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Moreno: “somos el primer país en el mundo que establece derechos para la naturaleza”
junio 19, 2018
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En 2012, el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana afirmó que Ecuador es el primer país en el mundo que reconoce en su Constitución los derechos de la naturaleza, con lo cual deja de ser un objeto para ser sujeto. Esta información se difundió en el Boletín No.1125 y lo indicó Daniel Ortega, asesor en temas ambientales y de desarrollo sostenible de Cancillería. El pasado 24 de mayo de 2018, Lenín Moreno replicó este dato durante el Informe a la Nación y manifestó que “somos el primer país en el mundo que establece derechos para la naturaleza”.
El gobierno de Rafael Correa estableció la filosofía del “Buen Vivir” o “Sumak Kawsay”, a través del Plan Nacional del Buen Vivir 2008-2013. Este documento se sostiene en el desarrollo de una conciencia con la naturaleza o Pacha Mama, a través del fortalecimiento del cuidado de la biodiversidad, recursos naturales, biósfera y del patrimonio natural.
En la Constitución de 2008 se incluyeron los derechos de la naturaleza. Este reconocimiento deja de verla como un recurso. Apela a su protección, fomentando una reciprocidad entre los seres humanos y la Tierra.
¿Qué garantizan los Derechos de la naturaleza?
El Capítulo VII: Derechos de la Naturaleza, de la Constitución, establece desde el art. 71 hasta art. 74 una serie de garantías que buscan la protección eficaz del ambiente y la reparación integral, en caso de vulneración.
Alberto Acosta, en su texto ‘Hacia la Declaración Universal de los Derechos de la Naturaleza’, indica que el objetivo de la aplicación de estos derechos es forjar un equilibrio entre la Naturaleza, las necesidades y derechos de los seres humanos enmarcados en el principio del Buen Vivir. Es decir, asegurar el “derecho a la existencia” misma. El catedrático indica que implica organizar y preservar la integridad de los procesos naturales y preservar la biodiversidad.
El expresidente de la Asamblea Constituyente afirma que la justicia ecuatoriana supera una visión tradicional, ya que encamina a la sociedad a un criterio de democracia y sustentabilidad; armonizar la relación ser humano y naturaleza.
El investigador Eduardo Gudynas, en su obra ‘Desarrollo, derechos de la naturaleza y buen vivir después de Montecristi’, establece que la Constitución ecuatoriana, por primera vez, formaliza a escala mundial los Derechos de la Naturaleza. Esto, apalancado en estudios sobre modelos de desarrollo, basados en la sustentabilidad. El experto indica que Ecuador plantea una innovación impactante en aspectos ambientales, ya que el contenido de la legislación destaca que “la Naturaleza deja de ser un objeto manejado de acuerdo a la utilidad o beneficio humano, y pasa a ser un sujeto”.
Gudynas sostiene que los derechos de la naturaleza responden al derecho a un ambiente sano. Según el experto, esto marca una diferencia con el resto de las naciones, pues se responde al “Buen Vivir”. El experto manifiesta que esta filosofía de gobierno “descansa sobre un abanico de derechos para aprovechar recursos y riquezas del ambiente”.
Para el Director del Centro Latinoamericano de Ecología Social (Claes), Ecuador deja de lado una postura extractivista de la naturaleza. La Constitución valora a la naturaleza por el beneficio que encierra, su valor de uso; se prioriza el mantenimiento del ambiente sano y sustentable, en donde se generan obligaciones para el Estado, individuo y colectividades.
Pablo Piedra, abogado y vocero del colectivo Yasunidos, explica que al reconocer a la naturaleza como sujeto de derecho, se le otorga el mismo tratamiento que a una persona jurídica. Sin embargo, especifica que es un incapaz relativo, que ejercerá sus derechos por medio de uno o varios representantes, es decir, un individuo.
En palabras del activista, el reconocimiento de estos derechos incorpora un criterio biocentrista, puesto que la normativa busca una relación armónica, no jerárquica, entre el ser humano y la naturaleza. Sin embargo, Piedra afirma que las políticas ambientales continúan subordinadas a una lógica extractivista hidrocarburífera y minera. Es decir, falta una garantía efectiva de las autoridades, para que estos derechos se ejerzan. La Justicia e instituciones del Estado no han llevado una práctica adecuada.

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