Un video difundido en TikTok asegura que existe una «lista oficial» de empresas que patrocinarán visas de trabajo para Estados Unidos desde agosto de 2026.
Sin embargo, la revisión de la normativa y de las fuentes oficiales estadounidenses muestra que no existe una lista gubernamental única ni una autorización automática para que determinadas empresas otorguen visas de trabajo a partir de esa fecha.
Las empresas pueden patrocinar trabajadores extranjeros si cumplen los requisitos de los distintos programas migratorios y presentan las solicitudes correspondientes ante las autoridades.
Qué verificamos: La afirmación de un video de TikTok que asegura que existe una «lista oficial» de empresas que patrocinarán visas de trabajo para Estados Unidos desde agosto de 2026.
Lo que afirma: Que el Gobierno de Estados Unidos publicó una lista oficial de empresas autorizadas para patrocinar visas de trabajo desde agosto de 2026.
Nuestra conclusión: FALSO
A quién involucra: Gobierno de Estados Unidos, USCIS (Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos), Departamento de Estado y empresas estadounidenses.
¿Qué se dijo o qué circula?
En TikTok circula un video que describe: «¡Lista oficial! Estas empresas patrocinarán visas de trabajo para EE.UU. desde agosto de 2026».
El video presenta la información como si existiera un listado oficial emitido por las autoridades estadounidenses que garantizara oportunidades laborales mediante patrocinio de visas.
La afirmación circula en esta plataforma de videos y publicada por la cuenta empleoclick, donde ha acumulado miles de reproducciones e interacciones.

¿Qué dicen las fuentes confiables?
Ecuador Chequea, revisó la página oficial del Gobierno de Estados Unidos e identificó que el país permite que empresas patrocinen visas de trabajo, pero no existe una «lista oficial» única de compañías autorizadas para comenzar a hacerlo desde agosto de 2026.
Cada empresa debe presentar peticiones individuales y cumplir los requisitos del tipo de visa correspondiente.
USCIS explica que:
- el trabajador necesita primero una oferta laboral;
- el empleador presenta una petición ante USCIS;
- únicamente después de la aprobación el trabajador puede solicitar la visa correspondiente.
Además, USCIS publica bases de datos históricas de empleadores que han presentado peticiones para programas como H-1B, H-2A y H-2B.
Estas bases sirven para fines estadísticos y de transparencia, no constituyen una lista de empresas oficialmente autorizadas para contratar extranjeros en una fecha específica ni garantizan futuras contrataciones.
Tampoco el Departamento de Estado mantiene una lista oficial de empresas patrocinadoras para visas de empleo.
En algunos programas específicos, como los intercambios J-1, sí existen listados de organizaciones patrocinadoras, pero corresponden únicamente a ese programa y no a visas de trabajo en general.

¿Hay elementos manipulados u omitidos?
Sí. El video utiliza la expresión «lista oficial», lo que puede llevar a interpretar que el Gobierno de Estados Unidos publicó un registro oficial de empresas autorizadas para contratar trabajadores extranjeros desde agosto de 2026.
Sin embargo, la publicación no identifica qué organismo habría emitido esa supuesta lista ni cita algún documento oficial que respalde esa afirmación.
Además, omite explicar que el patrocinio de una visa de trabajo depende del tipo de visa, de que el empleador presente una petición ante las autoridades migratorias y de que cada solicitud sea evaluada y aprobada por USCIS.
El contenido presenta como una autorización gubernamental lo que, en muchos casos, corresponde a recopilaciones privadas de empresas que históricamente han patrocinado trabajadores extranjeros, sin que ello implique una autorización oficial o una garantía de contratación futura.
Por último, la cuenta que compartió el video a verificar coloca un enlace que no es oficial del Gobierno de Estados Unidos. (https://empleos.cafenet.club/), al ingresar a este enlace se ven supuestas ofertas de trabajo, pero ninguna dirige a un enlace o formulario confiable.

¿Se puede probar la trazabilidad?
Sí. La verificación se realizó mediante la revisión de la información oficial de USAGov sobre las visas temporales de trabajo y la consulta de la documentación pública de USCIS relacionada con el patrocinio de trabajadores extranjeros.
También se revisaron las bases de datos oficiales de empleadores que han presentado peticiones para visas H-1B y H-2B, con el fin de determinar si existía un listado gubernamental de empresas autorizadas para contratar trabajadores extranjeros.
Además, se realizó una búsqueda en los portales oficiales del Gobierno de Estados Unidos para identificar posibles anuncios sobre una supuesta «lista oficial» vigente desde agosto de 2026.
Como resultado de esta revisión, no se encontró ninguna publicación oficial que anuncie un registro gubernamental de empresas autorizadas para patrocinar visas de trabajo a partir de esa fecha.
Nuestra conclusión
La afirmación es falsa. No existe evidencia de que el Gobierno de Estados Unidos haya publicado una «lista oficial» de empresas autorizadas para patrocinar visas de trabajo desde agosto de 2026, como afirma el video.
La posibilidad de obtener una visa depende del programa migratorio, del empleador, de la aprobación de USCIS y, posteriormente, del trámite consular correspondiente.
Contexto adicional
Estados Unidos cuenta con varios programas de visas temporales de trabajo, cada uno dirigido a perfiles laborales y necesidades específicas del mercado.
Entre los más conocidos se encuentra la visa H-1B, destinada a profesionales que desempeñan ocupaciones especializadas y que, por lo general, requieren un título universitario o experiencia equivalente.
Este programa está sujeto a un límite anual de solicitudes, por lo que, en la mayoría de los casos, las peticiones se seleccionan mediante un proceso de registro y sorteo administrado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS).
También existen las visas H-2A y H-2B, orientadas a cubrir necesidades temporales de mano de obra cuando los empleadores estadounidenses demuestran que no cuentan con suficientes trabajadores disponibles en el país.
La visa H-2A se utiliza para empleos agrícolas de carácter temporal o estacional, mientras que la H-2B está destinada a actividades temporales no agrícolas, como la hotelería, la construcción, el paisajismo, el procesamiento de alimentos o el turismo.
En todos estos programas, el patrocinio de una empresa constituye solo una parte del proceso migratorio.
Antes de contratar a un trabajador extranjero, el empleador debe cumplir diversos requisitos legales, que pueden incluir la obtención de certificaciones laborales emitidas por el Departamento de Trabajo de Estados Unidos, demostrar la necesidad de contratar personal extranjero y presentar una petición formal ante USCIS.
Posteriormente, si la solicitud es aprobada, el trabajador debe completar el trámite correspondiente para obtener la visa ante un consulado o embajada estadounidense.
Por ello, que una empresa haya patrocinado trabajadores extranjeros anteriormente o figure en bases de datos públicas de USCIS no significa que esté permanentemente autorizada para contratar personal extranjero ni que cualquier persona pueda obtener una visa automáticamente. Cada petición se evalúa de manera individual y debe cumplir con las condiciones establecidas por la legislación migratoria vigente.
Fuentes utilizadas
- Información sobre las visas de trabajo en la página oficial del Gobierno de Estados Unidos: https://www.usa.gov/temporary-work-visa

