Al Grano
Tensión entre taxistas y plataformas digitales persiste, pese a fallo de la CC
septiembre 16, 2024

Los taxistas, que consideran injusto que los conductores de plataformas no cumplan los mismos requisitos, se movilizarán hacia la Asamblea y el Palacio de Gobierno. Representantes de las apps como Uber ven el pronunciamiento de la Corte Constitucional con optimismo.

POR: Juan Camilo Escobar

Lo que comenzó como una tendencia entre las generaciones más jóvenes y conectadas —pensar el transporte a través de aplicaciones como Uber, Cabify y Didi— se ha convertido en una forma cada vez más común de movilidad. Para una parte significativa de la población, estas plataformas han sustituido casi por completo al taxi tradicional. Ecuador no ha sido una excepción y ha experimentado tensiones similares a las observadas en otros países entre taxistas y conductores de estas plataformas. Una manifestación de esta fricción ocurrió el 6 de septiembre, cuando un enfrentamiento entre ambos grupos tuvo lugar en los exteriores del aeropuerto internacional Mariscal Sucre, de Quito.

Sin embargo, el pronunciamiento sobre el tema que la semana anterior emitió de la Corte Constitucional, máximo tribunal del país, no resolvió el problema de fondo, que sigue enfrentando a taxistas y conductores de aplicaciones: la ausencia de una norma nacional y de centenares de normas locales (ordenanzas municipales de 221 cantones del país) necesarias para regularizar las actividades de los conductores de plataformas.

Así, la sentencia de la Corte Constitucional se limitó a “exhortar a la Asamblea Nacional y a las distintas autoridades competentes” a abordar este vacío legal. 

Esta sentencia no pasó desapercibida, desatando una oleada de reacciones entre los diferentes actores implicados.

En las oficinas de los concejales del Municipio de Quito, la respuesta fue una mezcla de cautela y de moderada expectativa. Esto, debido a la complejidad del problema y de la necesidad de un enfoque equilibrado.

Por otro lado, en las filas de los taxistas formales, la frustración era palpable. Los llamados “taxistas amarillos” se sentían desatendidos y desalentados, luchando con la percepción de que sus preocupaciones no habían sido completamente abordadas.

Y entre los conductores de plataformas de transporte, reinaba un sentimiento de alivio. Algunos de ellos, con una sonrisa que tenía determinación, comentaron: “Finalmente, podremos trabajar sin miedo a la persecución”. La promesa de una regulación más clara, no como taxistas, sino bajo la figura de “alquiler de un vehículo particular con el servicio de conductor” era vista como un paso hacia una mayor estabilidad en un mercado que ha sido campo de tensiones y conflictos.

LA SENTENCIA CONSTITUCIONAL

De manera puntual, en la sentencia de la Corte Constitucional se pide “emitir las regulaciones necesarias para que los conductores que realicen servicios de transporte de pasajeros o bienes, que no estén regulados, puedan obtener la respectiva autorización”. 

En el caso de la Asamblea, la Corte pide que considere e incorpore cuatro criterios en  una propuesta de ley.


Estos cuatro criterios son:

1.- Principio de proporcionalidad: asegurar que las sanciones propuestas sean proporcionales a las infracciones cometidas, tal como lo mencionó la Corte Constitucional en cuanto a la retención de vehículos por un tiempo determinado, evitando sanciones excesivas o ambiguas.

2.- Claridad normativa: establecer con precisión los supuestos que generan sanciones para evitar que conductas no reguladas previamente puedan ser penalizadas, garantizando la seguridad jurídica y evitando sanciones ambiguas o amplias.

3.- Mínima intervención penal: asegurar que el derecho penal sólo se utilice como última instancia, reservándose para casos donde no existan otras vías más idóneas para proteger los derechos involucrados.

4.- Norma nacional y ordenanzas municipales: definir de manera clara la articulación entre una norma nacional y las ordenanzas municipales de los 221 cantones, garantizando que las actividades de los conductores de plataformas sean reguladas de manera coherente a nivel local y nacional.

Por ahora, tras tres años y 10 meses de análisis, la Corte Constitucional aceptó parcialmente una demanda de inconstitucional a la norma —establecida en el párrafo tercero numeral 1 del artículo 386 del COIP— con la que se sancionaba con la detención de los vehículos de los conductores de las plataformas por “un mínimo de siete días”. 

