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viernes, diciembre 5, 2025
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‘Terrorismo’, el ‘as’ bajo la manga de los gobiernos ante protestas

POR: Esteban Cárdenas Verdesoto

“Terrorista”, una palabra que los gobernantes han usado con facilidad cuando las calles se calientan y las protestas se toman las vías. Una palabra que se pronuncia desde los discursos de la población o de las autoridades, cuando las manifestaciones se sienten y se toman los titulares; cuando el humo se toma el ambiente y el fuego quema llantas u otros elementos. Y es que el terrorismo se ha convertido en un concepto recurrente cuando las movilizaciones se activan y las detenciones comienzan. 

Hoy, el país vive su octavo día de paro nacional, convocado por la Conaie el pasado 18 de septiembre, tras la eliminación del subsidio al diéśel por parte del Gobierno; algo que hizo que el combustible pasara de $1,79 por galón a $2,80 por galón en todas las estaciones de servicio del país. 

Han sido días en los que las paralizaciones se han tomado algunas calles de forma interrumpida y dispersa, focalizadas en Imbabura y el norte de Pichincha. Uno de los hitos de la protesta se alcanzó ayer, cuando movimientos indígenas anunciaron el asesinato de uno de los manifestantes, un comunero de Cuicocha, en Cotacachi, que fue alcanzado por proyectiles durante uno de los enfrentamientos registrados en la provincia contra las fuerzas del orden; acto que fue seguido por nuevos enfrentamientos en los que los comuneros de la provincia interceptaron a grupos militares que buscaban atravesar el territorio cerrado por la paralización. 

Es esta misma provincia la que ha concentrado la protesta. Allí mismo se dio la detención de trece personas en Otavalo bajo cargos de terrorismo. Este acto se dio posterior a los enfrentamientos generados en la zona, actos que derivaron en la quema de un cuartel policial y vehículos que estaban en el interior. La Fiscalía acusó a este mismo grupo por terrorismo, volviendo a resurgir una vieja práctica en el país; el uso de la figura penal de terrorismo para procesar a quienes protestan en contra de un gobierno. 

Esta es una historia que se repite en el tiempo. Un recorrido que cuenta casos como el de Dayuma, en 2007; o los ‘Diez de Luluncoto’, en 2012, pasando por movilizaciones shuar, las resistencias contra la minería y los recientes levantamientos. El terrorismo, según expertos, pasó de ser una figura penal pensada para enfrentar amenazas graves contra la seguridad del Estado a un mecanismo para gestionar la protesta social y generar miedo en quienes pueden salir a las calles. Pero, ¿son estos actos realmente formas de terrorismo y qué pasa al implementar este tipo penal contra manifestantes?

Más sobre Otavalo

El 22 de septiembre, alrededor de 300 personas se movilizaron en Otavalo durante el contexto del paro nacional. Según la versión de la Fiscalía, el grupo lanzó piedras y bombas molotov contra el Comando de la Policía y la Policía Judicial, destruyó portones y paredes, incendió vehículos y se llevó documentos y evidencias. La institución calificó los hechos como terrorismo y la jueza de flagrancia a cargo del caso dictó prisión preventiva contra los trece detenidos. Esto, según se puede leer en los documentos que reposan en el proceso legal. 

Como parte de la evolución del caso, la Policía se constituyó en acusación particular, presentándose como víctima. La defensa, en cambio, alegó que se trató de detenciones masivas sin individualización de responsabilidades y que la acusación de terrorismo es desproporcionada. Subrayaron, además, que la mayoría de los detenidos son indígenas de Otavalo, por lo que solicitaron un enfoque diferenciado, en aplicación del Convenio 169 de la OIT, que habla estrictamente del respeto y consideración de características culturales al momento de imponer acciones en materia penal. 

