Ninguna ley permite congelar el dinero de clientes bancarios sin orden judicial
La Ley de Transparencia Social se aplica solo a fundaciones y organizaciones sociales sin fines de lucro, y sí necesita un proceso judicial.
POR: Redacción Ecuador Chequea
Hace casi un mes, el 26 de agosto, la Ley Orgánica de Transparencia Social, también conocida como ‘Ley de fundaciones’, fue aprobada por la Asamblea y publicada en el Registro Oficial el 28.
Y aunque ya ha pasado un tiempo, el tema mantiene a los desinformantes haciendo de las suyas. Por ejemplo, una publicación en Facebook asegura que el presidente, Daniel Noboa, tiene ahora el poder de congelar el dinero de clientes de un banco sin el permiso del afectado y por eso habrá un feriado bancario. Se califica este contenido como falso.
No hay ningún proyecto de ley, ni leyes aprobadas que permitan congelar las cuentas bancarias de los ecuatorianos. La Ley de Transparencia Social no lo permite sin orden judicial. La Ley se aplica solo a fundaciones y organizaciones sociales sin fines de lucro, no a cuentas bancarias de ciudadanos comunes. En el reportaje de Ecuavisa que se quiere hacer pasar como evidencia, tampoco se habla al respecto.

El reportaje de Ecuavisa fue publicado el 26 de agosto. Al escuchar todo el reporte, en ninguna parte se habla de que el presidente Noboa congelará las cuentas bancarias de cualquier ciudadano, como quiere hacer creer el post a verificar.

Por otro lado, Ecuador Chequea revisó las últimas leyes aprobadas por la Asamblea desde que Daniel Noboa comenzó su segundo periodo presidencial en mayo de 2025: al menos 12 leyes, incluyendo normativas sociales, de seguridad y ambientales.
Además, se concretaron reformas adicionales, pero en ninguna se habla de congelar las cuentas bancarias de los ecuatorianos como quiere hacer creer el contenido desinformante.

El contenido a verificar circula desde el 26 de agosto, cuando en la Asamblea se aprobó la Ley Orgánica de Transparencia. Al revisar el documento, en ninguno de sus artículos explícitamente se habla de congelar las cuentas de cualquier persona sin orden judicial, como quiere hacer creer el contenido a verificar.
El texto establece que la Ley se aplica sólo a fundaciones y organizaciones sociales sin fines de lucro y no habla de las cuentas bancarias de ciudadanos comunes.

Además, en el artículo 17,3 de esta Ley, se habla sobre la inmovilización de fondos y se especifica que:
“Cuando la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), con base en un reporte de operaciones sospechosas, alerta temprana, denuncia, información del Sistema Nacional de Inteligencia o inteligencia propia, identifique indicios objetivos, graves y verificables que evidencien una operación sospechosa o vinculada a posibles delitos financieros, podrá disponer de manera inmediata la inmovilización cautelar de fondos en el Sistema Financiero Nacional”.
Y se agrega que la superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) supervisará únicamente las organizaciones sociales, en ninguna parte del texto aprobado y publicado en el Registro Oficial, habla de las cuentas bancarias de ciudadanos comunes.
Para que se inmovilicen los fondos, además, deberá ser un juez especializado quien ratifique, modifique o revoque cualquier medida de inmovilización en máximo 8 días. Y establece que las entidades bancarias tienen 72 horas para ejecutar la orden, siempre y cuando tenga una validación judicial posterior obligatoria.

El post, además, asegura que con esto se dará un “feriado bancario”, frente a esto, hay que aclarar que, en ninguna parte de la Ley, se habla de un feriado bancario; de hecho, al revisar las cuentas oficiales de la Superintendecia de Bancos, que es el organismo que se encarga de supervisar y controlar a las entidades del sistema financiero y al sistema nacional de seguridad social, con el objetivo de proteger al usuario financiero, no ha emitido ningún documento o comunicado que respalde estas afirmaciones.
Hay que aclarar que, en Ecuador, no es posible repetir lo que ocurrió en el año 1999 durante el denominado feriado bancario, cuando se congelaron los depósitos de los ciudadanos y se cerraron los bancos de forma generalizada.
Esto se debe a que la Constitución prohíbe de forma expresa estas acciones. Por lo cual, se concluye que este post tiene, además, un fuerte sesgo político.
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