Sobre la Ley de Extinción de Dominio
Con esta pregunta, la consulta plantea cambios en la Ley de Extinción de Dominio para agilizar los trámites con los que el Estado puede tomar propiedad de bienes obtenidos ilegalmente o con los que se hayan cometido delitos.
Ecuador se acerca nuevamente a las urnas. Una vez más, una consulta popular convocará a alrededor de 13 millones de personas a colegios, escuelas y otros espacios para dar su voto en una de estas dos casillas: ‘Sí’ o ‘No’.
Once preguntas son las que posarán en el papel, en su mayoría sobre seguridad y propuestas por el presidente, Daniel Noboa. Para comprender cada una, Ecuador Chequea realizará un análisis punto por punto de sus implicaciones. ¿Qué pasa si gana el ‘Sí’ y qué pasa si gana el ‘No’? ¿Qué hay que tomar en cuenta al momento de optar por una u otra?
De la mano de expertos y el análisis documental de las preguntas, iniciamos esta travesía. ¿Nos acompañas?
Pregunta K
¿Está usted de acuerdo con que el Estado proceda a ser el titular (propietario) de los bienes de origen ilícito o injustificado, simplificando el procedimiento de la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, conforme el Anexo de la pregunta?
En esta última entrega ponemos sobre la mesa la última pregunta que constará en la papel que recibirán los alrededor de 13 millones de personas este domingo en las urnas; la pregunta ‘K’. Esta se enfoca directamente en la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, que entre sus objetivos principales presenta la oportunidad de que el Estado pueda reclamar bienes incautados que se hayan obtenido de forma ilícita o que hayan sido utilizados para la comisión de delitos.
Este texto legal está vigente en Ecuador desde abril del 2021. Además, fue reformado el pasado febrero, tras la aprobación del proyecto en la Asamblea.
La Ley que se encuentra vigente detalla que la extinción de dominio se aplicará mediante una sentencia judicial que establezca el decomiso del bien, que prescriba luego de 80 años de la fecha en la que se adquiere las propiedades o desde que fueron destinados a actividades ilícitas.
Además, plantea la extinción de dominio inmediata en tres casos. Estos son:
- Cuando los bienes pertenezcan a uno o varios miembros de grupos de delincuencia organizada nacional o transnacional, incluidos ‘terroristas’ o actores estatales no beligerantes; denominación que utilizó el presidente, Daniel Noboa, para llamar a 22 organizaciones delictivas en el país.
- Propiedades o activos injustificados que tengan relación de causalidad con el crimen organizado.
- Cuando se trate de delitos flagrantes respecto a los bienes que sean de propiedad de los grupos de delincuencia organizada.
Es esta norma la que busca modificar Daniel Noboa con la última pregunta, con el objetivo de que se puedan simplificar los procesos para llegar hasta la extinción del dominio. Conoce qué implicaría la victoria del ‘sí’ y qué la victoria del ‘no’ en esta interrogante.
¿Qué pasa si gana el ‘Sí’?
En caso de ganar el ‘Sí’, el Presidente tendrá un plazo máximo de cinco días posteriores a la publicación de resultados oficiales para enviar un proyecto de ley reformatorio a la Ley Orgánica de Extinción de Dominio.
Este deberá contener los cambios necesarios para cumplir con lo que se establece en la pregunta. Sin embargo, el anexo de la interrogante no incluye los cambios específicos que tendrán que realizarse o que se plantearán en el nuevo texto.
“En la pregunta K, al igual que toda la pregunta de consulta popular, hay incertidumbre sobre cuál será el resultado final. Si gana el ‘Sí’, el Presidente mandará un proyecto de ley a la Asamblea, que se deberá discutir y aprobar. El contenido de la Ley, es totalmente incierto”, explica el abogado Mauricio Alarcón.
En este caso, según se detalla en el Anexo de la pregunta, el Legislativo tendrá un total de 60 días para tratar y aprobar los cambios.
¿Qué pasa si gana el ‘No’?
Sobre lo que ocurrirá si gana el ‘No’, Alarcón es claro: “Si gana el ‘No’, el Presidente no mandará un proyecto de Ley y nos quedamos la Ley como está”.
En este caso, la Ley de Extinción se mantendrá vigente con las últimas reformas establecidas en febrero, mencionadas previamente. Sin embargo, esto no limita al Gobierno de enviar al Legislativo una nueva reforma.
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