26.9 C
Ecuador
jueves, diciembre 4, 2025
spot_img

¿Qué dice la Ley de Solidaridad sobre los rangos consumo de drogas?

La Ley de Solidaridad, aprobada por la Asamblea, no habla sobre márgenes. Muchos hablan de una nueva ‘tabla de consumo’. El texto no impone límites, pero ordena que se establezcan los mecanismos para diferenciar entre consumidores y narcotraficantes. 

POR: Esteban Cárdenas Verdesoto

Han pasado más de 18 meses desde que el Gobierno de Daniel Noboa, entonces recién llegado al poder, declaró a viva voz la eliminación de la tabla de consumo de drogas, calificando a esta acción como una de las primeras promesas cumplidas de su mandato. Fue el 23 de noviembre de 2023. Noboa salió en un video difundido en sus redes sociales rompiendo unos papeles en cuatro partes para dar a conocer la disposición. 

“Porque estamos comprometidos con nuestra niñez, juventud y con todas las familias ecuatorianas. Se vienen días mejores, llegó el nuevo Ecuador”, decía con un tono firme en el corto clip difundido hace más de un año. “Hoy, la tabla de drogas se va”, dijo. Sin embargo, aunque este tema parecía haber terminado, hoy vuelve a entrar en la mesa del debate nacional. 

La Ley de Solidaridad Nacional, aprobada el sábado en la Asamblea, vuelve a topar el tema de los márgenes de tenencia para determinar si una persona es consumidora de drogas o si está incurriendo en un delito de narcotráfico. Y en medio de esto, el recuerdo de aquella tabla de consumo ha vuelto a ver la luz; incluso ha habido sectores que han asegurado que la tabla ha vuelto. 

Pero, a raíz de esta discusión, cabe preguntarse realmente qué está pasando con la nueva normativa y si realmente lo que se está proponiendo es una nueva tabla de consumo. Además, es necesario cuestionarse por qué estas medidas o estas herramientas jurídicas pueden ser necesarias dentro del día a día de la legislación nacional y de la lucha por el control de la seguridad. Y para responder estas preguntas, Ecuador Chequea ha analizado el contenido de la ley y ha dialogado con expertos que permitan dar un mejor panorama del tema. Aquí te lo contamos. 

Más sobre la tabla

La tabla de consumo, que establecía los límites máximos por los que una persona encontrada con drogas podría ser considerado como consumidor o como traficante, fue implementada por primera vez en 2013, durante el gobierno de Rafael Correa, mediante el Acuerdo Ministerial 0001 del Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Consep). 

Su propósito era claro: establecer límites máximos de tenencia para consumo personal de distintas sustancias, en la línea de la despenalización de su consumo. Así, buscaba evitar que los consumidores, en su mayoría jóvenes o en situación de vulnerabilidad, según explica el experto en rehabilitación de adicciones Victor Andrango, fueran tratados penalmente como traficantes. 

La lógica detrás de la tabla, dice el experto, era proteger derechos de quienes viven con “problemas de salud” frente al consumo de drogas, reconociendo que no todos los casos de posesión respondían a redes delictivas. La tabla fijaba cantidades específicas, por ejemplo, hasta 10 gramos de marihuana o dos gramos de cocaína, que servían como punto de partida para que jueces y fiscales determinaran si se trataba de un consumidor o no. 

Pero la herramienta también tuvo sus críticos. Para algunos sectores, la tabla funcionó como un escudo para el microtráfico: “Argumentaban que muchos se amparaban en esos márgenes para transportar droga en pequeñas cantidades, de forma reiterada sin enfrentar mayores sanciones. Esta fue una de las razones utilizadas por el actual Gobierno, justamente, para justificar su eliminación”, dice Andrango. 

Hoy, aunque con otro nombre, la discusión gira en torno a lo mismo: establecer criterios que ayuden a diferenciar entre consumo y tráfico. Sólo que ahora el escenario es distinto y el mismo Gobierno que eliminó el mecanismo tiene en sus manos la creación de otra herramienta con las mismas utilidades. 

¿Qué dice la Ley?

La Ley de Solidaridad Nacional, aprobada en segundo debate en la Asamblea el sábado —hoy en las manos del Ejecutivo para su aprobación o veto—, habla nuevamente de márgenes permitidos para establecer a una persona como consumidora de sustancias y no traficante. Y esto es justamente lo que ha devuelto el debate a la palestra. 

Aunque la nueva normativa no menciona expresamente la creación de una tabla de consumo, sí incluye dos artículos, reformatorios al Código Orgánico Integral Penal, en los que habla sobre estos mismos estándares. 

Por un lado, está la disposición reformatoria cinco, en la que se indica claramente que en caso de detenciones por posesión de drogas: “El fiscal o juez competente diferenciará y determinará si las sustancias estupefacientes o psicotrópicas son para consumo personal o destinadas al tráfico ilícito”. 

Y continúa: “La tenencia o posesión de sustancias estupefacientes o psicotrópicas para uso o consumo personal, debidamente probado y conforme a lo establecido en el artículo 228 de este Código, no será punible. En ningún caso se presumirá el consumo, debiéndose realizar las pericias toxicológicas y psicológicas, previo a emitirse la decisión o informe que corresponda. El Estado diseñará planes, programas o proyectos destinados a atender y rehabilitar adicciones”. 

Por otro lado, también está la disposición reformatoria seis, en la que se habla ya directamente de límites o márgenes: “Los parámetros para determinar la tenencia o posesión de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que la contengan, destinadas al consumo personal, se determinarán y actualizarán mediante una resolución conjunta entre el Ministerio de Salud, la Fiscalía General y Consejo de la Judicatura”. 

