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Presidencia de la Judicatura, en manos de la Corte Constitucional
septiembre 8, 2022

La jueza deberá decidir si da la razón o no a Álvaro Román, en su demanda para ocupar ese puesto. La audiencia en la que se trató el tema se desarrolló esta mañana. Expusieron sus argumentos el denunciante y los jueces que fallaron en su contra.

En la Corte Constitucional se desarrolló la audiencia de la acción extraordinaria de protección presentada por Álvaro Román, quien busca ser presidente del Consejo de la Judicatura.

A esta audiencia fueron convocados Román y su abogado Alexander Barahona; los jueces de la Unidad Judicial Civil y de la Sala Especializada de lo Civil de la Corte de Justicia de Pichincha, quienes en primera y segunda instancia fallaron en contra del demandante; las autoridades del Consejo de la Judicatura; de la Corte Nacional de Justicia; y el representante de la Procuraduría General.

Durante su intervención, Román manifestó que acudía a esta instancia porque es respetuoso de la Constitución y espera que los jueces constitucionales, una vez escuchados los argumentos de las partes, tomen la mejor decisión. 

Mientras que su abogado detalló algunos puntos con los que intentó justificar el recurso interpuesto. Aseguró que Román, en calidad de vocal suplente de María del Carmen Maldonado, expresidenta de la Judicatura, ejerció como titular encargado cuando Maldonado salió de vacaciones, y que en ese entonces nadie se opuso. 

Agregó que se han vulnerado sus derechos y la seguridad jurídica, ya que su designación como suplente de la Presidencia de la Judicatura se dio con base en la resolución del 23 enero del 2019, mediante la cual el Consejo de Participación Ciudadana Transitorio (CPC-T) lo habilitó para ejercer el cargo, en caso de ausencia de la titular.  

Barahona recordó que las resoluciones del Transitorio fueron blindadas por la propia Corte Constitucional  a través de un dictamen que impide la revisión de las decisiones de carácter general o particular que fueron tomadas por el Consejo Transitorio.

Añadió que haber nombrado a Fausto Murillo como presidente encargado, por parte de tres vocales de la Judicatura, inobserva las normas vigentes y los derechos de Román.

Otros criterios 

Paúl Narváez, juez de primera instancia, justificó su sentencia en contra de las aspiraciones de Román. El magistrado dijo que en ningún momento se le ha desconocido como vocal suplente de Maldonado y que en determinados momentos actuó en su reemplazo. Pero argumentó que eso no significaba que se le reconociera como Presidente de la institución tras la renuncia de Maldonado, ya que quien debe presidir el organismo es un nombre propuesto por la Corte Nacional de Justicia, cómo ente nominador, a través de una terna, por lo que su dictamen se ajusta a derecho.

Los jueces de la Sala Civil de la Corte Provincial de Justicia, Carlos Carranza, María de los Ángeles Montalvo y Eduardo Andrade expusieron similar criterio. Tras citar la normativa coincidieron en señalar que Román fue nombrado suplente por lo que no puede asumir la Presidencia, que le corresponde al que proponga la Corte Nacional de Justicia a través de la terna. Los jueces provinciales consideran que aceptar la acción extraordinaria de protección significaría que la justicia constitucional decide quién asume la Presidencia de la Judicatura, vulnerando el cumplimiento de disposiciones constitucionales claras.

Mientras que Pablo Chávez, representante de la Judicatura, dijo que Maldonado fue la única representante de la Corte Nacional para ocupar la Presidencia en su calidad de vocal principal. Mientras que Román era vocal suplente con posibilidad de reemplazar a Maldonado en la vocalía, no en la Presidencia de la Judicatura. 

Escuchados los argumentos, la jueza constitucional Carmen Corral deberá elaborar un proyecto de sentencia para que sea tratado por el Pleno de la Corte Constitucional. Su decisión será de última instancia y de cumplimiento obligatorio. 

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