Sin embargo, el proceso continúa con normalidad y, como parte de este, el 26 de septiembre, varios de los detenidos fueron trasladados a cárceles de alta peligrosidad en Manabí, en la Cárcel del Rodeo, y a la cárcel de Esmeraldas. Una de las apelaciones presentadas contra esta decisión señala que el traslado fue arbitrario e ilegítimo y expuso a los procesados a un riesgo letal innecesario, en prisiones marcadas por masacres recientes. 

¿Terrorismo?

Este delito está tipificado en el artículo 366 del Código Orgánico Integral Penal. Se establece que el terrorismo se sanciona con hasta 30 años de prisión, para quienes, mediante violencia, generan terror en la población. Textualmente, este artículo establece que “la persona que individualmente o formando asociaciones armadas, provoque o mantenga en estado de terror a la población o a un sectores de ella, mediante actos que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas o pongan en peligro las edificaciones, medios de comunicación, transporte, valiéndose de medios capaces de causar estragos, será sancionado” por terrorismo. 

Además, el mismo artículo asegura que esto se refuerza si la persona se apodera de transporte terrestre, nave o aeronave y plataformas fijas marinas; si se destruye una edificación pública o privada con el objetivo de causar terror; quien difunda o transmita informes falsos poniendo con ellos el peligro de la seguridad nacional; uso de materiales nucleares; explosivos masivos con objetivo de generar terror; y cuando esto produzca la muerte de una o más personas. 

Según el Código Penal ecuatoriano, esto puede constituirse como terrorismo. Sin embargo, para expertos como Mauricio Alarcón, abogado, la amplitud de la redacción de este delito permite que hechos propios de una protesta se pretendan encuadrar desde el Gobierno bajo esta figura. 

El experto lo resume así: “Nuestro Código Orgánico Integral Penal mete sabotaje, terrorismo, tentativa y tantas otras cosas dentro de una misma figura, por lo que cualquier cosa cabe para abrir una investigación. Lo que estamos viendo en este momento es más de lo mismo que utilizaba Correa, lo mismo que utilizaba Moreno, lo mismo que utilizó Lasso”, con respecto al uso del terrorismo para perseguir a quienes protestan. 

En su criterio, episodios como los de Otavalo podrían procesarse por destrucción de bien público, una infracción que conlleva penas más proporcionadas. En cambio, al acudir al terrorismo se busca promover la censura y el miedo en las comunidades en un contexto de protesta. Así, estos factores llevan entonces a cuestionarse qué es y qué no es terrorismo; y si realmente actos como los de Otavalo se encajan en esta descripción. 

Xavier Andrade, abogado penalista, enfatiza que no se puede confundir la violencia de una protesta con terrorismo. “Lo que se necesita es que exista una intención ulterior de dañar el orden constitucional. No basta con que haya violencia, ni siquiera ataques a la Policía. Atacar a la Policía, si bien es cierto es violencia grave, no busca infundir terror en la comunidad. Lo que la gente siente es frustración, pérdidas económicas, disgusto. Pero así como que se sientan aterrorizados, de sentir inseguridad social, no”, dice. Para él, la diferencia es clara; el terrorismo está pensado para actos que buscan doblegar a un Estado y a su población mediante el miedo generalizado, no para responder a enfrentamientos localizados en el marco de una protesta social. 

Felipe Rodríguez comparte la misma línea. Explica que el terrorismo, como figura penal, exige actos “particularmente graves y violentos, ejecutados con el fin de generar terror en la población”. No cualquier enfrentamiento en las calles cumple con ese estándar. Según él, al llevar actos de protesta al terreno del terrorismo se produce una distorsión peligrosa. 


“El uso político del terrorismo desnaturaliza la tipificación penal y convierte a los manifestantes en enemigos internos”, asegura. Rodríguez, además, advierte que las medidas adoptadas en el caso de Otavalo, como la prisión preventiva en cárceles de alta peligrosidad, refuerzan la lógica punitiva. “La prisión preventiva es una medida cautelar, no una sanción. Esta práctica anticipa castigo sin sentencia, vulnera la presunción de inocencia y configura un uso político del sistema penitenciario para escarmentar a quienes protestan”. 

