Una nueva acción de inconstitucionalidad busca bajar el artículo 149 del Código Penal. Según registros presentados por la Fiscalía a Human Rights Watch, entre agosto de 2014 y junio de 2019, esta institución presentó cargos por aborto consentido en 286 casos.
En Ecuador, el aborto sigue siendo un delito en la mayoría de sus causales; uno que se castiga con cárcel. Sólo dos casos se salvan de estas sanciones: por violación y en caso de que la vida de la persona gestante esté en riesgo. El Código Orgánico Integral Penal establece penas de entre seis meses y dos años de cárcel para quien se lo realiza y de uno a tres años para quien lo ejecute. En otras palabras, de acuerdo con la normativa actual, cualquier mujer que aborte podría ir a prisión junto con quien le realice el procedimiento.
Es justamente esto lo que buscan evitar organizaciones feministas como Trenzando Feminismos, la Coalición Nacional de Mujeres de Ecuador, Transamblea y Fundación Desafío, que presentaron hoy una acción de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional con un solo objetivo: despenalizar el aborto en todas sus causales en el país.
El aborto es una realidad que ha marcado vidas como la de Fernanda (nombre protegido). Ella tiene 25 años y hace poco más de un año se enteró de que estaba embarazada, cuando aún cursaba la universidad.
El impacto de la noticia la paralizó “y no sabía qué hacer”. Sabía que sus padres no iban a recibir bien la noticia y ella “no quería tener un hijo”, pues sus condiciones económicas y su realidad no se lo permitirían. Por esto, luego de una larga plática con dos de sus amigas, optó por abortar, algo con lo que su pareja estuvo de acuerdo. Sin embargo, fue ahí también cuando comenzó una travesía que casi le cuesta la vida.
“No sabía cómo hacerlo y a quién acudir. Tenía una amiga que ya había abortado antes y ella me dio recomendaciones para hacer con pastillas. Fue con misoprostol. Ella se había asesorado un poco y ella misma fue la que me guió en el proceso, pero no sabíamos muy bien los riesgos y las consideraciones que debíamos tener cuando me tomé”, cuenta ahora, más tranquila. “Antes no podía hablar de esto sin llorar”.
El proceso fue muy doloroso y, horas después de haber tomado el medicamento, Fernanda presentó un fuerte sangrado que no frenaba. “No sabía qué estaba pasando; cuando sangré, pensé que todo había terminado y que con eso ya estaba, pero no paraba de sangrar y todo se puso cada vez peor”.
La sensación de mareo llegó a su cuerpo y recuerda haber estado al borde del desmayo. “Al final tuvimos que llamarle a mi mamá para que nos ayudara. Fuimos al hospital y allí me dijeron que pude haber muerto por la pérdida de sangre que ocasionó el medicamento, porque había estado mal administrado”.
Fernanda pudo salir de la emergencia, pero vino un nuevo reto. Una vez terminado el proceso, tuvo que asistir a sesiones psicológicas “porque el trauma de todo lo que pasó fue muy fuerte y no podía ni dormir porque soñaba con el sangrado”.
Hoy, ella se denomina como una sobreviviente de un proceso que fue mal realizado por la falta de guía y soporte “que tienen las mujeres para abortar en el país”. Y aunque el tiempo ha pasado y los años han aligerado la carga, este recuerdo permanece. “Ha sido muy duro”.
Así como ella, según Ana Vera, abogada de Surkuna, organización de defensa de los derechos de las mujeres, cientos de mujeres tienen que pasar por este tipo de procesos de forma irregular y sin control médico en el país. Aunque, cabe aclarar, no se puede tener un registro claro de la cantidad de mujeres que viven este proceso en el país porque la ley lo establece como un delito, lo que permite que su práctica se realice fuera de la Ley y de los controles y seguimientos adecuados.
Nueva demanda
La nueva acción legal fue presentada hoy ante la Corte Constitucional en horas de la mañana. “Lo que queremos es una despenalización total del aborto. Eso quiere decir que las mujeres podemos decidir sobre nuestro cuerpo y estamos amparadas por el artículo 66 de la Constitución», dijo Lizi Ernest, presidenta de la Coalición Nacional de Mujeres, en una rueda de prensa organizada antes de la entrega de la acción legal.
Asimismo, para Angélica Porras, abogada constitucionalista, quien también acompañó el proceso, el objetivo del pedido es que se expulse del ordenamiento jurídico ecuatoriano al artículo 149 del COIP, porque criminaliza el derecho de la mujer a decidir. «Se logró despenalizar al aborto por violación, pero no es suficiente».
Cabe preguntarse qué dice el artículo que se cita en la demanda. Este, en el Código Penal, tipifica al aborto con consentimiento como un delito.
“La persona que haga abortar a una mujer que ha consentido en ello, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años. La mujer que cause su aborto o permita que otro se lo cause, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años”, dicta el texto.
De este modo, se condena a las mujeres que buscan abortar o que permita que alguien pueda abortar a ser castigadas por la ley con cárcel. Esto, para Ana Vera, configura un “uso abusivo del Código Penal. Es el único delito que además establece un mandato, con amenaza penal”.
