantes, simpatizantes o personas no afiliadas como candidatas de elección popular y deben cumplir varios requisitos.
Para los que se inscriban para presidente y vicepresidente de la República:
- Se requiere ser ecuatorianos por nacimiento.
- Haber cumplido 35 años a la fecha de inscripción de su candidatura.
- Estar en goce de los derechos políticos y no encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones establecidas en la Constitución.
Para los que se inscriban como candidatos a asambleístas nacionales y provinciales:
- Haber cumplido 18 años al momento de inscribir la candidatura.
- Estar en goce de los derechos políticos.
- Haber nacido en la respectiva jurisdicción o haber vivido en ella, de forma ininterrumpida, los dos últimos años previos a la inscripción de la candidatura.
- Constar en el registro electoral del lugar al que desea representar y haber sufragado ahí en el último proceso electoral.
- No encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones establecidas en la Constitución.
Para aquellos candidatos a asambleístas por las circunscripciones especiales del exterior se requiere:
- Haber cumplido 18 años de edad al momento de inscribir la candidatura.
- Estar en goce de los derechos políticos.
- Haber nacido en la respectiva circunscripción o haber vivido en ella, de forma ininterrumpida, al menos dos años en los últimos cinco años.
- Constar en el registro electoral de la circunscripción a la que desea representar.
- No encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones establecidas en la Constitución.
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