Las cifras de femicidio no solo reflejan un sistema judicial colapsado y actuando a medias sobre la violencia que viven las mujeres. El concepto esconde a los victimarios.
El Código Penal tipifica el femicidio como el asesinato de una mujer por el hecho de serlo o por su condición de género, como resultado de relaciones de poder manifestadas en cualquier tipo de violencia. Sin embargo, este término se convierte en un escondite de los victimarios.
La Fiscalía General presentó su reporte mensual sobre las cifras de delitos penales de femicidio. Desde el 2014, año en que se añadió este delito al Código Penal, se han registrado 499 denuncias de femicidio. En 2021, entre enero y agosto, hay 45 víctimas.
Las cifras señalan que de los 499 casos de femicidio, desde el 2014, solo 252 son resueltas. Es decir, la mitad. Una de las razones según las especialistas consultadas es que los funcionarios judiciales no tienen educación con visión en género. Se revictimiza y muchas veces se culpa a la víctima. La familia prefiere no denunciar para evitar el “qué dirán”.
La realidad
El 24 de febrero del 2020, Adriana Camacho y su hijo Santiago se encontraban en su casa en el sur de Guayaquil. La pareja de Adriana, Erik Ortega, salió a las 11 de la mañana del lugar después de envenenarlos. Cuando llegó la Fiscalía, encontraron un vaso con líquido, junto a una sustancia que, supuestamente, se trataba de un medicamento para dormir. Las autoridades hablaron de “muerte indeterminada” y luego “suicidio”. Sin embargo, unas horas antes, Ortega le confesó a su madre el crimen y huyó. La Policía encontró las señales de su celular y lo detuvieron. ¿Si el victimario no hubiera confesado la historia de Adriana y Santiago, serían parte de las cifras de la Fiscalía? No.
Y no solo es un entorpecimiento de investigación y hallazgos, se trata de conceptos. La Fundación Aldea, junto a más de seis organizaciones de mujeres, publica periódicamente el mapa de feminicidios. El último data del 30 de junio del 2021. Pero ¿cuál es la diferencia entre femicidio y feminicidio? En 2004, Marcela Lagarde introduce el término en Lationamérica y define al feminicidio como: “Una ínfima parte visible de la violencia contra niñas y mujeres, sucede como culminación de una situación caracterizada por la violación reiterada y sistemática de los Derechos Humanos de las mujeres”. La diferencia radica en que el femicidio es un homólogo de homicidio. Es decir, implica todo asesinato de mujeres. El feminicidio incluye la variable de impunidad, inacción o desprotección estatal.
Contexto
Aldea establece, en el mapa, que desde el 2014 existen 921 feminicidios. 105 muertes violentas de mujeres por razones de género, incluidos 4 transfeminicidios y 33 muertes por delincuencia organizada. Además, señala que 22 víctimas ya habían reportado antecedentes de violencia. Para Rocío Rosero, socióloga y parte de la Coalición de Mujeres, existe una “inacción del Estado”. Puntualiza una deficiencia en el sistema de registro e información. Por ejemplo, si una mujer va a la Junta Cantonal de Protección de Derechos, realiza la denuncia y recibe una medida de protección, no hay un seguimiento. Rosero dice que, a veces, los casos no son reportados a la Secretaría de Derechos y no se pone a salvo a la mujer. En el país, que una mujer violentada realice una denuncia o incluso comente lo que está sucediendo es complicado, por varios asuntos patriarcales dentro de la sociedad. La experta detalla que el Estado no le da una importancia a la prevención. Rosero comenta que las mujeres están en constantes relaciones de poder y no sólo ocurre con la pareja. Sino que en la sociedad el hecho de ser mujer ya es un riesgo.
El Consejo de la Judicatura también establece sus propias cifras sobre el femicidio y otras formas de violencia contra las mujeres y noticias del delito. Establece que desde el 2014 hay 1.209 víctimas. Guayas encabezando la lista con 311. La abogada en derechos de las mujeres, Silvia Buendía, afirma que esto es porque cuando el caso se va investigando y sigue en proceso, la razón del mismo puede cambiar y convertirse en un femicidio. Buendía comenta que Ecuador tiene una cultura penal machista. La abogada señala que en el país, hasta 1990, era legal que un hombre le pegara a su esposa. Ella dice: “No estaba tipificado como delito que te viole tu marido dentro del matrimonio. No era una violación”. Comenta Buendía que hasta ese año una mujer no podía denunciar a su esposo. Incluso, en 1989 el femicidio era legal. Ya que en el Código Penal se establecía que, si el marido encontraba a su mujer en una relación adultera, podía asesinarla y no iba preso. La experta señala que antes de hablar de las cifras, es necesario recordar el pensamiento de los años 90s.
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