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viernes, diciembre 5, 2025
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Es falso: no se han definido los temas para la consulta popular sobre las bases militares 

Aún no se conoce qué temas se podría incluir en la consulta popular sobre bases militares

El 3 de junio, la Asamblea aprobó la reforma para permitr bases militares extranjeras en el país, no existe ninguna discusión oficial ni plan conocido de incluir nuevamente temas laborales en la nueva consulta.

POR: Redacción Ecuador Chequea 

Una consulta popular en Ecuador es un mecanismo de participación directa mediante el cual los ciudadanos deciden, a través del voto, sobre temas relevantes de interés nacional. Próximamente los ecuatorianos regresarán a las urnas para pronunciarse sobre una nueva reforma parcial a la Constitución, impulsada por el Ejecutivo. Entre los cambios propuestos se incluye la eliminación de la prohibición que impide el establecimiento de bases militares extranjeras en el país. 

Una publicación en Facebook asegura que en la consulta popular sobre las bases militares se volverá a incluir el trabajo por horas. Se califica este contenido como falso. Aunque, el 3 de junio, la Asamblea aprobó la reforma al artículo 5 y el texto ya está en manos de la Corte Constitucional, la institución aún no ha emitido un fallo al respecto. Además, no existe ninguna discusión oficial ni plan conocido sobre incluir, nuevamente, temas laborales como el trabajo por horas en esta posible nueva consulta.

Cabe recordar que la Asamblea debatió, el 3 de junio, la reforma parcial al artículo 5 de la Constitución, con el fin de eliminar la prohibición de establecer bases militares extranjeras en territorio ecuatoriano como parte de la estrategia para enfrentar la inseguridad.

La propuesta fue planteada por el Gobierno de Daniel Noboa y fue aprobada con 82 votos provenientes de las bancadas de Acción Democrática Nacional (ADN), el Partido Social Cristiano (PSC), una facción de Pachakutik y legisladores independientes.

De hecho, desde la Comisión ocasional para tratar este tema se enviaron dos informes, uno de minoría, que recomienda no realizar el cambio, y otro de mayoría, que sugiere reformar el artículo.

El texto vigente establece que: «Ecuador es un territorio de paz. No se permitirá el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Se prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras».

En cambio, la propuesta aprobada señala únicamente que: “Ecuador es un territorio de paz», dejando así abierta la posibilidad de que el Gobierno, cualquiera que este sea, pueda buscar apoyo externo en la lucha contra la inseguridad e instalar bases militares foráneas, si lo considera necesario.

La propuesta fue enviada el 16 septiembre de 2024 por el presidente, Daniel Noboa, en ese entonces, se presentó la solicitud a la Corte Constitucional (CC) para que realizara un control previo de constitucionalidad e indicará la vía por la cual debía tramitarse.

En ese dictamen, la Corte determinó que la reforma propuesta no restringe derechos ni garantías constitucionales y que podía tramitarse vía legislativa.

Ahora, lo que sucede actualmente es que la Asamblea remitió a la Corte Constitucional la convocatoria aprobada, en la cual incluyó los considerandos que introducen el cuestionario, la pregunta y, de existir, sus anexos.

La pregunta que consta en el informe aprobado por la Asamblea establece:

“Actualmente, la Constitución no permite el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares, y prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras. 

¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?”.

Como se evidencia en ninguna parte del documento se habla de incluir el trabajo por horas. De hecho, en el debate de ese día, ninguno de los legisladores que intervinieron, agregaron al trabajo por horas, como quiere hacer creer el contenido desinformativo.

Todo este nuevo procedimiento requiere una revisión previa por parte de la Corte Constitucional antes de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) pueda convocar al referéndum.

Sin embargo, este paso aún no se ha cumplido. Es importante aclarar que, una vez que exista un dictamen favorable por parte de la Corte, el presidente Noboa deberá emitir un Decreto Ejecutivo en el que disponga al CNE convocar a elecciones.

A partir de esa disposición, el órgano electoral contará con 45 días para convocar oficialmente al referéndum y, posteriormente, tendrá un plazo de hasta 60 días adicionales para organizar y llevar a cabo la jornada electoral.

Para que la reforma sometida a consulta sea aprobada, se requiere al menos la mitad más uno de los votos válidos emitidos en dicha elección.

El 21 abril de 2024, se llevó a cabo una consulta popular y referéndum con 11 preguntas. Una de ellas, conocida como Pregunta E, que proponía reformar la Constitución y el Código de Trabajo para permitir contratos por horas. 

Esa propuesta fue rechazada por el 67% de los votantes ecuatorianos, es decir la mayoría.  

Desde 2008, el artículo 327 de la Constitución prohíbe el contrato por horas por considerarlo una forma de precarización laboral.

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Pablo Terán
Pablo Terán
Webmaster en Ecuador Chequea. Profesional en Comunicación Social, experiencia-26 años. He trabajado en diferentes medios de comunicación, entre ellos Diario La Hora, por 18 años. Fui Editor de Sociedad, Quito e Interculturalidad. Tengo, además, una maestría en Psicología Holística.

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