Por tanto, señala la sentencia de la Corte, “mientras la Asamblea Nacional no legisle respecto de la sanción de retención vehicular, los jueces que conozcan infracciones enmarcadas en el párrafo tercero numeral 1 del artículo 386 del COIP, deberán aplicar la sanción de retención vehicular por el plazo máximo de siete días, de conformidad con la disposición sustitutiva que ha fijado esta Corte respecto a la norma impugnada”:

Se trata de una norma clave, vigente desde el 10 de febrero de 2014, pues establece las sanciones a quienes brindan el servicio de transporte público sin autorización:

Esta norma señala, textualmente:

Será sancionado con dos salarios básicos unificados del trabajador en general, reducción de diez puntos en su licencia de conducir y retención del vehículo por el plazo mínimo de siete días: 1. La o el conductor que transporte pasajeros o bienes, sin contar con el título habilitante correspondiente, la autorización de frecuencia o que realice un servicio diferente para el que fue autorizado. Si además el vehículo ha sido pintado ilegalmente con el mismo color y características de los vehículos autorizados, la o el juzgador dispondrá que el vehículo sea pintado con un color distinto al de las unidades de transporte público o comercial y prohibirá su circulación, hasta tanto se cumpla con dicho mandamiento. El cumplimiento de esta orden solo será probado con la certificación que para el efecto extenderá el responsable del sitio de retención vehicular al que será trasladado el vehículo no autorizado. Los costos del cambio de pintura del vehículo estarán a cargo de la persona contraventora”.


RELOJ POLÍTICO Y ANUNCIO DE MARCHA

Por el momento, no hay un pronunciamiento claro ni de la Presidencia de la Asamblea Nacional ni de los distintos bloques legislativos sobre esta tarea pendiente. Sin declaraciones de intenciones al respecto, resulta difícil estimar los plazos para su tramitación en lo que resta del año y el inicio del próximo, que estarán marcados por las elecciones presidenciales y legislativas programadas para febrero de 2025.

Ante este panorama, los dirigentes de los taxistas se reunieron la mañana de este lunes en Quito para ratificar su decisión de concentrarse y marchar pacíficamente hacia la Asamblea Nacional, a las 10:00 de mañana martes 16, exigiendo que se establezca una norma que obligue a los conductores de plataformas digitales a cumplir los mismos requisitos que los taxistas, como poseer licencia de conducción profesional, permisos de operación y revisión técnica vehicular.

Asimismo, planean dirigirse al Palacio de Gobierno, con la esperanza de que el presidente, Daniel Noboa, atienda sus demandas de actualizar el Reglamento de la Ley de Tránsito en esta materia. Los dirigentes estimaron que entre unos 8.000 y 10.000 taxistas participarán en la movilización programada para este martes.

Como es de conocimiento público, dicha ley reconoce la existencia y el funcionamiento de plataformas digitales en el transporte público, pero no establece una regulación específica. En su artículo 62, literal a, delega esta regulación a la Agencia Nacional de Tránsito y a los municipios, en los siguientes términos, textualmente:

Art. 62.a.- De la regulación y autorización de plataformas digitales.- Las plataformas digitales, constituyen herramientas tecnológicas para la optimización de la gestión del transporte terrestre establecido en la presente Ley, con excepción del servicio de transporte particular. La Agencia Nacional de Regulación y Control de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial y los Gobiernos Autónomos Descentralizados Metropolitanos y Municipales, dentro de su jurisdicción y en el ámbito de su competencia, regularán y autorizarán el funcionamiento de las mismas, siempre y cuando se aseguren las condiciones mínimas ambientales, de calidad y seguridad. 

TAXISTAS AMARILLOS: ADVERTENCIA

Carlos Brunis, líder sindical de los taxistas en Ecuador, acompañado por los dirigentes de los 15 principales gremios del sector, advirtió que los taxistas formales podrían devolver sus permisos de operación a los municipios, si no se implementa una normativa que regule adecuadamente las plataformas digitales. 

«En lugar de renovar nuestros permisos de operación, los entregaremos al Municipio de Quito junto con las llaves de nuestras unidades. O bien, pintaremos nuestros vehículos de otro color y nos pondremos a trabajar», señaló Brunis.

Durante el anuncio, los dirigentes presentes gritaron «¡Todos, todos!» para expresar su firmeza en la resolución. Subrayaron que consideran injusto que los conductores de plataformas digitales continúen operando sin cumplir con los requisitos exigidos a los taxistas formales.

Brunis aclaró que no se trata de una paralización del servicio, sino de un retiro de los taxis del registro del Servicio de Rentas Internas para operar bajo los criterios comerciales que estimen convenientes. Recordó que la comisión de la Asamblea que trata este tema ha señalado que los taxistas deben cumplir con una serie de requisitos. “Por lo tanto, no es justo que los conductores de plataformas sigan operando con vehículos no homologados, sin taxímetro, y sin la licencia profesional ni habilitación operativa requeridas”.

