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Orden de repatriar presos extranjeros se dio sin un plan ni plazos
enero 30, 2024

Al trasladar a un preso, se traslada también la condena, lo cual requiere mecanismos diplomáticos y cooperación entre las justicias de Ecuador y los países involucrados. Esos países podrían solicitar repatriar ecuatorianos presos en sus cárceles como reciprocidad. 

Viable. Las autoridades del país señalan que, efectivamente, es viable la repatriación de presos extranjeros desde cárceles ecuatorianas. Sin embargo, no existe un plan, ni fechas concretas; en el mejor de los casos, hay un «borrador de instructivo» que dos de las cinco instituciones involucradas en el tema comenzaron a discutir y redactar esta mañana.

A la primera reunión para iniciar la implementación del Decreto Ejecutivo 139, por el cual el presidente, Daniel Noboa, dispuso la repatriación, sólo asistieron las autoridades de la Corte Nacional de Justicia y del Servicio Nacional de Rehabilitación Social (SNAI). No hubo representantes de la Cancillería ni de los ministerios de Gobierno y de la Mujer y Derechos Humanos.

Antes de instalar esta reunión de trabajo, los presidentes de la CNJ, Ivan Saquicela, y del SNAI, Luís Zaldumbide, evitaron responder dos preguntas sobre el proceso de repatriación. Una de ellas era si se necesitarían acuerdos con los países de origen de estas personas, y la otra se refería a posibles escenarios en caso de que dichos países se nieguen a recibirlos.

Eso sí, ambos ofrecieron la versión oficial: que trabajarán de manera coordinada con diferentes instituciones estatales, en especial con la Cancillería, la cual ya conversa con países involucrados. Por ahora, Saquicela anticipó, en términos generales, que el proyecto de instructivo busca garantizar que las repatriaciones se ajusten al Código Orgánico Integral Penal, así como a las normas internacionales, y que se realicen en las mejores condiciones posibles.

“Solamente un Estado fortalecido en su institucionalidad podrá dar respuestas a lo que vivimos los ecuatorianos, esto es un combate al terrorismo”, declaró Saquicela.

Zaldumbide, en cambio, priorizó la necesidad de “afinar términos” del trabajo que les espera a los equipos técnicos del SNAI, la CNJ y los ministerios para “repatriar a presos extranjeros y de esa manera mejorar las condiciones de vida y los derechos de las personas privadas de libertad”.

El funcionario tampoco puntualizó el número de presos extranjeros en las cárceles ecuatorianas, alegando que es un tema de carácter reservado. Esto, a pesar de que en el Censo penitenciario de mayo del 2023 se señala que son 3.245, conforme se aprecia en el siguiente gráfico:

De acuerdo con ese mismo Censo, el 10,4% de los 31.321 presos en las cárceles ecuatorianas corresponde a personas de nacionalidades extranjeras.

El colombiano Andrés Preciado, director de Conflicto y Violencia Organizada de la Fundación Ideas para la Paz (FIP), de Colombia, y Paco Moncayo, exjefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de Ecuador, explicaron que la repatriación ordenada por Noboa demandará, de manera inevitable, acuerdos diplomáticos bilaterales y la cooperación entre las justicias de Ecuador y los países involucrados.

Explicaron que esto es indispensable para garantizar el traslado físico y el traslado jurídico de su sentencia condenatoria a su país de origen.

Conseguir esto es complejo por dos razones jurídicas y diplomáticas que pueden aplicar los países receptores, explicaron los expertos: en el ámbito jurídico, pueden negarse a aceptar las condenas establecidas en Ecuador, lo cual significaría impunidad para las víctimas del delito. Y en el ámbito político, pueden condicionar una repatriación similar de presos ecuatorianos.

Preciado comentó: “Las penas y las condenas están establecidas para el sistema normativo donde se cometió el delito. En alguna medida, no es enviar los condenados, sino hacer un traslado de la condena de un país a otro y eso requiere un mecanismo jurídico de inserción de esa condena en el país receptor. Y muchos países se pueden negar porque hay un acuerdo internacional de que los nacionales y los extranjeros que cometen un delito, pagan las penas donde lo cometieron”.

“Esto se tiene que hacer con convenios internacionales muy bien establecidos, que Ecuador los tiene seguramente con otros países, pero no lo puede hacer de una manera arbitraria. Se trata de una negociación internacional. Entonces, parece que hay algo de inexperiencia en el manejo de las relaciones internacionales que demuestra esta decisión”, agregó.

Moncayo analizó que no es un tema que “Ecuador pueda decir ‘aquí les voy a dejar en la frontera’. Así no funcionan las cosas, sino de una manera más compleja, con convenciones internacionales que rigen la materia”.

Hasta el cierre de esta nota, se esperaba de la Cancillería respuestas a dos pedidos formales de información sobre las gestiones y mecanismos necesarios con otros países para cumplir la orden de repatriación.

“Tendría que verse, además, si vamos a entregar a Colombia; a lo mejor en Colombia tengan también ecuatorianos que están cumpliendo sentencias. Por tanto, hay que trabajar con las cancillerías y las funciones judiciales de los dos países, con mecanismos diseñados desde el derecho internacional público”, acotó Moncayo.

