Las medidas restrictivas de libertades y derechos en Ecuador a causa de las medidas para prevenir el contagio masivo de Covid-19, son ahora más severas. El presidente Lenín Moreno se pronunció en rueda de prensa la noche de este lunes 16 de marzo y anunció lo siguiente:
¿Qué comprende el estado de excepción?
- Restricción de libre tránsito a escala nacional: la idea es que te quedes en casa y salgas solo si es realmente indispensable.
Hay un grupo de personas que puede movilizarse sin limitación: quienes trabajan con personas con capacidades especiales, trabajadores de mercados, supermercados, tiendas de alimentos, farmacias; transportadores de comida.
- Suspensión del transporte interprovincial terrestre y aéreo de pasajeros a partir de las 23:59 del 17 de marzo hasta el próximo 5 de abril.
- En Guayaquil, la Terminal Terrestre dispuso el cierre del parqueadero de vehículos particulares y la estación de cargas y encomiendas.
- En Quito están suspendidos el servicio y atención al público de las terminales terrestres interprovinciales de Quitumbe y Carcelén; así como las microregionales La Marín, La Ofelia y Río Coca.
Esto se extendió a la Red de Estacionamientos La Carolina, Bicentenario, Parque Carrollo y Cumbayá; a la Red de Estacionamientos del Centro Histórico.
- Los vuelos de carga operarán normalmente de entrada y salida del Ecuador para garantizar las actividades comerciales y evitar el desabastecimiento de productos.
- Las personas exceptuadas en la ley para circular en sus vehículos pueden hacerlo en los siguientes horarios:
Placas que terminen en número impar: lunes, miércoles viernes y domingo
Placas que terminen en número par y cero: martes, jueves y sábados
También se decretó el toque de queda. Revisemos sus horarios:
¿Quiénes sí pueden salir?
La medida general es permanecer en casa. Pero a quienes deban salir por las razones especificadas, se recomienda que porten un salvoconducto que pueden descargar gratuitamente de www.ministeriodegobierno.gob.ec. También se recomienda llevar consigo un documento o prueba que confirma que -por las condiciones antes señaladas- debe estar fuera de su vivienda.
Se recomienda que estas personas porten un salvoconducto que pueden descargar gratuitamente de www.ministeriodegobierno.gob.ec . También se recomienda llevar consigo un documento o prueba que confirma que -por las condiciones antes señaladas- debe estar fuera de su vivienda.
¿Qué lugares pueden permanecer abiertos?
Hoteles que alojan a turistas que no pueden salir y deben guardar cuarentena.
Mercados
Supermercados
Tiendas de barrio
Farmacias
Centros de salud
Bancos
Estos espacios deben limitar su aforo al 50% de su capacidad habitual para evitar aglomeraciones. Las personas pueden ir a hacer las compras que requieran, no adultos mayores ni niñas/os. La disposición para quienes acudan a esos sitios es mantener la distancia de 1.50 metros.
También existe restricción para la movilización de vehículos:
Desde el 6 de abril solo pueden circular con el último dígito de la placa:
- 1 y 2 el lunes
- 3 y 4 el martes
- 5 y 6 el miércoles
- 7 y 8 el jueves
- 9 y 0 el viernes
- Ningún auto particular podrá circular sábado y domingo
¿Se puede trabajar?
Tanto el sector público como privado se suspendieron las jornadas laborales presenciales entre el 17 y 24 de marzo, pero puede ser prorrogable. Se recomendó implementar el teletrabajo.
Pero hay sectores que son exceptuados por ley y se les permite acudir a sus trabajos.
Las pruebas que se realizan dentro del protocolo para quienes presentan síntomas son gratuitas.
¿Qué establecimientos comerciales podrán seguir funcionando?
- Supermercados
- Bancos
- Tiendas de barrios
- Hospitales y clínicas
- Farmacias
- Plataforma digitales de entrega a domicilio
- Todo el sector telecomunicaciones
Estos espacios deben limitar su aforo al 50% de su capacidad habitual para evitar aglomeraciones. Las personas pueden ir a hacer las compras que requieran, no adultos mayores ni niñas/os.
La disposición para quienes acudan a esos sitios es mantener la distancia de 1.50 metros.
A partir del 24 de marzo estas disposiciones para el ingreso a los mercados de Quito:
Tanto las autoridades nacionales como locales confirmaron que habrá sanciones para quienes incumplan con las restricciones del decreto presidencial 1017.
El uso de la mascarilla en todos los espacios públicos es obligatorio en Ecuador:
El COE anunció el 6 de abril que los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales deberán emitir una ordenanza para regular el uso de mascarillas, excepto las mascarillas N-95 o de uso quirúrgico, ya que están serán de uso exclusivo para las casas de Salud.