En TikTok circula un video que muestra una caravana escoltada por policías en los alrededores del Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre (Tababela, Quito). La cuenta que lo difunde asegura que se trata de funcionarios diplomáticos que “huyeron” del Ecuador debido a una supuesta orden de captura emitida por Estados Unidos. El contenido se presenta como un hecho confirmado, pero no aporta nombres, cargos, país de origen, fecha exacta del supuesto operativo ni documentos oficiales que sustenten la acusación.
Ecuador Chequea revisó el material, buscó evidencia pública del supuesto caso, rastreó si existían reportes institucionales (en Ecuador o EE. UU.) y verificó qué dice la normativa internacional sobre el trato y la inmunidad de funcionarios diplomáticos. No encontramos pruebas de que diplomáticos hayan salido del país “escapando” por una orden de captura estadounidense, ni registros públicos de una orden que coincida con lo descrito. Por eso, la afirmación es falsa.
- Qué verificamos: Un video viral en TikTok que asegura que diplomáticos escaparon de Ecuador por una orden de captura desde Estados Unidos.
- Lo que afirma: Que la caravana escoltada en Tababela corresponde a diplomáticos que “huyeron” por una orden de captura de EE. UU.
- Nuestra conclusión: FALSO
- Cuándo lo publicamos: 23 de enero de 2026
- A quién involucra: Supuestos “diplomáticos” (sin identificar) y, de forma indirecta, a autoridades de Ecuador y EE. UU.
¿Qué se dijo o qué circula?
Una publicación de la cuenta de TikTok ‘torniflowreaccionando’ comparte un video de una caravana escoltada por policías cerca de Tababela y afirma que se trata de diplomáticos que salen del país porque tendrían una orden de captura en Estados Unidos.
¿Qué dicen los datos oficiales y fuentes confiables?
No hay evidencia pública que confirme el hecho descrito:
- Búsqueda abierta del supuesto caso: No encontramos reportes verificables (con nombres, fechas, entidad acusadora o autoridad judicial) que sustenten que “diplomáticos” salieron del Ecuador por una orden de captura de EE. UU.
- Barrido de canales institucionales en Ecuador: En una revisión de publicaciones y comunicaciones oficiales disponibles públicamente (incluidas cuentas oficiales y reportes difundidos), no hallamos alertas o comunicados que coincidan con la narrativa del video.
- Orden de captura en EE. UU.: Tampoco encontramos un registro público que coincida con la afirmación viral (sin datos mínimos como identidad, tribunal, cargo imputado o agencia solicitante).
Ecuador Chequea consultó a Cancillería sobre este contenido; hasta el cierre de esta edición no hubo respuesta.
¿Hay elementos manipulados u omitidos?
Sí, hay omisiones clave que impiden sostener la acusación:
- El video no identifica a las personas (nombres, placas, país de misión, credenciales).
- No indica fecha ni contexto (qué evento originó la escolta).
- No presenta documentos (orden judicial, notificación diplomática, comunicado oficial).
- La escena de una caravana cerca del aeropuerto no prueba por sí sola que se trate de diplomáticos ni que exista una orden de captura.
¿Se puede comprobar la trazabilidad del contenido?
Ecuador Chequea intentó rastrear el origen del material (incluida búsqueda inversa de fotogramas, según el insumo entregado), pero no se encontró una publicación original verificable en una fuente oficial o medio confiable que confirme la historia del post. Por lo tanto, la trazabilidad no es comprobable.
Nuestra conclusión
El video no aporta evidencia verificable para sostener que “diplomáticos escaparon del Ecuador por una orden de captura de Estados Unidos”. Tras un rastreo abierto de información pública, no encontramos reportes oficiales ni documentación que respalde esa versión, ni una orden de captura identificable y concordante con lo que afirma la publicación. El contenido usa imágenes de una caravana escoltada cerca de Tababela como “prueba”, pero sin datos mínimos (identidades, fechas, autoridad judicial, país de misión) no se puede vincular ese desplazamiento con un caso diplomático o judicial. Por ello, calificamos la afirmación como FALSA.
Contexto adicional
La norma central es la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961):
- Inviolabilidad personal (no detención/arresto): La Convención establece que la persona del agente diplomático es inviolable y “no será objeto de ninguna forma de detención o arresto” por parte del Estado receptor.
- Inmunidad de jurisdicción penal: También dispone que el agente diplomático goza de inmunidad frente a la jurisdicción penal del Estado receptor (con reglas y alcances definidos por el tratado).
- Salida del país y vías formales: Si un Estado considera que un diplomático es inaceptable, la Convención prevé mecanismos como declararlo persona non grata, lo que implica que el Estado acreditante debe retirarlo o terminar sus funciones.
Ojo: estas protecciones aplican a agentes diplomáticos acreditados y se gestionan por canales formales entre Estados. Además, hay diferencias con otras categorías (p. ej., personal consular) y siempre importan los detalles del estatus, acreditación y el caso concreto.
Fuentes
- Naciones Unidas – Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas (1961) (texto oficial en PDF).
- Comentario doctrinal sobre la inviolabilidad personal y el alcance del Art. 29 (OUP, “Diplomatic Law: Commentary…”).
- Copia en PDF de la Convención (reproducción de referencia).


