Daniel Noboa deroga el Código de Ética
julio 3, 2024

Pese a que Noboa eliminó el Código de Ética, los funcionarios están regulados por la Losep

En febrero, el Presidente derogó esta normativa que establecía los comportamientos de los servidores del Ejecutivo para evitar el nepotismo. 

El 23 de noviembre del 2023, el presidente, Daniel Noboa, asumió el poder. Desde entonces, está alrededor de 7 meses en el poder.  

Un post en Facebook asegura que Daniel Noboa derogó el Código de Ética. Se califica este contenido como impreciso. La derogatoria no fue reciente, sucedió en febrero y hacen pasar el hecho como actual. Pese a que el mandatario derogó esta normativa, los servidores de las funciones del Estado están regulados por la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep).

El post de Facebook coloca un reportaje de Ecuavisa publicado el pasado 24 de febrero. En la nota se habla de que el presidente, Daniel Noboa, cambió el Código de Ética que había establecido Guillermo Lasso; sin embargo 66 días después, el 23 de febrero lo derogó. 

Cuando Noboa apenas empezaba su mandato realizó algunos cambios. El 19 de diciembre del 2023, mediante el Decreto 86, Noboa dispuso cambios sobre el Código de Ética que  regía  desde el 2021, cuando Guillermo Lasso asumió el poder.  

En los 21 artículos, el documento hablaba sobre el uso del avión militar, los vínculos familiares y vehículos estatales. También analizaba puntos de transparencia y acceso a la información pública y buen trato en las dependencias públicas. Esas normas eran a las que se tenían que  someter  todos los integrantes del Gabinete de Gobierno, desde el presidente hasta los gerentes de las empresas públicas adscritas al Ejecutivo. 

Por ejemplo, en el artículo 4 se prohibía  el nepotismo, específicamente se lee “los familiares del Presidente de la República, del Vicepresidente de la República, ministros y viceministros de Estado, secretarios y subsecretarios de Estado, gerentes y directores de la Administración Pública central que conforman la Función Ejecutiva, hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por uniones de hecho, no podrán ser contratados o designados para cargo público alguno en las entidades en las que su familiar hubiese sido designado o tuviere participación directa, incluyendo órganos colegiados y entidades adscritas a tal entidad”.

En otro de sus artículos, se hablaba del uso de  los aviones presidenciales, que serían “única y exclusivamente para asuntos de carácter oficial del Estado o cuando por seguridad así lo establezca la Casa Militar presidencial”. 

Esto no duró mucho, pues para febrero de este año, el Primer Mandatario lo derogó. Lo hizo mediante el Decreto 173. En el documento no se argumenta esta decisión. Además, en los antecedentes del nuevo decreto solo se recuerda que el Presidente es responsable de la administración pública. 

En una consulta, con la abogada Constitucionalista, Grace Arce, comentó que pese a que el Primer Mandatario derogó esta normativa, los servidores de las funciones del Estado están regulados por la Ley Orgánica de Servicio Público (Losep).

“Hay que recordar que todos los servidores del Estado están regulados por  la Losep, en esta también se habla de nepotismo y las prohibiciones que existen para un funcionario público. También se habla de sanciones y de cómo ejecutarlas”, señaló.

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