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¿Por qué la Ley ‘Antipillos’ enfrenta al Ejecutivo con el Legislativo? 
diciembre 3, 2024

El Gobierno insiste en que los plazos para su tratamiento están corriendo, con lo que no acepta la resolución de archivo. La Asamblea asegura que el tratamiento concluyó. En medio de esto: la Constitución. ¿Qué dicen los expertos?

POR: Hugo Constante

El proyecto de ‘Ley para la mejora recaudatoria a través del combate al lavado de activos’, conocida como ‘Ley Antipillos’, ha  generado una fuerte pugna de alcance constitucional entre el Ejecutivo y la Asamblea. 

El proyecto, remitido por el presidente de la República, Daniel Noboa, con el carácter de urgente en materia económica, apenas llegó al primer debate en el Pleno, que lo negó y archivó, con 84 votos; resolución que ya está publicada en el Registro Oficial. El Gobierno se ha negado a aceptar esa resolución, la cual fue devuelta a la Asamblea, y considera que están corriendo los plazos para su tratamiento por parte del Legislativo. 

Posiciones encontradas 

El ministro de Gobierno, José De la Gasca, maneja la posibilidad, incluso, de que una vez que terminen los 30 días de plazo que da la Ley para el tratamiento de un proyecto urgente en materia económica, es decir hasta el 8 de diciembre, el Presidente decida que entre en vigencia por el Ministerio de la Ley, al considerar que la Asamblea no se pronunció al respecto. El funcionario dijo que la resolución fue devuelta a la Asamblea, por lo que aplicarán todos los mecanismos constitucionales para que se aplique el proyecto de Ley. “Cuando se agote el trámite y llegue el día y la hora, nosotros sabremos responder con la Constitución en la mano”, dijo De la Gasca. Manifestó que la Asamblea no puede archivar un proyecto de Ley urgente en materia económica en el primer debate. 

Por su parte, el primer vicepresidente de la Asamblea, Otto Vera (PSC), dijo que el tema está cerrado al estar publicada la resolución en el Registro Oficial, por lo que el Gobierno no tiene ninguna vía legal para que este proyecto de Ley vuelva a ser tratado por el Pleno. “No procede ni siquiera la devolución (de la resolución); no existe en ninguna parte de la Ley que el Ejecutivo pueda devolvernos el proyecto porque él piensa que es ilegal e inconstitucional” el archivo en primer debate, dijo Vera. 

Agregó que, si el Presidente de la República desea insistir en el contenido de la propuesta, puede enviar otro proyecto de Ley de urgencia en materia económica para que sea tramitado por la Legislatura, pero no el mismo proyecto que ya fue negado. 

El secretario general de la Asamblea, Alejandro Muñoz, aseguró que en la resolución de negación y archivo del proyecto de Ley se cumplió con el procedimiento legislativo, pero, sobre todo, con lo que establece la Constitución. “En caso de que el Presidente de la República pretenda promulgar como decreto ley a través del Registro Oficial, esa instancia está en la obligación de no aceptar la publicación, ya que el trámite constitucional ha concluido”, dijo Muñoz. 

El antecedente

El miércoles 27 de noviembre, el Pleno de la Asamblea, tras el primer debate, aprobó con 84 votos la resolución con la que negó y archivó el proyecto de Ley, con el argumento de que se pretendía aprobar más impuestos con un impacto directo a personas de ingresos medios y bajos; además de dar atribuciones que no le competen a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE). El oficialismo, por su parte, dijo que no trataba de crear más impuestos, sino de establecer una tabla progresiva para autos de alta gama y que lo que se buscaba era “cortar el músculo financiero del crimen organizado”, por lo calificó de ilegal la resolución adoptada por la oposición. 

La resolución aprobada fue publicada al día siguiente en el Quinto Suplemento del Registro Oficial. El viernes 29, Noboa remitió un oficio dirigido a la presidenta de la Asamblea, Viviana Veloz, en el que informa la devolución de la resolución de negación y archivo del proyecto de Ley, al considerar que sólo se lo podía hacer en un segundo debate. “Este no es un simple trámite legislativo; es un ataque directo a la seguridad del país”, consta en un comunicado oficial del Ministerio de Gobierno.

La visión constitucional

Para Paúl Cordova, constitucionalista y docente universitario, la posibilidad de archivar proyectos de Ley es una potestad que tiene la Asamblea, ya sea que se trate de un proyecto urgente en materia económica o uno de carácter regular, por lo que la resolución está apegada a lo que señala la Constitución y la Ley de la Función Legislativa. 

“No convendría que el Presidente de la República insista en que la Asamblea vuelva a tratar ese proyecto de Ley. Aquí no existen dos interpretaciones, dos formas de utilizar la Ley o de querer encontrar en la Constitución una salida que no existe”, dijo el especialista. 

Córdova aclaró que la Constitución no hace una distinción entre el tratamiento que debe tener  un proyecto de Ley que sea remitido con el carácter de urgente en materia económica, con otro que no tenga esa denominación, ya que la única diferencia son los plazos que rigen para su tratamiento, mas no el procedimiento. Añadió que el camino que tendría el Ejecutivo sería realizar los correctivos del caso en el proyecto de Ley, modificarlo, reestructurarlo y enviar un nuevo proyecto.  

Sobre la intención del Gobierno de que entre en vigencia por el Ministerio de la Ley, Córdova señaló que sería un precedente equivocado y perjudicial para el país, ya que no hay disposición legal o constitucional que le faculte al Presidente adoptar esa vía con el argumento de que al haber sido archivado en primer debate, la Asamblea no trató el proyecto de Ley. “Estaríamos hablando de una secuela de inconstitucionalidades y de ilegalidades que deben detenerse a tiempo”, dijo. 

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