21.4 C
Ecuador
viernes, diciembre 5, 2025
spot_img

Decreto de Daniel Noboa y registro de plantaciones bananeras: el contenido carece de información 

Un video viral en TikTok afirma que el Decreto Ejecutivo 231, emitido por Daniel Noboa, obliga a registrar todas las plantaciones de banano antes de 2026 y que quienes no lo hagan “enfrentarán multas millonarias” y «no podrán volver a sembrar». 

Aunque la norma establece un proceso de regularización excepcional para cultivos sembrados sin autorización, la publicación distorsiona la magnitud de las sanciones, omite el marco legal previo y agrega interpretaciones que no constan en el decreto, generando alarma entre productores. 

Ecuador Chequea determinó que el contenido es engañoso porque mezcla hechos reales con afirmaciones exageradas y sin respaldo textual en la normativa vigente.

Qué verificamos: Un post en TikTok sobre el Decreto Ejecutivo 231 y supuestas sanciones extremas por no registrar plantaciones de banano antes de 2026.
Lo que afirma: Que el decreto obliga a registrar las plantaciones antes de 2026 y que, si no se hace, los productores enfrentarán multas millonarias y no podrán sembrar más.
Nuestra conclusión: ENGAÑOSO.
Cuándo lo publicamos: 27 de noviembre de 2025.
A quién involucra: Presidencia de la República; Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.


¿Qué se dijo o qué circula?

Un video en TikTok sostiene que el Decreto 231 de Daniel Noboa exige registrar plantaciones de banano antes de 2026 y que quienes no lo hagan serán sancionados con “multas millonarias” y quedarán imposibilitados permanentemente de sembrar.

¿Dónde se difundió?

El contenido circula en TikTok, con formato de video corto y lenguaje alarmista enfocado en productores bananeros.

¿Qué dicen los datos oficiales y fuentes confiables?

Ecuador Chequea, revisó el Decreto Ejecutivo 231, emitido el 24 de noviembre de 2025, en este se modifica el reglamento a la Ley del Banano e incorpora una disposición transitoria: hasta el 31 de diciembre de 2026 se podrá solicitar el registro e inscripción de plantaciones sembradas sin autorización del Ministerio de Agricultura.


El marco legal previo (Ley del Banano, art. 8) ya prohibía nuevas siembras sin autorización ministerial y establecía una sanción de 150 salarios mínimos vitales generales por hectárea.
El decreto no introduce multas “millonarias” adicionales ni habla de una “prohibición permanente de sembrar”, sino que habilita una ventana excepcional de regularización para productores con siembras previas sin permiso.

¿Hay elementos manipulados u omitidos?

Sí. El contenido viral:

  • Exagera las sanciones al describirlas como “multas millonarias”, pese a que la norma fija sanciones expresas en salarios mínimos.
  • Omitió que la Ley del Banano ya contenía la prohibición de siembras sin autorización y las sanciones previas.

¿Se puede comprobar la trazabilidad del contenido?

Sí. El decreto es público y puede consultarse en el Registro Oficial y en los canales oficiales del Gobierno. La publicación de TikTok no proporciona enlace ni documento, solo una lectura interpretativa del contenido normativo.

Nuestra conclusión 

La afirmación de que el Decreto Ejecutivo 231 “obliga a registrar plantaciones antes de 2026 bajo riesgo de multas millonarias y prohibición de sembrar” es imprecisa porque mezcla elementos reales con interpretaciones exageradas que no constan en el texto legal. 

El decreto sí crea un proceso excepcional de regularización hasta diciembre de 2026 para plantaciones sembradas sin autorización previa, pero no establece nuevas sanciones millonarias, como sugiere el post viral. Las sanciones y restricciones mencionadas por la publicación ya estaban contenidas en la Ley del Banano desde antes del decreto. 

Esta disposición establece que las inscripciones se llevarán a cabo conforme a lo previsto en el artículo 8 de la ley destinada a incentivar y regular la producción y comercialización del banano. Dicho artículo “prohíbe realizar nuevas siembras de banano, plátano (barraganete) y otras musáceas afines, destinadas a la exportación, a partir de la fecha de promulgación de la presente ley, que no hayan sido autorizadas previamente por el Ministerio de Agricultura”.

Asimismo, la normativa precisa que su incumplimiento será sancionado con “una multa de 150 salarios mínimos vitales generales por hectárea sembrada, de conformidad con el reglamento dictado por el presidente de la República”.

Sí se multiplica esa cifra, no llega al millón como quiere hacer creer el contenido a verificar. 

El decreto dispone, además, que el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca o la entidad que lo reemplace tendrá la facultad de emitir, modificar y actualizar la normativa secundaria, en coordinación con las instituciones y entidades competentes.

Contexto adicional

El decreto incluye una disposición transitoria que amplía el plazo para la regularización de cultivos irregulares. El texto establece:

“Hasta el 31 de diciembre de 2026 se podrá solicitar el registro e inscripción de las plantaciones de Banano, Plátano (barraganete) y otras Musáceas (…) que hayan sido sembradas sin la autorización del Ministerio.”

Esta ventana de regulación permitirá que productores actualmente sometidos a procedimientos sancionatorios ingresen al registro oficial, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales y administrativos correspondientes.

La normativa vigente ya contemplaba que quienes sembraron sin permiso debían someterse a un proceso administrativo y cancelar las multas respectivas. Con el nuevo decreto, el Ministerio de Agricultura deberá emitir la normativa complementaria para aplicar este régimen especial.

El documento, dispone que las inscripciones se realizarán conforme al artículo 8 de la Ley del Banano, que regula quiénes pueden sembrar, exportar y comercializar musáceas destinadas a mercados internacionales.

Además, otorga al Ministerio de Agricultura la facultad de emitir, modificar y actualizar la normativa secundaria necesaria, lo que podría implicar nuevos lineamientos de certificación, verificación y control técnico.

La Autoridad Agraria Nacional será la encargada de ejecutar el decreto y coordinar con las instituciones pertinentes para completar los procesos de inscripción y fiscalización.

Fuentes

IFCN Ecuador Chequea

artículos relacionados

Mantente conectado

19,000FansMe gusta
8,136SeguidoresSeguir
42,708SeguidoresSeguir

chequea