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Falconí: "En Ecuador hay 5.600 estudiantes extranjeros, el 80% son venezolanos"
septiembre 10, 2018
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El pasado 4 de septiembre, Fander Falconí, ministro de Educación, participó en la inauguración del año escolar del régimen Sierra en el Colegio Gran Colombia. Durante el evento, aseguró que existen «5.600 estudiantes extranjeros, el 80% son venezolanos, que tienen iguales derechos que cualquier estudiante ecuatoriano». Para el funcionario es importante reconocer el carácter no excluyente del sistema educativo nacional y trabajar en la optimización del mismo.
https://www.youtube.com/watch?time_continue=1600&v=0YLDYTJatow

Declaraciones del ministro Fander Falconí sobre estudiantes extranjeros Min 26 Seg 42

De acuerdo a la información del Ministerio de Educación, el número de estudiantes extranjeros por nacionalidad para el periodo 2018 – 2019 es de 7.318. De esos, 5.753 son venezolanos, 1.138 colombianos y 85 peruanos. Es decir, del total de foráneos matriculados, el 78.6% proviene de Venezuela.

Mapa referencial de estudiantes extranjeros en sistema educativo ecuatoriano por nacionalidades

Facolní afirma que los estudiantes extranjeros tienen exactamente los mismos derechos que los ecuatorianos. Lo dicho se sostiene en el artículo 3 de la Constitución, que establece como deber primordial del Estado: “Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes”El artículo 392 determina que el Estado velará por los derechos de las personas en movilidad humana y ejercerá la rectoría de la política migratoria a través del órgano competente en coordinación con los distintos niveles de gobierno.
El artículo 58 del Código de la Niñez y Adolescencia tipifica el derecho de los niños, niñas y adolescentes refugiados, que soliciten o a quienes se les haya concedido este estatus, a recibir protección humanitaria y la asistencia necesaria para el pleno disfrute de sus derechos.
La Ley de Movilidad Humana establece entre los principios de mayor interés los de las niñas, niños y adolescentes, y el reconocimiento de su igualdad ante la ley y no discriminación. Además se reconoce el principio de Ciudadanía Universal que “(…) implica la portabilidad de sus derechos humanos independientemente de su condición migratoria, nacionalidad y lugar de origen, lo que llevará al progresivo fin de la condición de extranjero”.
El artículo 328 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural menciona que: “Los niños y jóvenes en situación de vulnerabilidad, cualquiera que fuere su nacionalidad y que no contaren con documentación de estudios realizados en el exterior o en el Ecuador, podrán acceder al Sistema Nacional de Educación en todos los niveles y modalidades a través de exámenes de ubicación”.

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