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10 claves para estar al día en impuestos y tarifas este 2024
enero 2, 2024

Para estar tranquilo con tus obligaciones tributarias es necesario conocer los cambios que se aplican a partir de este mes, ya sea por cambios legales o por actualizaciones al Índice de Precios al Consumidor. Una guía.

Desde este primero de enero, en Ecuador hay nuevas reglas en impuestos y tarifas. Se trata de nueve cambios dispuestos por el Servicio de Rentas Internas (SRI) y el Gobierno central, que impactan a emprendedores, empresarios, herederos, trabajadores e importadores de vehículos. Les presentamos una guía detallada. 

IMPUESTO A LA RENTA

Las personas con un contrato laboral formal (bajo relación de dependencia) que ganen más de  1.095 dólares al mes deberán pagar Impuesto de Renta, a menos que presenten deducciones de gastos. Así lo establece la tabla más reciente, actualizada por el SRI para este año, donde se define que quienes ganen menos de 11.902 dólares al año quedan exentos de esta obligación.

En la práctica, el valor tributable mensual inicia en los 991,83 dólares, cifra obtenida al restar el 9,45% correspondiente al aporte a la seguridad social. 

Esta es la tabla establecida por el SRI para el pago del Impuesto a la Renta para personas naturales en este 2024:

Fracción básicaExceso hastaImpuesto a fracción básicaImpuesto a fracción excedente (%)
0US$11.9020%
US$11.902US$15.1595%
US$15.159US$19.682US$16310%
US$19.682US$26.031US$61512%
US$26.031US$34.255US$1.37715%
US$34.255US$45.407US$2.61120%
US$45.407US$60.450US$4.84125%
US$60.450US$80.605US$8.60230%
US$80.605US$107.199US$14.64835%
US$107.199En adelanteUS$23.95637%

IMPUESTOS A LOS PEQUEÑOS NEGOCIOS

A partir de este mes, los negocios catalogados en el Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe) experimentan cambios significativos en cuanto a la tributación, de acuerdo con la Ley para el Fortalecimiento de la Economía Familiar.

Aquellos con ventas anuales inferiores a 2.500 dólares quedarán exentos del Impuesto a la Renta. En contraste, los negocios con ventas anuales de entre 2.501 y 20.000 dólares se verán afectados por un impuesto único progresivo, cuya tasa oscila entre los 5 y los 60 dólares.

Bajo esta nueva disposición, los negocios con ventas anuales de hasta 5.000 dólares tendrán la obligación de pagar un impuesto de 5 dólares. Para aquellos que alcancen los 10.000 dólares en ventas, la tarifa será de 15 dólares, mientras que los que lleguen a los 15.000 dólares deberán abonar 35 dólares. En el caso de negocios con ventas anuales de hasta 20.000 dólares, el impuesto ascenderá a 60 dólares. 

IMPUESTO A LA HERENCIA

A partir de este mes se aplica también una nueva tabla de Impuesto a la Herencia, actualizada de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor establecido por el INEC. No se pagan impuestos por herencias de hasta 76.558 dólares.

Para herencias de entre 76.559 y 153.115 dólares, se deberá pagar impuestos que varían desde los cinco centavos hasta los 3.827 dólares. Esto, de acuerdo con la siguiente fórmula de cálculo: al valor de la herencia se le restan 76.558 dólares y se multiplica por 5%.

Por ejemplo, si heredas 100.000 dólares, restas los 76.558 dólares y multiplicas por 5%. Obtienes, en consecuencia, un impuesto de 1.172,10 dólares.

Para herencias superiores a 153.000 dólares se aplica una doble fórmula de cálculo con un porcentaje fijo y una cifra adicional conforme la siguiente tabla:

HerenciaImpuesto mínimoImpuesto adicional
153.115 – 306.2313.82810%
396.231 – 459.37919.13915%
459.379 – 612.51542.11220%
612.515 – 765.63072.73925%
765.630 – 918.725111.01830%
918.725 – en adelante156.94635%

SALARIO BÁSICO

Uno de los primeros cambios con mayor impacto en la economía nacional corresponde al aumento en el salario básico, de 450 a 460 dólares Esta medida fue una de las primeras adoptadas por el Gobierno de Daniel Noboa después de que, en noviembre anterior, los representantes de trabajadores y empresarios no lograran consensuar una cifra en el Consejo Nacional de Salarios.

Los trabajadores solicitaban un aumento no inferior a la canasta vital, fijada en 552 dólares, mientras que los empresarios sugerían un alza de 4,12 dólares, con la condición de que el incremento no superara los índices oficiales de inflación.

Los dos aumentos anteriores fueron de 25 dólares cada uno y formaban parte de los cuatro incrementos «graduales» propuestos por el entonces presidente Guillermo Lasso, con el objetivo de elevar el salario en 100 dólares durante su mandato, el cual quedó incompleto debido a su salida anticipada. 

ARANCELES A VEHÍCULOS EUROPEOS LIVIANOS

A partir de enero, también se elimina por completo el arancel a la importación de vehículos livianos europeos. La reducción gradual empezó desde la firma de un acuerdo comercial entre Ecuador y la Unión Europea, hace siete años.

