Un video viral asegura que el Consejo Nacional Electoral (CNE) prohibió fotografiar el voto “para impedir pruebas del fraude”. En realidad, la restricción existe desde procesos anteriores y tiene como objetivo proteger el secreto del sufragio y prevenir coacción o compra de votos.
- Qué verificamos: Un video que sostiene que el fraude electoral ya está en marcha y que el CNE prohíbe tomar fotos al voto para “impedir pruebas del engaño”.
- Lo que afirma: Que “el CNE prohíbe las fotos al voto para impedir pruebas del fraude electoral”.
- Nuestra conclusión: ENGAÑOSO.
- Cuándo lo publicamos: 27 de octubre de 2025.
- A quién involucra: Consejo Nacional Electoral (CNE) y su presidenta, Diana Atamaint.

¿Qué se dijo o qué circula?
En Facebook circula un video en el que se asegura que “el fraude electoral está en marcha” y que el CNE impide tomar fotos al voto para evitar que los ciudadanos puedan registrar “pruebas del engaño”. El material usa un fragmento de una declaración de Diana Atamaint, presidenta del CNE, editado sin contexto y acompañado de texto sobrepuesto que refuerza la idea de manipulación electoral.
¿Dónde se difundió?
El contenido fue publicado en la página ‘Revolución Ciudadana Oficial’, espacio recurrente en la difusión de mensajes políticos y desinformación electoral. El video superó los 465 me gusta, los 420 compartidos y fue replicado en al menos cuatro grupos públicos afines al movimiento.
¿Qué dicen los datos oficiales y fuentes confiables?
Ecuador Chequea revisó la fuente original del video mediante búsqueda inversa de imágenes. El clip proviene de una transmisión en vivo del CNE del 23 de octubre de 2025, disponible en sus canales oficiales, en la que Atamaint presentó el avance del proceso de impresión de papeletas y documentos electorales junto al Instituto Geográfico Militar (IGM).
En dicha rueda de prensa, Atamaint destacó que el CNE cumple con los plazos legales y estándares técnicos establecidos en el calendario electoral de cara a la consulta popular y referéndum del 16 de noviembre de 2025. Atamaint informó que las papeletas cuentan con medidas de seguridad verificables y que tres organizaciones políticas (ADN, Revolución Ciudadana y CREO) están acreditadas como auditoras del proceso, con acceso a los sistemas informáticos, la impresión y la logística.
Asimismo, durante un espacio de preguntas, la funcionaria fue consultada sobre el uso de celulares durante la elección. Ante esto, Atamaint confirmó que el reglamento aprobado está vigente y que se aplicará el mismo que en procesos anteriores. El punto crucial de la normativa es que no se podrá tomar fotografía al voto consignado por los ciudadanos. Además, se complementa esta información al aclarar que, si bien los ciudadanos y ciudadanas pueden ingresar con sus dispositivos móviles al recinto electoral, la restricción aplica específicamente a tomar la fotografía al momento de ejercer el voto.
Adicionalmente, se impuso una regla a los miembros de las Juntas Receptoras del Voto, a quienes se les exige no utilizar sus dispositivos móviles a partir de las 17:00, tras el cierre de las urnas. Esta restricción no aplica para medios de comunicación, observadores nacionales, internacionales y representantes de organizaciones políticas, quienes no tienen ninguna restricción para usar sus dispositivos, hacer tomas o transmisiones desde las juntas receptoras del voto
¿Hay elementos manipulados u omitidos?
Sí. El video viral recorta y descontextualiza la respuesta de Atamaint sobre el uso de celulares en los recintos electorales. En el clip original, la funcionaria explica que la restricción para tomar fotos al voto está vigente desde elecciones anteriores y busca evitar coacción o extorsión al momento de sufragar, no ocultar irregularidades.
Atamaint aclaró que los ciudadanos pueden ingresar con sus dispositivos móviles al recinto, pero no pueden fotografiar la papeleta marcada dentro del cubículo de votación, de acuerdo con el reglamento aprobado. Los medios de comunicación, observadores y delegados políticos no tienen esta restricción.
El video presenta la restricción como un hecho nuevo, cuando en realidad forma parte del reglamento desde elecciones anteriores.
¿Se puede comprobar la trazabilidad del contenido?
Sí. El video fuente corresponde a la transmisión oficial del CNE del 23 de octubre de 2025, visible en su canal institucional. No existen declaraciones ni documentos del CNE que relacionen la restricción con un supuesto intento de fraude.
Nuestra conclusión:
Es ENGAÑOSO. El video parte de un hecho real —la existencia del reglamento— pero lo distorsiona para sustentar una teoría falsa de fraude. La prohibición de tomar fotos al voto es una medida de seguridad electoral vigente desde procesos anteriores, diseñada para proteger el secreto del sufragio y evitar presiones o compra de votos. No existen indicios ni denuncias verificables de que el reglamento tenga relación con un intento de manipulación de resultados. El contenido manipula parcialmente una información verdadera, la existencia del reglamento, para sostener una conclusión falsa.
Contexto adicional:
El CNE informó que al 23 de octubre de 2025 la impresión de papeletas alcanzaba un 30,13% (4,2 millones de papeletas) y los documentos electorales un 14,27%, bajo la supervisión de los auditores de los tres movimientos acreditados. El despacho al exterior está previsto para el 31 de octubre, y al territorio nacional desde el 5 de noviembre.
La prohibición de tomar fotos al voto se incorporó en el reglamento electoral de abril de 2025, tras denuncias de coacción en elecciones previas. Su objetivo es evitar que se exija prueba visual del voto emitido. Afirmar que esta norma busca impedir “pruebas de fraude” tergiversa su propósito y contribuye a la desconfianza en las instituciones electorales.
Fuentes
- Transmisión oficial del CNE, 23/10/2025
- Reglamento General para las Elecciones 2025.
- Instituto Geográfico Militar, informe sobre impresión de papeletas 2025.
- Comunicado del CNE, 23/10/2025: “Proceso de impresión y medidas de transparencia electoral”.