Los expertos coinciden en que, como dice Alarcón, la amplitud del artículo 366 del COIP es el problema central. Para Andrade, esto se trata de un salto jurídico que cambia el enfoque de un delito común a uno con connotaciones políticas y sociales mucho más graves. Asimismo, para Rodriguez esto responde a una estrategia de control. “Al acusar de terrorismo se busca enviar un mensaje ejemplificador, para que la gente lo piense dos veces antes de salir a protestar”. 

Entonces, en la práctica, los expertos detallan que estos factores convierten al terrorismo en un tipo penal “comodín”, al que los gobiernos acuden de manera recurrente cuando enfrentan conflictividad social. Y es que el patrón se repite ante bloqueo de vías, enfrentamientos o daños; en lugar de aplicar figuras proporcionales como daño a bienes públicos o paralización de servicios, que según Andrade sería lo pertinente, se recurre al terrorismo para brindar un peso político a la protesta y dar un mensaje simbólico a la población y a quienes protestan o se oponen a un Gobierno. 

Una figura recurrente

El uso del terrorismo en el discurso político y social no es nada nuevo. Los nombres cambian, pero la estrategia es la misma. En 2007 —durante el correísmo—, en Dayuma, Orellana, la prefecta Guadalupe Llori fue encarcelada bajo cargos de “terrorismo organizado”, después de que su comunidad protestara por falta de obras. Pasó nueve meses en prisión hasta que un ‘habeas corpus’ declaró arbitraria su detención y la Asamblea le concedió amnistía a ella y a varios manifestantes que estaban en la misma situación. 

En 2009, tras la muerte del profesor Bosco Wisuma, once líderes shuar fueron procesados durante el correísmo por terrorismo y sabotaje. José Acacho recibió una condena de 12 años, pero la sentencia fue anulada tras denuncias internacionales, que advirtieron que calificar a líderes indígenas como terroristas violaba el derecho a la protesta. 

Entre 2012  y 2016, los dirigentes comunitarios Manuel Trujillo y Manuela Pacheco enfrentaron un proceso por terrorismo en Bolívar por oponerse a la hidroeléctrica San José del Tambo. Amnistía Internacional señaló que las acusaciones eran infundadas y en 2016 ambos fueron absueltos. 

Ese mismo año, el caso de los ‘10 de Luluncoto’ mostró el alcance de la criminalización correísta. Un grupo de estudiantes y profesionales fue detenido en Quito tras una reunión en la que, según la Fiscalía, planeaban actos subversivos. Esto, pese a que analistas como Ramiro Ávila revelaron pruebas de obtenidas de forma ilegal, detenciones sin flagrancia y ausencia de individualización de responsabilidades, algo que marcó el caso

Además, entre 2015 y 2019 más de 40 personas fueron procesadas por terrorismo en protestas contra las políticas de Raael Correa y Lenín Moreno, aunque varios recibieron amnistías posteriores. Y así la dinámica ha ido creciendo cada vez más, usando al terrorismo como una estrategia política para atacar las protestas. Y hoy, una vez más, la fórmula se repite. 

Los riesgos

Después de haber visto el uso indiscriminado del terrorismo en el marco de conflictos sociales y todos los demás factores, se puede notar que la acusación de terrorismo contra manifestantes no sólo acarrea penas altas y procesos largos, sino que conlleva también una carga simbólica que transforma a quienes protestan en enemigos del Estado. 

Y esta es, principalmente, la preocupación central de los expertos consultados. Felipe Rodríguez expresa esto con firmeza. “El uso político del terrorismo desnaturaliza completamente la tipificación penal y convierte a los manifestantes en enemigos”, dice. 

Cuando un grupo de campesinos, estudiantes o indígenas es colocado en la misma categoría jurídica que organizaciones armadas o actos de violencia sistemática, como dice Rodríguez, lo que se activa no es sólo un proceso penal sino un mecanismo de estigmatización que los presenta como una amenaza existencial. 

