El próximo miércoles la Corte Nacional revisará las medidas cautelares de Moreno
El expresidente, su esposa y otros ciudadanos incumplieron la presentación cada 15 días ante la autoridad. Es posible que reciban prisión preventiva.
Desde que la Fiscalía pidió prisión preventiva para los 37 procesados en el caso Sinohydro, pero el juez dictará medidas sustitutivas para todos, excepto un exrepresentante de la empresa china, varias han sido las publicaciones que circulan frente a este tema.
Por ejemplo, en Facebook circula una publicación que asegura que el expresidente Lenín Moreno podría ir a prisión preventiva por el caso Sinohydro. Esta afirmación es cierta.
Un conjuez convocó a la audiencia de revisión de medidas cautelares, luego de que varios de los procesados, incluyendo a Moreno, incumplieran la presentación periódica que les impuso la justicia. Además, según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), cuando una persona no cumple una medida alternativa, la Fiscalía puede pedir el cambio y el juez decidirá si dicta prisión preventiva.
La revisión de medidas cautelares
La revisión de estas medidas fue solicitada por la Fiscalía General, después de que varios de los procesados incumplieron la presentación periódica que les impuso la justicia en la formulación de cargos por cohecho.
Frente a esto, el conjuez Bayardo Espinosa convocó a la audiencia de revisión de medidas cautelares del caso Sinohydro, para las 09:00 del próximo miércoles.
En la providencia del conjuez Espinosa no se señalan nombres de los procesados a quienes se les revisarán las medidas cautelares.
Hay que recordar que el 20 de marzo, el expresidente Moreno; su esposa, Rocío González; una de sus hijas, Irina Moreno; el empresario ecuatoriano Xavier Macías Carmigniani y su esposa, María Auxiliadora Patiño, además del ciudadano chino Yang Huijun, debían cumplir la medida de presentación periódica cada 15 días en la secretaría de la Sala Penal de la CNJ.
Según El Universo, en el sistema electrónico de la Función Judicial (Satje), ninguna de estas seis personas mantiene un registro de presentación, por lo que la audiencia de revisión solicitada por la Fiscalía iría contra ellos.
En el caso específico de Moreno, según su defensa, y él, su viaje a Ecuador es médicamente imposible, razón por la cual no acudieron a las presentaciones, que se iniciaron el 20 de marzo. Ellos solicitaron que las presentaciones se hagan ante la delegación diplomática ecuatoriana en Paraguay.
Sin embargo, el conjuez Bayardo Espinosa, el 23 de marzo, les ratificó que debían cumplir con la medida cuando decidió negarles la revisión de la presentación que solicitaron los tres integrantes de la familia Moreno González.
Lenín Moreno ha dicho públicamente, en entrevistas, que ni él ni su esposa asistirán a las presentaciones periódicas: “Yo no puedo asistir dos veces al mes, viaje de ida y vuelta de 10 y 12 horas; a más de lo que representa económicamente asistir a Ecuador de manera tan frecuente”, declaró Moreno en una entrevista.
¿Qué dice el Código Orgánico Integral Penal COIP?
En el artículo 536 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) se explica que, si se incumple la medida sustitutiva, el juzgador la dejará sin efecto y en el mismo acto ordenará la prisión preventiva del procesado. Para esto se dará la audiencia en la que el juez formalmente escuchará el pedido de la Fiscalía y decidirá la prisión preventiva.
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