Sin embargo, es importante destacar que se mantienen aranceles para otro tipo de vehículos importados de Europa. Los camiones tienen un arancel del 2,7%; las busetas y minibuses, del 9,5%; y los camiones livianos del 10,9%. Estos aranceles se reducirán anualmente y llegarán al 0% en 2027.

En contraste, los camiones con un peso superior a 9,3 toneladas y hasta 20 toneladas ya disfrutan de un arancel del 0% desde el 2022. 

Antes de la entrada en vigor del acuerdo comercial, los vehículos livianos europeos enfrentaban aranceles entre el 35% y el 40%, los cuales se han reducido progresivamente desde 2017 hasta llegar al 0% en 2024.

CONDONACIÓN DE INTERESES

Con la entrada en vigor de la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, el pasado 20 de diciembre, el Gobierno de Daniel Noboa empezó a condonar intereses y multas para aquellos contribuyentes que regularicen sus deudas con el Servicio de Rentas Internas (SRI) en un plazo máximo de 150 días. 

Esta condonación se aplica sobre la deuda pendiente, que incluye impuestos, intereses y recargos, y no requiere una solicitud específica por parte del contribuyente deudor. Cabe destacar que aquellos que ya hayan realizado el pago no tendrán derecho a devolución.

IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS

El 29 de diciembre, a través del Decreto Ejecutivo No. 98, el presidente, Daniel Noboa, anunció que el Impuesto a la Salida de Divisas (ISD), inicialmente programado para disminuir al 2%, se mantendrá en el 3,5% durante el 2024.

El Gobierno dijo que esta medida tiene el propósito de evitar una disminución constante en la recaudación tributaria. El Decreto en cuestión modifica el Decreto Ejecutivo No. 643, del 10 de enero del 2023, emitido por el expresidente Guillermo Lasso, donde se establecía la reducción progresiva del ISD, al que consideraba como un factor que desincentiva la inversión en el país.

NUEVAS DEDUCCIONES Y EXONERACIONES

A partir de este uno de enero también se activaron las exoneraciones —por 10 años— sobre el Impuesto a la Renta, a las nuevas inversiones en energía renovable, establecidas en la Ley de Generación de Empleo. Además, esta legislación contempla un período inicial de cinco años, con una tasa del 0% de Impuesto a la Renta en las zonas francas.

Como parte de esta Ley, se ha implementado una deducción adicional del 50%, con relación a los gastos de sueldos y salarios sobre los cuales se hayan realizado aportes a la Seguridad Social, para aquellas empresas que contraten a jóvenes de entre 18 y 29 años de edad.

PRONÓSTICOS DEPORTIVOS

A partir del 1 de enero también se puso en marcha el nuevo Impuesto  del 15% para los operadores de pronósticos deportivos. Esta medida forma parte de la reforma tributaria conocida como la Ley de Fortalecimiento de la Economía Familiar, aprobada por la Corte Constitucional el año anterior.

En Ecuador, los negocios de juegos de azar están prohibidos desde la consulta popular de mayo del 2011. No obstante, estas plataformas se autodenominan como sitios de pronósticos deportivos, argumentando que las apuestas se basan en el conocimiento del participante sobre el deporte en el que está apostando, y no en el azar o la suerte.

PREDIALES

El año nuevo también empieza con descuentos del 10% en el pago de los impuestos prediales. Este beneficio se reduce en un 1% cada 15 días, hasta convertirse en multas del 10%. Estos pagos los deben realizar los propietarios de bienes inmuebles a los municipios donde estos se encuentran localizados.

CRITERIO EXPERTO

El analista tributario Carlos Licto señaló que es indispensable que los contribuyentes se informen con la debida anticipación sobre las obligaciones que deben cumplir en el transcurso del año. Lo dijo luego de recordar que el pago oportuno contribuye al mismo tiempo a que el Estado acceda a recursos que se necesitan para diferentes áreas; y al contribuyente, en cambio, le permite evitar multas.

En este sentido, dijo, uno de los principales cambios en la normativa tributaria contemplados para este año es el de las condonaciones de multas, intereses y recargos a los que podrán acceder, hasta mediados de mayo, quienes se acerquen a pagar el monto principal de la deuda.

“Lo primero es que el contribuyente debe estar informado de sus obligaciones tributarias, hay que perderle un poquito el miedo al tema de los impuestos, porque cuando uno entiende un poquito los deberes formales no son tan complicados. Y para ello hay la información oficial en la página del SRI y lo mismo en las páginas de los municipios para los impuestos prediales”, indicó Licto.

Para cumplir esta tarea, acotó, es indispensable que el contribuyente tenga la disciplina de documentar sus pagos; es decir, guardar las facturas o notas de venta, en particular de aquellas por las que puede acceder a deducciones y descuentos del Impuesto a la Renta, si se trata de salud, vivienda, educación y cultura.

“Hay casos en los que ya nos han venido reteniendo el Impuesto a la Renta durante todo el año. Y más bien hay que ver si se ha generado un pago excesivo, en esos casos es necesario reunir la documentación de soporte para pedir la devolución de esos valores”, indicó.

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