Ampliación de las exoneraciones tributarias, aumento en los gastos deducibles y creación de un impuesto para las casas de apuestas deportivas son los principales aspectos de este decreto-ley, que se encuentra en análisis constitucional.
«La desilusión es enorme cuando mis clientes se enteran de que el retorno de la deducción de impuestos sobre los gastos personales se aplicará a partir del 2024 y comenzará a reflejarse en el 2025», comenta Franklin Bastidas, consultor contable y tributario.
Estas son dos de las principales preguntas que recibe a diario sobre la implementación de la Reforma Tributaria, en caso de ser aprobada: ¿en qué consiste exactamente dicho decreto-ley del Gobierno, que está en manos de la Corte Constitucional?, y ¿cuándo entrará en vigencia?
Este par de inquietudes se explican en gran medida debido a la escasa difusión de este proyecto, agrega Bastdas. En consecuencia, cabe preguntarse, ¿cuáles son las principales modificaciones que esta reforma trae consigo y cómo impactan en la vida de los contribuyentes?
Esta iniciativa tiene tres aspectos clave:
- Ampliación de las exoneraciones tributarias
- Aumento en los gastos deducibles
- Creación de un impuesto para las casas de pronósticos deportivos
AUMENTO EN LOS GASTOS DEDUCIBLES
¿Cómo funciona exactamente esta ampliación de las deducciones y de qué manera impactará en la carga tributaria de las familias ecuatorianas?
La nueva reforma tributaria establece un aumento en los gastos deducibles anuales, llegando hasta los $15,294 dólares, dependiendo del número de dependientes familiares que tenga el contribuyente y se ofrecerá una reducción directa del Impuesto causado, equivalente al 18% del gasto declarado, según se muestra en la siguiente tabla:
Número de cargas | Techo de gasto deducible ($) | Rebaja de gastos personales ($) |
0 | 5.353 | 954 |
1 | 6.862 | 1.239 |
2 | 8.412 | 1.514| |
3 | 10.706 | 1.927 |
4 | 13.000 | 2.340 |
5 | 15.294 | 2.753 |
EJEMPLO
Con la ayuda de Bastidas, le presentamos ejemplos de la aplicación de esta propuesta para una persona con un sueldo mensual de USD 2.500 (USD 30.000 al año, USD 28.050 al año luego del descuento del 9,35% de seguridad social).
DESCUENTO CON SITUACIÓN ACTUAL
- 10% para ingresos totales superiores a $24.967, es decir: $532
- 20% para ingresos superiores a los $24.967, es decir; $1.065
CON LA REFORMA
- Con dos cargas familiares accede a una deducción de $8.412
- Rebaja máxima por gastos personales: $1.514.
El abogado tributarista Napoleón Saltos resaltó la facilidad que ofrece la reforma tributaria para establecer los montos deducibles de impuestos a través de una tabla basada en el número de dependientes familiares.
Esto, agrega, contrasta con la complejidad de las fórmulas actuales, que sólo permiten acceder a descuentos o “créditos tributarios”, no deducciones, que oscilan entre el 10% y el 20%.
“Disminuye la carga de Impuesto a la Renta. A las personas naturales, no a las compañías, nos otorgan mayor deducibilidad de gastos personales. Hoy podemos deducir gastos hasta 5.344 y con la reforma, de acuerdo con el número de dependientes familiares sin ingresos, hasta 15.294”, indica Santamaría. “La tabla del Impuesto a la Renta disminuye”, enfatiza.
AMPLIACIÓN DE LAS EXONERACIONES TRIBUTARIAS
Consultados por Ecuador Chequea, el asesor Bastidas y el abogado Santamaría coincidieron en señalar que el proyecto de reforma restablece las mencionadas deducciones que se eliminaron con la reforma tributaria del presidente, Guillermo Lasso, que se aprobó en noviembre de 2021.
Santamaría recordó que la Corte Constitucional declaró en enero la inconstitucionalidad el Régimen de Impuesto a la Renta de Negocios Populares (Rimpe), que factura de 1 a 20 mil dólares al año; es decir, la mayoría de negocios que operan en el país en sectores de artesanías, ventas en tiendas, locales comerciales de casi todo tipo.
En consecuencia, agregó, hay que crear un nuevo régimen con una tarifación de ingresos hasta 20 mil. Según datos oficiales, a este sector pertenecen más de un millón 250 mil contribuyentes.
Las tablas de tarifas para este sector propuestas por el gobierno son las siguientes.
PARA EMPRENDEDORES
Límiteinferior | Límite superior | Impuesto a la fracción básica | Tipo marginal sobre fracción excedente |
20.000 | 50.000 | 60,00 | 1% |
50.00 | 75.000 | 672,50 | 1,25% |
100.000 | 200.000 | 1.047,50 | 1,75% |
200.000 | 300.000 | 2:797,52 | 2% |
NEGOCIOS POPULARES
Límite inferior | Límite superior | Impuesto a pagar |
0 | 2.500 | 0 |
2.501 | 5.000 | 5 |
5.001 | 10.000 | 15 |
10.000 | 15.000 | 35 |
CREACIÓN DE IMPUESTO ESPECIAL A OPERADORAS DE PRONÓSTICOS DEPORTIVOS
La propuesta de reforma tributaria introduce la imposición de un impuesto del 15% sobre la renta generada por las casas de apuestas deportivas.
David Norero, portavoz de las plataformas de pronósticos deportivos y juegos en línea, afirmó que las compañías de este sector cumplen actualmente con todas sus obligaciones tributarias a través del ‘Régimen General’. En consecuencia, considera innecesario implementar un nuevo impuesto bajo el nombre de «régimen especial». Norero argumentó que esto iría en contra de las «garantías normativas» que deben prevalecer en un Estado de derecho.
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¿Cuándo entraría en vigencia la reforma tributaria, en caso de aprobarse?
El ministro de Economía, Pablo Arosemenea, respondió precisamente a una inquietud al respecto planteada por los jueces de la Corte Constitucional durante una audiencia de Amicus Curiae convocada para escuchar los argumentos de representantes del Gobierno y de ciudadanos y organizaciones que se oponen a dicha reforma.
Arosemena aclaró que, de aprobarse, esta reforma se aplicaría a partir del próximo año, pero justificó la urgencia económica del proyecto para evitar que el Estado “se quede sin sistema” y para anticiparse a posibles choques económicos externos adversos, así como posibles fenómenos naturales.
¿En qué contexto político se generó esta propuesta tributaria?
El presidente Lasso promueve una nueva reforma tributaria tras la muerte cruzada, que resultó en la disolución de la Asamblea Nacional y en un adelanto de las elecciones generales.
Esta reforma se encuentra, actualmente, en manos de la Corte Constitucional, la cual inició formalmente su trámite este martes con una audiencia de Amicus Curiae.
¿Qué antecedentes tiene esta reforma?
La primera reforma tributaria propuesta por Lasso en diciembre de 2022 fue rechazada por la Asamblea Nacional, pero el Presidente la mantuvo a través de un veto integral.
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