Toque de queda en Ecuador: qué deben saber los viajeros durante el feriado

Desde el domingo 3 de mayo hasta el 18 de mayo de 2026, rige un toque de queda nocturno en varias zonas del país. La medida, dispuesta mediante el Decreto Ejecutivo No. 370, restringe la circulación entre las 23:00 y las 05:00

Para quienes viajan por el feriado, la regla clave es planificar: si su trayecto involucra zonas con restricción, debe movilizarse fuera de ese horario o contar con justificativos válidos.

¿Dónde aplica?

El toque de queda rige en Pichincha, Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos, además de los cantones La Maná, Las Naves, Echeandía y La Troncal.

¿Quiénes sí pueden circular?

El Decreto 370 contempla excepciones para garantizar el funcionamiento del Estado, servicios esenciales y derechos fundamentales. Pueden circular durante el toque de queda:

  • Personal de salud, emergencias y gestión de riesgos.
  • Fuerzas Armadas y Policía Nacional.
  • Trabajadores de sectores estratégicos (energía, agua potable, telecomunicaciones).
  • Transporte de carga y abastecimiento.
  • Personas en emergencias médicas.
  • Periodistas y trabajadores de medios de comunicación, en ejercicio de sus funciones.

En todos los casos, deben portar credenciales o documentos que respalden su actividad.

¿En qué casos se permite la circulación?

Además de los grupos señalados, se permite circular si existe una justificación comprobable, como:

  • Traslados por emergencias de salud.
  • Movilización vinculada a servicios esenciales o laborales autorizados.
  • Traslados hacia o desde terminales terrestres o aeropuertos, con respaldo documental.

Las autoridades pueden solicitar pruebas del motivo del desplazamiento.

¿Qué pasa si tengo un vuelo?

Si tienes un vuelo dentro del horario restringido, sí puedes movilizarte. Debe portar:

  • Pasaje aéreo (impreso o digital)
  • Documento de identidad

Estos documentos justifican su circulación ante controles.

¿Qué debe hacer el conductor que me va a dejar?

El conductor que traslade a un pasajero también puede circular, pero debe:

  • Llevar copia del pasaje o evidencia del viaje.
  • Portar sus documentos personales y del vehículo.
  • Realizar un traslado directo, sin desvíos innecesarios.

La excepción aplica únicamente para cumplir ese traslado específico.

¿Qué implica para el feriado?

El feriado por el Día del Trabajo se trasladó al viernes 1 de mayo, por lo que el toque de queda entra en vigor tras ese periodo.

Quienes regresen el domingo 3 de mayo deben prever llegar antes de las 23:00 o esperar hasta las 05:00 si su ruta atraviesa zonas con restricción.

¿Por qué se decretó?

El Gobierno señala que la medida responde a patrones de violencia concentrados en horario nocturno y forma parte del estado de excepción vigente en esas jurisdicciones. 

Preguntas frecuentes

¿Puedo viajar durante el día?
Sí. La restricción es solo nocturna.

¿Los periodistas pueden circular?
Sí, en el ejercicio de sus funciones y con credenciales que lo respalden.

¿Qué pasa si no tengo justificativo?
Puede enfrentar sanciones y ser retenido en controles.

¿Aplica en todo el país?
No, solo en las zonas definidas.

Conclusión

El toque de queda no impide viajar, pero exige planificación y documentación. Existen excepciones —incluidos periodistas, personal esencial y viajeros con vuelos—, pero todas deben poder justificarse. Circular sin respaldo en horario restringido puede derivar en sanciones. La clave es anticipar el traslado y llevar siempre documentos que respalden el motivo del viaje.

Fuentes

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