REPERCUSIÓN EN COLOMBIA

De acuerdo con reportes de medios colombianos, el ministro de Justicia de ese país, Néstor Osuna, ha declarado que celebra la orden de repatriaciones y que estas deben realizarse de manera individual y con respeto a las normas internacionales

«Pues mire, me complace mucho que el Gobierno de Ecuador manifiesta, al igual que nosotros le hemos manifestado a ellos, que con la aplicación del tratado que hay, suscrito desde 1990 entre los dos países específicamente para repatriación de personas privadas de libertad, se vaya a proceder a esa remisión de personas», dijo Osuna en declaraciones a periodistas.

Según reportó La FM, el ministro Osuna ha sido enfático en declarar que, hasta el momento, no ha recibido ninguna solicitud concreta de traslado de ninguna persona.

«Las autoridades judiciales ecuatorianas toman la decisión sobre si es posible la repatriación. De ahí pasa a la Embajada nuestra en Ecuador, se traslada acá, se analiza el caso y, uno por uno, se va mirando si es procedente o no; y, si es procedente, a dónde lo vamos a remitir, a qué cárcel del país, en qué momento, dónde lo vamos a recoger», puntualizó Osuna.

Santiago Ángel, periodista de ese medio, destacó que estas declaraciones fueron una de las repercusiones políticas de mayor envergadura en el país vecino tras el anuncio de Noboa.

Lo dijo luego de recordar que la ola de violencia criminal que está enfrentando Ecuador es vista por los colombianos como una especie de espejo de lo que ellos mismo vivieron durante las décadas de los años ochenta y noventa.

“Es una situación transnacional que ha tenido unos efectos muy parecidos en México y en países como Brasil y Paraguay. Recuerde usted el asesinato del fiscal paraguayo Marcelo Pecci, asesinado en una isla en Cartagena. Eso tiene que ver con todas las alianzas de narcotraficantes que están en Centro América y América del Sur que envían la pasta de Coca desde Bolivia pero mucho más recientemente desde Ecuador”, comentó.

“Es una realidad que un poco nos aterra pero es un espejo de lo que vivimos en Colombia. Y entiendo que en Ecuador no saben o no estaban preparados para enfrentarse a semejante fenómeno transnacional con el narcotráfico que tiene un poder de corrupción enorme en las instituciones, que genera mucho control de armas y poder en las zonas de frontera”, señaló.

A MANERA DE NOTA RELATIVA:

‘Narcos’ detenidos en Ecuador podrían ser procesados en Alemania

El Ministerio de Justicia de Alemania declaró el 15 de enero su disposición a colaborar con Ecuador frente al actual contexto de violencia criminal y en el marco de las investigaciones de casos de narcotráfico. Así respondió por escrito el Ministerio de Justicia a preguntas sobre este tema formuladas por el periodista alemán de investigación Kai Laufen. A continuación, publicamos las preguntas periodísticas y las respuestas de la institución alemana.

  1. ¿El Gobierno Federal tiene la voluntad política de acusar en Alemania a los presuntos narcotraficantes detenidos en Ecuador y de ejecutar la sentencia en caso de condena?
  1. ¿Es esto compatible actualmente con el derecho penal alemán y la Ley de Enjuiciamiento Criminal o habría que modificar las leyes?

Las preguntas 1 y 2 se responden conjuntamente debido a su conexión:

En principio, Alemania puede apoyar a las autoridades policiales extranjeras en sus investigaciones mediante la asistencia jurídica mutua en materia penal, siempre que las autoridades de ese país soliciten dicha asistencia.

La cooperación con Ecuador en este ámbito puede tener lugar sobre la base de la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas, así como la Ley de Asistencia Judicial Internacional en Materia Penal.

Los narcotraficantes detenidos en Ecuador pueden ser procesados en Alemania, de acuerdo con las disposiciones del derecho penal, en particular, los artículos 3 y 9 del Código Penal Alemán, si existe una conexión con Alemania. Esto podría deberse, por ejemplo, a su condición de país de tránsito debido al tráfico no autorizado o como mercado de venta debido a la importación no autorizada y el tráfico ilícito. Además, también se puede considerar la persecución a través de la norma de aplicación penal del artículo 6, nº 5, del Código Penal Alemán. Según esta norma, los delitos cometidos en el extranjero en casos de distribución no autorizada de estupefacientes pueden ser perseguidos en Alemania, independientemente de la legislación del lugar del delito.

Si una fiscalía alemana lleva a cabo una investigación sobre un delito cometido en el extranjero, también se puede solicitar al país extranjero que apoye el procedimiento en Alemania, por ejemplo, mediante el interrogatorio de testigos o la incautación de pruebas.

Por último, la fiscalía alemana encargada de la investigación decide si procede dictar una orden de detención contra un sospechoso. Si el tribunal alemán competente emite la orden de detención, se puede solicitar al Estado extranjero la extradición de la persona a Alemania para que enfrente un juicio.

3. ¿El Gobierno Federal está en conversaciones con el Gobierno ecuatoriano?

El Ministerio Federal de Justicia no realiza comentarios sobre conversaciones entre el Gobierno Federal y autoridades policiales extranjeras, con relación a investigaciones o cooperación internacional. La confidencialidad de estos procedimientos, una práctica a nivel internacional, es un requisito fundamental para lograr una cooperación eficaz, especialmente en el ámbito de la asistencia penal.

4. ¿El Gobierno Federal está llevando a cabo conversaciones correspondientes a nivel de la UE o en el marco del Consejo de Europa?

La lucha contra la delincuencia organizada es una de las prioridades durante la Presidencia belga del Consejo de la UE, en la cual el Gobierno Federal participa activamente a través de los trabajos del Consejo Europeo.

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