No habrá impuestos a las utilidades que reciben los trabajadores
El contenido no presenta ninguna evidencia de lo que asegura. Además, en el artículo 108 del Código del Trabajo se establece que esta participación “no se considerará como renta particular y no estará sujeta a gravamen tributario de ninguna clase”.
POR: Redacción Ecuador Chequea
Cada año, los trabajadores del sector privado en Ecuador esperan que llegue abril, con la expectativa de recibir un beneficio adicional a su salario. A esto se lo conoce como utilidades.
Este derecho está reconocido en el Código del Trabajo y corresponde a la participación en las ganancias que una empresa obtiene al cierre de cada ejercicio fiscal.
El tema se apega a las emociones y, por supuesto, es aprovechado por los desinformadores para hacer de las suyas. Al respecto, una publicación en TikTok asegura que habrá impuestos a las utilidades de los trabajadores. Se califica este contenido como falso. El contenido no presenta ninguna evidencia de lo que asegura. Además, en el artículo 108 del Código del Trabajo establece claramente, que esta participación “no se considerará como renta particular y no estará sujeta a gravamen tributario de ninguna clase”.
Frente al contenido, se realizó un monitoreo en el buscador de Google, en la sección de noticias; sin embargo, no se encontró que algún medio haya reportado el supuesto evento.
Además, el Código del Trabajo, en el artículo 108, se habla de las utilidades para los trabajadores en el que se establece: “La participación en las utilidades a que tienen derecho los trabajadores no se considerará como renta particular y no está sujeta a gravamen tributario de ninguna clase”.
Entonces, si las utilidades deben considerarse parte de la renta del trabajador y, por lo tanto, estar sujetas al impuesto a la renta, es completamente falso y carece de sustento legal.
Hay que recordar que, las empresas privadas deben destinar el 15 % de sus utilidades líquidas para repartir entre sus empleados.
Ese monto se divide en dos partes, el 10 % se distribuye de acuerdo con los días trabajados por cada persona, mientras que el 5 % restante se asigna según las cargas familiares declaradas, es decir, cónyuge, hijos menores de edad o personas con discapacidad a cargo. Este beneficio debe pagarse a más tardar el 15 de abril de cada año.
El Ministerio de Trabajo controla el cumplimiento a través del registro en el sistema SUT, donde las compañías deben reportar la información en fechas que dependen del noveno dígito de su RUC. En caso de incumplimiento, la normativa contempla sanciones económicas.
El reparto se hace a todos los colaboradores en relación de dependencia que laboraron durante el año anterior, incluso a quienes ya no están vinculados con la compañía, pero trabajaron al menos un tiempo parcial dentro del período.
Esta posición fue reforzada en 2018, cuando la Corte Constitucional, mediante una sentencia, declaró inconstitucional la inclusión de las utilidades dentro de la base imponible del impuesto a la renta personal.
El fallo subrayó que, en caso de contradicciones entre normas tributarias y laborales, debe prevalecer aquella que resulte más favorable al trabajador. De esta manera, los empleados reciben íntegramente el valor que les corresponde sin descuentos tributarios adicionales.
Mientras las utilidades de los trabajadores están exentas de impuesto a la renta, el debate tributario no se detiene.
En el marco de la llamada ‘Ley de Fundaciones’ se plantea un cambio importante en el tratamiento de los dividendos y las utilidades empresariales. La propuesta busca establecer un impuesto del 12% a los dividendos distribuidos a los socios o accionistas.
Además, se incorpora un mecanismo para gravar las utilidades no repartidas. Es decir, aquellas ganancias que las empresas deciden reinvertir o mantener en reserva también estarían sujetas a un cobro adicional, con el fin de evitar que se utilice esta práctica como vía para diferir indefinidamente la carga tributaria.
De acuerdo con la iniciativa, el objetivo es equiparar el tratamiento fiscal entre distintos tipos de ingresos de capital y garantizar una mayor recaudación para el Estado.
El proyecto aún se encuentra en discusión y aún no ha sido aprobado.
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