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¿Proyecto de Ley Anticorrupción podría liberar a Jorge Glas?
septiembre 12, 2018


El exasambleísta César Montúfar acudió al Palacio de Carondelet el 10 de septiembre para entregar una carta a Lenín Moreno solicitándole el veto a la Ley Orgánica de Lucha Contra la Corrupción, aprobada por la Asamblea Nacional el 14 de agosto de 2018. De acuerdo al político, «esta ley en su artículo 1, literal f, cambia el tipo penal por asociación ilícita. Recordemos, (Jorge) Glas fue sentenciado en diciembre, pero su sentencia aún no está en firme, por un delito de asociación ilícita que ya no estaría más en la ley. Entonces, sus abogados lo que argumentarán es que no puede estar preso, y no puede entrar su sentencia en firme, puesto que ya no existe el delito por el cual fue sentenciado, esa es la trampa».

El cambio mencionado por Montúfar es una modificación del artículo 370 del  Código Orgánico Integral Penal (COIP) vigente, en el cual se define el delito de asociación ilícita.

El proyecto de Ley Orgánica de Lucha Contra la Corrupción propone que el texto se redacte de la siguiente manera:

«Art. 370.- Asociación Ilícita.- Cuando dos a más personas se asocien con el fin de planificar la comisión de delitos sancionados con pena privativa de la libertad de menos de cinco años, cuya materialidad se manifieste a través de actos que evidencien la pretensión de su ejecución, y que no constituyan tentativa, serán sancionados con pena privativa de  libertad de tres a cinco años.
Si se ha consumado se aplicará la pena que corresponde al respectivo delito«.

Pese a lo mencionado por Montúfar, quien presentó una acusación particular en contra del entonces vicepresidente Jorge Glas el pasado 7 de septiembre de 2017, abogados penalistas y asambleístas de distintas bancadas coinciden en que la nueva Ley Anticorrupción no podría ser usada para su liberación.
Ramiro García, presidente del Colegió de Abogados de Pichincha, explicó que el delito de asociación ilícita tiene tres fases: planificación, realización de actos de ejecución y consumación.

«Actualmente la asociación ilícita requiere evidencia de la consumación de delitos bajo régimen de asociación para que esta pueda constituirse. En el proyecto se adelanta la barrera de punibilidad, es decir, ya no se necesita ni siquiera la consumación de delitos bajo régimen de asociación, sino solamente la planificación y realización de actos de ejecución para que sea asociación ilícita, es todo lo contrario a lo expuesto por César (Montúfar)».

Para el penalista este proyecto de ley no despenaliza la asociación ilícita; por el contrario, amplía el castigo para la fase de planificación y realización de estos actos, sin la necesidad de que se haya consumado el delito. Debido a lo anterior, García dijo no estar de acuerdo con la modificación del artículo 370 «porque volvemos a la Edad Media ya que es posible juzgar por solo estar pensando o ideando un hecho para que sea asociación ilícita, y esto es inadecuado».
La mañana de este 12 de septiembre en una entrevista con Pichincha Universal, la abogada Paulina Araujo afirmó que la ley «ni le beneficia ni le agrava (a Jorge Glas), a pesar de la pésima redacción del proyecto» debido a que «el delito de asociación ilícita se va a mantener. No va a despenalizarse la conducta». Si eso ocurriera, «sí supondría que él y todo aquel esté siendo procesado o sentenciado por asociación ilícita saldrían inmediatamente libres. Eso no se propone”.
Araujo añadió que la modificación en el COIP es el menor de los males. Este proyecto de ley tiene como finalidad reformar seis cuerpos legales y, a criterio de la penalista, tiene serios problemas en su redacción. Para la experta, la propuesta no pasó por una revisión correcta de sintaxis. Por ello, en textos como la modificación del artículo 370 del COIP: “Si se ha consumado se aplicará la pena que corresponde al respectivo delito». «Esto de forma textual lo ponen. Inentendible. ¿A qué otros delitos se refieren? ¿Aquellos para los cuales se unió para delinquir? Esto es una cantinflada”, señala.
El principal problema del proyecto, para la especialista, es que crea un tipo penal abierto, porque tiene varias interpretaciones. “Es un tipo penal que transgrede la obligación de la Asamblea Nacional de hacer leyes penales claras”.
Marcela Aguiñaga, asambleísta por la Bancada de la Revolución Alfarista y presidente de la Comisión de Justicia de la Asamblea, descartó la tesis de que la modificación del artículo 370 del Código beneficiaría a Jorge Glas. La Legisladora afirmó que «es tan absurda la propuesta de Montúfar que debe recordar que la sentencia que le pusieron al exvicepresidente es con el Código Penal anterior, cuya pena es de hasta seis años de privativa de libertad. Hoy el COIP establece de 3 a 5 años y las reformas que acoge esta Comisión mantiene la pena de tres a cinco años, por lo tanto el principio de favorabilidad no cabría en un recurso de casación«.


Luis Fernando Torres, asambleísta por la alianza Partido Social Cristiano – CREO, defendió el proyecto de Ley argumentado que agrava la conducta punible de la asociación ilícita ya que ahora se considera como delito asociarse para planificar los delitos en lugar de asociarse para cometerlos.


Con los criterios anteriores también coincide el legislador socialcristiano Henry Cucalón. Él afirmó enfáticamente que nunca existió la intención de beneficiar a ningún sentenciado en la elaboración de este proyecto de Ley. «No solo se mantiene el tipo penal, sino que se amplia, no se ponen nuevos requisitos, se lo amplía al ámbito de la planificación».

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