Los extranjeros que quieran ingresar a Ecuador de manera legal necesitan cumplir requisitos
En las fronteras terrestres se debe presentar un certificado de antecedentes penales del país de origen o residencia. Aunque, en mayo se dispuso que también puedan mostrar la revisión del Simiec. Por aeropuertos, Migración ejerce el control de entrada.
La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) asegura que la definición más aceptada para la migración es el cambio de residencia que implica el traspaso de algún límite geográfico y administrativo debidamente definido.
Hablar de migración es un tema que genera debate, tanto que en redes sociales se genera todo tipo de contenido. Por ejemplo, en X se asegura que los migrantes no necesitan presentar antecedentes penales para ingresar a Ecuador. Se califica este contenido como falso. Para ingresar al país, se necesita cumplir con varios requisitos. Según el Ministerio de Gobierno, todas las personas deberán presentar un documento de viaje que acredite su identidad. Los extranjeros que ingresen de forma terrestre por las fronteras de Perú o Colombia deberán presentar un certificado de antecedentes penales.
La Ley Orgánica de Movilidad Humana (LOMH) establece que todas las personas que ingresen o salgan del territorio nacional por puntos de control migratorio oficiales, deberán presentar ciertos requisitos como: documento de viaje o documento de identificación válido y vigente, registro de ingreso o salida en formato definido por la autoridad de control migratorio y la visa vigente para los casos que establece la Ley o la autoridad de movilidad humana.
En el artículo 123 de la LOMH, se habla del ingreso de todas las personas extranjeras. Para que estas personas puedan ingresar a Ecuador deben presentar un documento de viaje que acredite su identidad, es decir su cédula o pasaporte. Posterior a esto, el agente de control migratorio deberá verificar la condición migratoria invocada por la persona extranjera al momento de su presentación en el punto de control migratorio oficial.
Además, en el país existe el acuerdo interministerial Nro. 0000003, en el que se enlista a los países que requieren visa para ingresar entre ellos están: Afganistán, Angola, Bangladesh, Camerún, Cuba, Eritrea, Etiopia, Gambia, Ghana, Guinera, India, Irak, Kenia, Libia, Nepal, Nigeria, Pakistán, República Democrática del Congo, República Popular Democrática de Corea, Senegal, Siria, Somalia y Sri Lanka.
Por otro lado, las personas extranjeras que deseen ingresar y permanecer en el país deben optar por uno de los siguientes tipos de visa: de residente temporal, de residente temporal de excepción, de residente permanente, visa diplomática, visa humanitaria, visa de turista, visa especial de turismo y visa por convenio.
Además, el 11 de enero de este año, el Gobierno de Daniel Noboa ordenó que los extranjeros, incluidos, los turistas que quieran ingresar por vía terrestre a Ecuador que presenten un certificado de antecedentes penales de su país de origen o de residencia durante los últimos cinco años, debidamente apostillado.
Esto se dio después de la escalada de violencia registrada en el país. Esta medida busca “evitar y controlar el ingreso de individuos que constituyan una amenaza o riesgo para la seguridad pública”.
El Ministerio del Interior informó que “en aras de fortalecer la seguridad y preservar la estabilidad de nuestra nación”, se firmó el Acuerdo Ministerial Nro. 007, que tendrá vigencia mientras dure el conflicto armado interno.
Para mayo, el acuerdo tuvo un cambio que fue que los ciudadanos extranjeros, también pueden mostrar la revisión del Sistema Migratorio Ecuatoriano (Simiec), tras la aprobación de un nuevo acuerdo ministerial, según el ministro de Turismo, Niels Olsen.
El funcionario dijo que esta modificación fue aprobada el 23 de mayo y que se ha publicado una actualización del acuerdo ministerial 007 del 11 de enero del 2024.
Noboa emitió un decreto para dar amnistía migratoria
El viernes, el Presidente emitió el Decreto Ejecutivo Número 370 mediante el cual se establece un proceso de amnistía migratoria para venezolanos que se encuentran en situación irregular en el país.
Este proceso durará ocho meses, desde la publicación del decreto en el Registro Oficial. La decisión de Noboa se da con el objetivo de regularizar la permanencia de los venezolanos en Ecuador, “para garantizar una migración segura y ordenada”.
En ese tiempo las personas de nacionalidad venezolana que tengan situación de movilidad humana y su grupo familiar podrán acceder a una visa de residencia temporal de excepción Virte II.
Este proceso, según explica el Decreto, aplicará para personas en condición de movilidad que realizaron el proceso de registro de permanencia migratoria y cuentan con un certificado caducado y no han obtenido un visado dentro de los anteriores procesos de regularizaciones.
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