No es cierto que los grupos GLBTI están, desde la Asamblea Nacional y otras instancias del Gobierno ecuatoriano, en busca de aprobar, hasta octubre de este 2017, leyes “a favor de la homosexualidad”. También es falso que los legisladores actualmente debatan normas que viabilicen “la adopción de niños para parejas homosexuales”, la legalización del aborto, los vientres de alquiler o que en las instituciones educativas se den clases para que niñas, niños y jóvenes “obtengan material para vivir la sexualidad en libertad: anticonceptivos, preservativos, pastillas del día después” y manuales que les enseñen a “tener relaciones sexuales de todas las formas inimaginables”.
Durante la primera semana de septiembre de 2017, a través de mensajes en Whatsapp, audios y videos, se difundieron contenidos carentes de sustento. El impacto de esta información fue tal que grupos religiosos y conservadores del país convocaron a movilizaciones. Por ejemplo, en el portal de la Arquidiócesis de Guayaquil se publicó un comunicado que invita a unirse “a todas las organizaciones sociales, en la marcha nacional, que se realizará el sábado 14 de octubre, a las 9:00, desde las calles 9 de octubre y Santa Elena, en Guayaquil”. Uno de los objetivos de la manifestación es “apoyar los justos reclamos de los padres de familia ante la pretensión de imponer modelos educativos estatales sin consultarles”.
En los mensajes que se viralizaron, se afirma que representantes de grupos laicos del Ecuador revisaron la Guía Pedagógica actual del Ministerio de Educación, la cual obliga “a la enseñanza de género, la homosexualidad y el inicio precoz de la actividad sexual”. Esta aseveración es mentira.
Este 4 de septiembre el Ministerio se pronunció al respecto. En la carta se aclara que dicha Cartera de Estado «opera bajo los principios consagrados en la Constitución de la República y conforme la Ley Orgánica de Educación Intercultural, en la cual se establece la garantía de la educación pública laica, respetando y manteniendo independencia frente a religiones, cultos, doctrinas, evitando la imposición de ellos, garantizando la libertad de conciencia de los miembros de la comunidad educativa en el marco de un enfoque de derechos, su protección, exigibilidad y el respeto a las diversidad». El boletín también informa que las imágenes de presuntos libros, guías o documentos relacionados con la educación para la sexualidad -que se envían junto a la cadena de texto- no le pertenece a esa Secretaría.
Sucede que esos mensajes se acompañan de imágenes de la que fuera la ‘Agenda Ecuador Adolescente’, que contiene información sobre derechos sexuales y reproductivos. Pero esta publicación data de 2004. Era un proyecto financiado por la Cooperación Belga que buscaba era reunir a jóvenes del país para promover derechos, de la mano de profesionales de la salud, sociólogos, adultos que servían de guía, recuerda Marcelo Espinel, miembro de la iniciativa, en ese entonces.
El hoy abogado comenta que el objetivo era establecer una agenda de acuerdo a estándares internacionales. “Los jóvenes manifestábamos nuestras preocupaciones y cómo el Estado debía garantizar nuestros derechos”. Así se diseñaron varios productos, videos, libros, ofrecían capacitaciones. “El proyecto buscaba que los adolescentes se informen. En ese tiempo, existía mucho tabú y control de la información sobre salud sexual y reproductiva”.
¿De dónde surgió el rumor de la supuesta discusión de las leyes que se mencionan en la cadena? La abogada Silvia Buendía parte de la hipótesis de dos proyectos que se encuentran en debate en la Asamblea Nacional: Código Orgánico de la Salud y la Ley Orgánica Integral para la erradicación de la violencia de género contra las mujeres; y que un sector de la sociedad –en desconocimiento de su contenido- lo rechaza.
Ambos proyectos se encuentran todavía en trámite en el Legislativo y ninguno hace referencia a lo que se menciona en la cadena.
Por ejemplo, en el proyecto de Código Orgánico de la Salud (presentado en marzo de 2017) se contempla lo siguiente:
El artículo 12, que se refiere a Salud sexual y salud reproductiva reza que «todas las personas, sin discriminación alguna, tienen derecho a:
1) Tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su salud sexual y salud reproductiva y a decidir cuándo y cuántos hijas e hijos tener;
2) Acceder a asesoría y métodos de concepción y anticoncepción temporales, definitivos, de emergencia y naturales»
El artículo 130 señala que «el Estado garantizará el derecho de todas las personas a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables, sin coerción o violencia, ni discriminación, sobre su género, sexualidad, su vida y orientación sexual; así como sobre su salud sexual y salud reproductiva, y a disponer de información sobre sus derechos».
El 132 dice que «la Autoridad Sanitaria Nacional dictará las normas para garantizar la disponibilidad y acceso a métodos anticonceptivos temporales, definitivos, de emergencia y naturales. Todos los establecimientos de salud de la Red Pública Integral de Salud contarán con el aprovisionamiento adecuado, oportuno y gratuito de dichos métodos».
El 133 prohíbe «las contraprestaciones económicas o compensaciones de cualquier tipo a cambio de la subrogación del vientre». Toda esta información contradice lo planteado en esos mensajes.
El Observatorio Legislativo precisa que ahora mismo no existe una agenda como se planteó en períodos legislativos pasados, donde se establecía anualmente los proyectos de tratamiento prioritario. En la actual Asamblea no existe un cronograma claro con las normas que en un año se despacharán. Las actividades de fiscalización han impedido que los legisladores avancen ágilmente en la discusión de proyectos.
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