No es ninguna novedad en el mundo que los conflictos políticos se resuelvan en la vía judicial y, preferentemente, en la justicia penal —de ahí que en nuestro país sea tan apetecido el control del Consejo de la Judicatura—. Sin embargo, como la democracia es un sistema de pesos y contrapesos en constante evolución, se han encontrado mecanismos para proteger a los actores políticos de persecuciones judiciales.
Ese es el caso de la inmunidad electoral, garantía por la cual una persona calificada como candidata a una dignidad de elección popular queda protegida frente al inicio de procesos penales en su contra hasta la culminación del proceso electoral.
Las inmunidades, en general, buscan brindar garantías adicionales a quienes ejercen la política, a sabiendas del canibalismo que suele desatar la disputa por el poder. Por ello, si en democracias consolidadas estas salvaguardas son indispensables, con mayor razón lo son en países con instituciones tan frágiles como las del Ecuador. En un momento tan crítico como el actual, la inmunidad electoral es casi el último escudo que tienen los políticos de oposición para disputar el poder antes de ser blanco de allanamientos y prisiones arbitrarias.
El artículo 108 del Código de la Democracia dice: “Las candidatas y candidatos no podrán ser privados de la libertad ni procesados penalmente desde el momento de la calificación hasta la proclamación de resultados…”. Esto implica que no se puede formular cargos (iniciar la Instrucción Fiscal) ni dictar prisión preventiva en contra de los candidatos, aun cuando cuenten con investigaciones previas abiertas en la Fiscalía.
El problema es que, en este país de la sapada, la inmunidad electoral se ha desnaturalizado hasta convertirse en impunidad. En los últimos años, no han sido pocos los casos de procesados que se inscriben como candidatos con el único fin de eludir a la justicia penal. Para lograrlo, han contado con la complacencia o negligencia de ciertos jueces que han forzado la interpretación de la norma. Allí donde la ley prohíbe iniciar procesos, los jueces han resuelto, indebidamente, suspender procesos que ya estaban en curso, permitiendo dilatar o paralizar el juzgamiento de delitos comunes.
El proceso electoral en marcha no parece ser la excepción; ya se conocen casos de procesados calificados como candidatos que pretenden frenar sus juicios. Queda esperar que los jueces penales apliquen la ley con rigor técnico y no permitan la impunidad, desnaturalizando la garantía democrática de la inmunidad electoral.
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