Bruins señaló: “Hemos solicitado a la Asamblea Nacional que nos incluya en la comisión encargada de las reformas al Código Orgánico Integral Penal, con el fin de presentar nuestros puntos de vista”. Indicó que “la Corte Constitucional ha pedido a la Asamblea que modifique el artículo 386 en línea con los criterios establecidos en su sentencia. Sin embargo, la Corte no ha indicado la suspensión de controles, operativos o sanciones relacionadas con la informalidad y la ilegalidad. La reforma se enfoca principalmente en la proporcionalidad de las sanciones”.

CONDUCTORES DE PLATAFORMAS: SATISFACCIÓN 

Pablo Garcés, presidente de la Asociación de Conductores de Apps del Ecuador (Asoconape), compartió el entusiasmo de sus agremiados tras el reciente pronunciamiento de la Corte Constitucional. Garcés describió la decisión como un primer paso crucial hacia la regularización de sus actividades, no bajo la figura de taxistas tradicionales, sino como un alquiler de vehículos particulares con servicio de conductor.

El miércoles, Asoconape planea emitir un pronunciamiento formal. Este anuncio no sólo buscará garantizar la continuidad de sus servicios “con la misma calidad y seguridad de siempre”, sino también presentar una propuesta legal ambiciosa, de regularización de sus actividades como “alquiler de un vehículo privado con servicio de conductor”.

Garcés adelantó que la propuesta incluirá estándares de calidad, seguridad y eficiencia sin precedentes en Ecuador, que marcarán un antes y un después en el transporte público del país. 

“Ahora podemos trabajar sin temor a la persecución por parte de los agentes civiles de tránsito”, afirmó Garcés. “El dictamen de la Corte es claro: al no estar regulada en la ley, nuestra actividad no puede ser sancionada. Sin embargo, el gremio amarillo, parece querer ignorar este hecho”.

“No se trata de una autorización propiamente dicha”, explicó Garcés. “Más bien, al no estar nuestra actividad regulada, el dictamen de la Corte no establece una sanción. Hemos solicitado durante años a las autoridades nacionales y locales que regulen nuestra labor, pero no hemos visto avances en ese sentido”.

García también destacó que el Municipio de Quito no ha respondido aún a la solicitud del gremio, realizada tras el incidente entre conductores de plataformas y taxistas en el aeropuerto. El gremio ha pedido la instalación de mesas de trabajo con la participación de taxistas, conductores de plataformas y autoridades para discutir cuestiones pendientes relacionadas con la legalidad y la seguridad del transporte en Quito.

MUNICIPIO: CAUTELA

Consultado por Ecuador Chequea, Wilson Merino, concejal e integrante de la Comisión de Movilidad del Municipio de Quito, advirtió que sería contraproducente y violaría la jerarquía del ordenamiento jurídico nacional si el Concejo Municipal aprueba una ordenanza sin contar previamente con la normativa nacional dictada por la Asamblea.

«Hay la necesidad de ir equiparando las condiciones de competitividad. Al final, el taxi amarillo tiene que obtener un permiso, una patente y cumplir con ciertos requisitos», dijo Merino. Añadió que es crucial que “avance la discusión normativa en la Asamblea” con la participación de los diversos actores del sector.

Merino también destacó que corresponde al alcalde de Quito, Pabel Muñoz, tomar una postura sobre este asunto, dado que se trata de un tema legal que impacta significativamente en la gestión de la ciudad.

PENDIENTE

Merino opinó que la regulación de plataformas digitales no es el único tema pendiente en el ámbito del transporte en taxis. También se debe abordar el control de los parámetros mínimos de calidad y seguridad del servicio.

«La Secretaría de Movilidad del Municipio de Quito es la encargada de garantizar que tanto las unidades como los conductores ofrezcan un servicio en las mejores condiciones posibles». 

«Los estándares de calidad de los taxis convencionales no son óptimos. Muchos de ellos no pasan la revisión técnica vehicular. De hecho, deberían someterse a una segunda revisión técnica debido al uso intensivo que se les da. No hay seguridad ni trazabilidad, lo que lleva a los usuarios a optar por plataformas como Uber y Cabify”. Desde una perspectiva personal, Merino aseveró: “Como padre, prefiero que mi esposa y mis hijas se movilicen en un vehículo cuyo número de placa, nombre del conductor y ruta conozco, en lugar de un taxi tomado en la calle».

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