La Asamblea no tomó en cuenta el criterio de la mayoría de especialistas sobre la necesidad de establecer la proporción de la pena de acuerdo con la gravedad del delito cometido y acogió de manera integral la propuesta del Ejecutivo.
El Pleno de la Asamblea aprobó con 132 votos a favor, por unanimidad, el proyecto de reformas en aplicación de los resultados de la consulta popular. A pesar de haber recibido más de 40 comparecencias para que aporten con sus criterios técnicos, incluidos los de la fiscal, Diana Salazar, y de las observaciones presentadas en el primer y segundo debate del Pleno, el texto -en lo normativo- se aprobó como lo presentó el presidente, Daniel Noboa.
No hubo cambios, ni leves si sustanciales, ni siquiera en el tema de proporcionalidad entre la pena impuesta y el delito cometido, que fue muy cuestionado por expertos en materia penal con el argumento que se establecen penas desproporcionadas para delitos menores. El ejemplo al que más recurrieron los especialistas para graficar esa desproporcionalidad es que, con lo aprobado es tan grave portar sin permiso un arma de uso militar o policial (entre 19 y 22 años de cárcel) que cometer sicariato (entre 26 y 30 años de cárcel).
El oficialista Adrián Castro justifica los rangos aprobados para el incremento de penas ya que, dijo, no debe ser solamente un trabajo técnico, sino humano para responder al clamor de los ecuatorianos al que le mataron un familiar.
Inclusive las 48 horas de plazo en el tratamiento del segundo debate que pidió el presidente de la Comisión ocasional que “trabajó” el informe, Carlos Vera Mora (PSC), para incorporar observaciones, sirvieron a la Comisión para, únicamente, incorporar una frase que aclara que no se sancionará la actividad minera artesanal si demuestra que es lícita a través de los permisos otorgados por las autoridades competentes.
Para la asambleísta Lucia Posso (independiente), integrante de la Comisión ocasional, no hay una métrica en la Ley que indique los parámetros en los que debe subir una pena. “Son criterios de orden técnico y político que se deben ajustar”, manifestó.
Como el documento quedó a “gusto” de Noboa, se descarta que vaya a vetarlo, por lo que el incremento de penas queda de la siguiente manera:
Trata de personas (depende del caso)
Pena actual: mínima 13 años, máxima 26 años de cárcel .
Pena aprobada: mínima 16 años, máxima 30 años de cárcel.
Asesinato
Pena actual: entre 22 y 26 años de cárcel.
Pena aprobada: entre 26 y 30 años de cárcel.
Sicariato
Pena actual: entre 22 y 26 años de cárcel.
Pena aprobada: entre 26 y 30 años de cárcel.
Oferta y publicidad de sicariato
Pena actual: entre 5 y 7 años de cárcel.
Pena aprobada: entre 7 y 10 años de cárcel.
Secuestro extorsivo
Pena actual: entre 10 y 13 años de cárcel.
Pena aprobada: entre 13 y 16 años de cárcel.
Si la víctima muere
Pena actual: entre 22 y 26 años de cárcel.
Pena aprobada: entre 26 y 30 años de cárcel.
Producción de droga
Pena actual: entre 7 y 10 años de cárcel.
Pena aprobada: entre 13 y 16 años de cárcel.
Producción de químicos para la droga
Pena actual: entre 3 y 5 años de cárcel.
Pena aprobada: entre 7 y 10 años de cárcel.
Tráfico de droga
Pena actual Pena aprobada
Mínima escala, de 1 a 3 años. de 3 a 5 años.
Mediana escala, de 3 a 5 años. de 5 a 7 años.
Alta escala, de 5 a 7 años. de 19 a 22 años.
Gran escala, de 10 a 13 años. de 22 a 26 años.
Tráfico de precursores químicos
Pena actual: entre 5 y 7 años de cárcel.
Pena aprobada: entre 7 y 10 años de cárcel.
Actividad ilícita de recursos mineros
Pena actual de 5 a 7 años de cárcel.
Pena aprobada entre 16 y 20 años de cárcel.
En caso de minería artesanal
Pena actual: entre 1 y 3 años de cárcel.
Pena aprobada: de 13 a 16 años de cárcel.
Si ocasiona daños al ambiente
Pena actual: de 7 a 10 años de cárcel.
Pena aprobada: de 22 a 26 años de cárcel.
Si es como actividad de la delincuencia organizada
Pena actual: de 10 a 13 años de cárcel.
Pena aprobada: de 26 a 30 años de cárcel.
Lavado de activos (depende de los casos y montos)
Pena actual: mínimo 1 año, máxima 13 años de cárcel.
Pena aprobada: mínima 5 años, máxima 22 años de cárcel.
Tenencia y porte no autorizado de armas o municiones de uso militar y policial
Tenencia: de 10 a 13 años de cárcel.
Porte: de 19 a 22 años de cárcel.
Tráfico y producción de armas de fuego, químicas, nucleares o biológicas (dependiendo del caso)
Pena actual: mínima 5 años, máxima 13 años de cárcel.
Pena aprobada: mínima 16 años, máxima 26 años de cárcel.
Terrorismo (dependiendo del caso)
Pena actual: mínima 10 años, máxima 16 años de cárcel.
Pena aprobada: mínima 19 años, máxima 26 años de cárcel.
Si muere una o más personas
Pena actual: de 22 a 26 años de cárcel.
Pena aprobada: de 26 a 30 años de cárcel.
Financiación del terrorismo
Pena actual: de 7 a 10 años de cárcel.
Pena aprobada: de 22 a 26 años de cárcel.
Delincuencia organizada
El que forme un grupo de 3 o más personas y que financien o ejerzan el mando.
Pena actual: de 7 a 10 años de cárcel.
Pena aprobada: de 22 a 26 años de cárcel.
Colaboradores
Pena actual: de 5 a 7 años de cárcel.
Pena aprobada: de 10 a 13 años de cárcel.
Delincuencia organizada dedicada al narcotráfico, terrorismo, minería ilegal, sicariato, entre otros
Pena actual: de 10 a 13 años.
Pena aprobada: de 26 a 30 años.
Colaboradores en estos tipos de delito
Pena actual: de 7 a 10 años de cárcel.
Pena aprobada: de 19 a 22 años de cárcel.
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