Asimismo, Xavier Andrade advierte que este desplazamiento tiene un efecto corrosivo en la democracia; uno que dicta que en lugar de investigar los hechos como la destrucción de bienes, el desacato o los ataques a la autoridad se opta por una figura que lleva implícitamente la idea de desestabilización del orden constitucional. En palabras de Andrade: “Atacar a la policía en el marco de las protestas, si bien es violencia grave, no busca difundir terror en la comunidad”.

Además, todos estos discursos permean también en la población y permiten que exista una mayor polarización, que termina por estigmatizar aún más a quienes se manifiestan en las calles. Para los expertos, toda esta dinámica genera también una confrontación social directa, impulsada desde el discurso estatal. 

El resultado es un escenario en el que la protesta, derecho reconocido en la Constitución y en instrumentos internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, queda bajo sospecha permanente. El sólo riesgo de que una manifestación sea encuadrada en el delito de terrorismo genera, como dice Alarcón, un efecto de autocensura. “Al acusar de terrorismo se busca enviar un mensaje para que la gente se lo piense dos veces antes de salir a protestar”. En otras palabras, el objetivo no es únicamente castigar a quienes ya se movilizaron, sino advertir a quienes podrían hacerlo en un futuro. 

Esa dimensión preventiva, de miedo y de castigo ejemplar, es la que organizaciones internacionales han denunciado desde hace ya varios años. Amnistía Internacional ha señalado que las acusaciones de terrorismo contra dirigentes indígenass y comunitarios son “cargos espurios” que buscan silenciar la protesta. Por otro lado, Human Rights Watch, en sus informes, documentó cómo en Ecuador fiscales presentaron imputaciones desproporcionadas de sabotaje, terrorismo y rebelión sin sustento suficiente, con el efecto de estigmatizar movimientos sociales. Asimismo, la Federación Internacional por los Derechos Humanos fue más allá y pidió al Estado “erradicar el prejuicio según el cual defender derechos es un crimen”, alertando que la justicia ecuatoriana ha funcionado en ocasiones como un dispositivo de persecución de defensores de la tierra y el territorio. 

En 2025, los pronunciamientos se intensificaron. La relatora Gina Romero hizo un llamado a que se respeten los estándares internacionales de protección a las asambleas y reuniones pacíficas. Romero alertó la grave situación de Ecuador, tras el paro que llevan adelante los movimientos indígenas y sociales del país. Además, aseguró que el Gobierno de Noboa “parece haber emprendido una persecución contra la sociedad civil, los movimiento sociales y la protesta en el país. Utilizando disposiciones legales no alineadas a los estándares internacionales, la sociedad civil está siendo perseguida”. Algo que, según Rodriguez, queda directamente demostrado con el traslado de los detenidos en Otavalo hacia Manabí y Esmeraldas, poniéndolos en un riesgo de muerte. 

En suma, todo esto se configura como un patrón político, en el que el recurso al terrorismo se convierte en una herramienta que permite a distintos gobiernos, sin importar su signo, encuadrar la conflictividad social en la categoría de amenaza a la seguridad nacional. Al hacerlo, no sólo desplazan la discusión de lo social a lo penal, sino que debilitan el espacio democrático, pues convierten la protesta en un campo de sospecha y a los manifestantes en actores criminalizados.

Los riesgos, por tanto, no se limitan a los expedientes judiciales abiertos contra los trece detenidos en Otavalo ni a las condenas que puedan enfrentar. El verdadero riesgo, según el experto, está en la erosión de derechos colectivos, como el de reunión, el de expresión, el de participación política. Como advierten los expertos y las organizaciones internacionales, cuando disentir se asocia al terrorismo, la línea que separa democracia y autoritarismo se vuelve difusa.

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Pablo Terán
Pablo Terán
Webmaster en Ecuador Chequea. Profesional en Comunicación Social, experiencia-26 años. He trabajado en diferentes medios de comunicación, entre ellos Diario La Hora, por 18 años. Fui Editor de Sociedad, Quito e Interculturalidad. Tengo, además, una maestría en Psicología Holística.

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