La Secretaría General de la Comunidad Andina calificó como gravámenes y restricciones medidas aplicadas por Ecuador y Colombia, y les dio 10 días hábiles para retirarlas.
La Secretaría General de la Comunidad Andina, CAN, ordenó a Ecuador y Colombia retirar, en un plazo máximo de 10 días hábiles, los aranceles y restricciones comerciales que ambos países impusieron de forma recíproca a las importaciones provenientes del otro, al concluir que esas medidas vulneran el Programa de Liberación del Acuerdo de Cartagena, base jurídica del libre comercio intracomunitario andino.
La decisión consta en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena No. 5755, publicada ayer, 7 de mayo, que incluye tres resoluciones sobre el conflicto comercial entre Ecuador y Colombia: la Resolución 2581, sobre el cierre operativo de pasos fronterizos; la Resolución 2582, sobre la tasa impuesta por Ecuador a mercancías colombianas; y la Resolución 2583, sobre el arancel recíproco y restricciones aplicadas por Colombia a productos ecuatorianos.
En el caso de Ecuador, la Secretaría General calificó como “gravamen” la llamada “tasa de servicio de control aduanero”, originalmente adoptada mediante la Resolución SENAE-SENAE-2026-0006-RE, luego actualizada y finalmente regulada por la Resolución SENAE-SENAE-2026-0031-RE, que elevó la tarifa al 100%. Según el organismo andino, esa medida se aplica a productos que provengan o sean originarios de Colombia y vulnera el Programa de Liberación de la Comunidad Andina.
La Secretaría General dispuso que Ecuador retire ese gravamen en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la resolución en la Gaceta Oficial. Ecuador también deberá informar el cumplimiento dentro de ese mismo plazo.
En el caso de Colombia, la CAN resolvió que violó la normativa comunitaria y calificó como gravamen el “arancel recíproco” adoptado por Colombia mediante el Decreto 0170 de 2026 y modificado posteriormente por el Decreto 0455 de 2026, al aplicarse a productos provenientes y originarios de Ecuador. El organismo concluyó que ese arancel vulnera el Programa de Liberación andino.

