Existen diferentes sanciones para quienes cometen maltrato animal. El COIP sí sanciona los casos más graves con prisión. Le explicamos.
En Ecuador existen normativas y sanciones contra el maltrato animal. Las sanciones se establecen de acuerdo con la gravedad de la infracción y también se establecen multas de acuerdo con el hecho.
Una publicación en Facebook asegura que en el país, una persona puede ir tres años presa y deberá pagar $4.250 de multa, si mata a un perro. En la descripción del contenido se menciona que, según un artículo 3390, numeral 15 (sin especificar a que normativa se refiere), si se sacrifica o causa la muerte de animales de compañía serán sancionados con 10 remuneraciones básicas unificadas. Calificamos la información como engañosa, ya que, según el Código Integral Penal (COIP), hay varios niveles de sanción para el maltrato animal, cuando se define prisión, la pena mínima es de seis meses; y se sanciona con entre uno y tres años, como pena máxima, pero si se produce la muerte como resultado de actos de crueldad.
Según el COIP, en su artículo 250.1: “La persona que mate a un animal que forma parte de la fauna urbana será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a un año. Si la muerte se produce como resultado de actos de crueldad será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”.
La Ley menciona que se impondrá el máximo de la pena si concurre en alguna de las siguientes circunstancias: actuar con ensañamiento contra el animal; suministrar alimentos componentes dañinos o sustancias tóxicas; si el animal es cachorro, geronte o hembra gestante, o cuando la infracción sea cometida por el dueño o tenedor del animal o por quien esté a su cuidado temporal o permanente.
Sobre el maltrato animal, el Código Municipal de Quito, en el Art. IV.3.362, señala que las infracciones leves serán sancionadas con una multa que va desde el 10% al 21% de una Remuneración Básica Unificada (RBU). Y las infracciones graves serán sancionadas con una multa del 45% al 90% de una remuneración.
“Las infracciones muy graves serán sancionadas con una multa de 10 remuneraciones. Así mismo, se procederá al rescate definitivo de todos los animales de compañía que se encuentren bajo la tutela del infractor, retirándole de manera definitiva el permiso de tenencia de cualquier tipo de animal de compañía, teniendo que cubrir con todos los gastos médicos o de rehabilitación física y comportamental de los animales”, señala el Código.
El 26 de octubre, sucedió un ataque de un hombre a un perro gran danés en Quito. En un video difundido en redes sociales, se observa cómo la persona pateó al perro en la cabeza, según Primicias. El hombre que pateó al perro, según el Código Municipal, sería sancionado hasta con $4.250, por ser considerada una infracción muy grave.
El 22 de noviembre, Vistazo reportó que en el sur de Quito, una mujer ahorcó a un perro similar a la raza husky siberiano. El personal municipal inició un proceso administrativo y penal en contra de la mujer.
Ante el hecho, la Unidad de Bienestar Animal de Quito recalcó que provocar la muerte de un animal puede ser sancionado con $4250. “Si la muerte se produce como resultado de actos de crueldad puede ser sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años”, señalaron en Twitter.
Te puede interesar:
· Guadalupe Llori enfrenta nuevo proceso en el Comité de Ética
· La Justicia ecuatoriana es quien solicita la difusión roja, no la Fiscalía
· La FEF no ha sido sancionada, la FIFA abrió un expediente disciplinario