Así, la Ley aprobada en el Pleno establece la necesidad de contar con escalas que permitan diferenciar a los detenidos entre consumidores y criminales dedicados al tráfico ilícito, aunque sin hablar de una tabla como tal y, además, sin dar en la Ley las cantidades o límites establecidos claramente. 

Análisis

La Ley de Solidaridad deja claro que el consumo de drogas, como tal, no es punible en Ecuador. Esto, además, está fundamentado en decisiones de la Corte Constitucional en las que se aclara que el consumo es un problema de salud pública, no de criminalidad. Por esto, el contenido lo establece de forma explícita en su disposición reformatoria. Y esta es, justamente, la base de lo que se incluye en la Ley.

Para Carla Álvarez, experta en seguridad, este matiz, de hecho, es fundamental y refleja una necesidad que el país ya había ignorado por demasiado tiempo. “La tabla de umbrales no era una licencia para consumir, sino una herramienta para distinguir entre un consumidor y un criminal, para evitar el uso abusivo del derecho penal”, dice la experta. Y es que su eliminación, en 2023, dejó un vacío: “Durante más de un año no hubo cómo establecer esa distinción, lo que provocó el apresamiento injustificado de consumidores”. 

La tabla, o umbrales, como prefiere llamarlos, también servía, según Álvarez, para ordenar el sistema judicial y reducir la saturación carcelaria. “Sin márgenes claros, todos eran tratados igual. Eso no sólo es injusto, sino que pone una carga adicional a jueces, fiscales y policías”, advierte. Y es precisamente allí donde entra la nueva propuesta legal, que suena a estrategias pasadas: da paso a “los parámetros referenciales técnicos” que volverán a diferenciar a quien tiene una adicción de quien tiene un negocio criminal. 

Diego Pérez, también experto en seguridad y académico, coincide en que la Ley busca restablecer esa delgada línea divisoria. “Me parece que se retoma lo que ya existía antes, pero con otra lógica. No lo llaman tabla, pero es un guía, un mecanismo técnico para diferenciar entre personas con consumos problemáticos y personas que trafican”, dice. 

Según él, lo que se plantea ahora es un trabajo interinstitucional entre el Ministerio de Salud, Fiscalía y Consejo de la Judicatura para establecer esos límites de manera más técnica, y eventualmente, “esperemos que más justa”. 

Ambos expertos reconocen que esta herramienta es necesaria, tal como lo fue en su tiempo con la tabla de consumo, y puede dar mayor claridad a los operadores de justicia, y que su existencia es clave para garantizar que no se criminalice el consumo. 

“La idea es evitar que se vuelva a encarcelar a las personas que no representan una amenaza para la seguridad pública, como son los consumidores, sino que más bien necesitan atención médica y psicológica”, dice Álvarez. Asegura que antes era justamente esto lo que ocurría y los consumidores eran criminalizados, mientras que los verdaderos actores enemigos de la seguridad pública no eran judicializados. Y es justamente esto lo que se busca evitar. 

Sin embargo, la experta también pone una alerta: “Sin datos actualizados, sin estudios sobre patrones de consumo y sin una política de salud pública que acompañe a esta reforma, los parámetros corren el riesgo de convertirse en letra muerta o, peor aún, en una puerta abierta a la discrecionalidad”. 

“En Ecuador no tenemos una encuesta de consumo de drogas desde 2016. Y, si no se tienen esos datos, no se puede trabajar de forma técnica para hacer que la medida sea lo más justa posible”, dice. 

Y es que, según la experta, sin esta base la medida podría no sólo fracasar, sino agravar los problemas ya existentes. “No hay claridad sobre cómo se van a aplicar estos nuevos parámetros. No sabemos qué sustancias se incluirán, ni con qué criterios se fijarán los límites”, dice. 

Además, ella teme que la carga recaiga una vez más sobre un sistema judicial ya colapsado, con fiscales y jueces que deberían evaluar caso por caso, como establece la norma tal como está, muchas veces sin el soporte técnico necesario. Esto, dice, podría terminar generando más arbitrariedad que justicia. 

Pérez, por su parte, considera que lo positivo es que la norma abre la posibilidad de construir algo más sofisticado que una tabla fija. “Habrá que ver cómo se reglamenta. Pero al menos se reconoce la necesidad de tener una herramienta técnica, que no deje todo al ojo del policía o del fiscal de turno”. 

“No podemos seguir encarcelando a consumidores como criminales, porque eso no sólo no es lo que establece la Ley, sino que es una de las causas también del colapso del sistema penitenciario. Además, se está criminalizando muchas veces la pobreza, la falta de condiciones económicas, entre otros temas que llevan a las personas a entornos cercanos al consumo de drogas y los hace vulnerables”, dice también Andrango. 

Te puede interesar:

. La economía no pinta tan bien como dice el Gobierno

. Es falso: gestores de paz no están incluidos en la Ley de Solidaridad

. Es falso: el Ejército no ha amenazado al presidente, Daniel Noboa

Pablo Terán
Pablo Terán
Webmaster en Ecuador Chequea. Profesional en Comunicación Social, experiencia-26 años. He trabajado en diferentes medios de comunicación, entre ellos Diario La Hora, por 18 años. Fui Editor de Sociedad, Quito e Interculturalidad. Tengo, además, una maestría en Psicología Holística.

artículos relacionados

Mantente conectado

19,000FansMe gusta
8,136SeguidoresSeguir
42,708SeguidoresSeguir

chequea