Por esto, lo que busca la demanda presentada hoy es que la Corte Constitucional trate la constitucionalidad de este artículo. Esto, amparada en otros cuerpos legales de la Constitución, como el artículo 66, numeral 10, en el que se establece que todos tienen “el derecho a tomar decisiones libres, responsables e informadas sobre su salud y vida
reproductiva y a decidir cuándo y cuántos hijos tener”. A esta también se suman otros artículos, como el 43, en el se asegura que el Estado deberá garantizar la atención prioritaria y cuidado de la salud integral de las mujeres gestantes.
Para expertas como Vera, este artículo es uno de los que se vulnera en el Código Penal al tipificar al aborto como un delito. “Lo que nosotras hemos podido constatar y por lo que se han hecho varias denuncias, es que efectivamente existe un marco legal ambiguo, donde el aborto puede ser un delito o un servicio de salud. Y esta dinámica causa una restricción absoluta. En Ecuador se estima que menos del 4% las mujeres se atendieron en centros de salud por abortos y desde 2021, cuando se legalizo el aborto por violaciones, solo 93 mujeres y niñas han acudido a estos procedimientos por esta causa. Sin embargo, se estima que el 35% de mujeres o niñas han vivido violencia sexual en el país”.
En otras palabras, la experta explica que el hecho de que exista un marcó jurídico que declara al aborto como ilegal en todas sus causales no solo impide que cualquier mujer acceda a este derecho sino que también hace que quienes pueden acceder por las causales permitidas no lo hagan.
“Lo que se muestra es que el hecho de que exista este delito limita el acceso incluso en causales mínimas y causa barreras muy fuertes, que se recrudecen para mujeres empobrecidas, que viven en la zona rural y reafirma las desigualdades que ya se han tenido. Todo esto ha convertido al aborto en algo inseguro y en un problema de salud pública. Porque si algo debemos tener en cuenta es que la penalización del aborto no ha impedido que las personas gestantes lo practiquen. Al contrario, obliga a las mujeres a practicarlo de forma insegura y sin seguimiento médico, cuando el aborto ha sido internacionalmente reconocido como un servicio de salud prioritario”, dice. “Por esto el aborto hoy por hoy puede causar complicaciones obstétricas, muertes maternas evitables e incluso casos de discapacidad”.
Según un informe presentado por Human Rights Watch, la Legislación ecuatoriana, restrictiva con el aborto en la mayor parte de sus causales, ha sido la causante de muertes y vulneraciones de las mujeres, impidiendo que estas puedan tener acceso a servicios médicos y atención adecuada. El documento cita un caso:
“En 2017, Sara tenía 38 años y dos hijos. Se consideraba y creía ser demasiado mayor para volver a quedar embarazada. Cuando empezó a tener un sangrado fuerte, acudió a un hospital público en Quito. Un médico le diagnosticó infección de las vías urinarias e indicó en su ficha médica que la infección había provocado un aborto espontáneo. Un médico que ingresó en el turno siguiente se hizo cargo de su atención. Empezó a interrogar a Sara por el sangrado y le preguntó si había tomado pastillas o intentado tener un aborto. La condición de Sara todavía no era estable y tenía fiebre alta; el médico llamó a la Policía.
Todavía sangrando debido a un procedimiento para quitarle restos de tejido del útero, Sara, desnuda salvo por la bata que tenía puesta, y con unas pocas compresas higiénicas, fue trasladada por la Policía a una unidad de detención en medio de la noche y acusada de aborto consentido. Temprano en la mañana, a Sara le asignaron a un defensor público, quien le aconsejó que se declarara culpable para recibir una pena menos severa. En pocas horas, se produjo la audiencia.
Todavía con la bata del hospital, mareada y sangrando, Sara se encontró rodeada de hombres: el juez, la Policía y el defensor público, mientras acataba los consejos del abogado y se declaraba culpable. Al mediodía, ya estaba camino a una cárcel en la localidad de Latacunga para cumplir una pena de un año y ocho meses. Lugo de un año encarcelada, la hija de Sara se contactó con una abogada particular que pudo interponer un recurso que permitió que Sara cumpliera parte del resto de la pena fuera de la cárcel”.
El documento destaca que en Ecuador la criminalización del aborto tiene un efecto devastador para la vida y la salud de las mujeres y niñas que intentan acceder a estos procesos, sufren emergencias obstétricas que se confunden con abortos o necesitan atención post-aborto tras presentarse complicaciones derivadas de un aborto inducido o espontáneo.
Según los registros presentados por la Fiscalía a Human Rights Watch, entre agosto de 2014 y junio de 2019, esta institución presentó cargos por aborto consentido en 286 casos. De estos, 122 eran específicamente contra mujeres que supuestamente habían tenido un aborto. La Defensoría Pública informó a Human Rights Watch que, entre 2016 y 2019, brindó asistencia legal a 89 mujeres que fueron juzgadas por aborto consentido. El Consejo de la Judicatura, por su parte, indicó a Human Rights Watch que entre agosto de 2014 y junio de 2019 se abrieron 122 casos, en los cuales no se llegó a una conclusión, mientras que 99 casos se habían “resuelto”, aunque el Consejo no explicó qué significaba esto.
Por esto, la organización internacional destacó la importancia de que el país trate y reduzca la incidencia de abortos irregulares y sin control médico, a través de marcos legales adecuados con la realidad de las mujeres. Pero no solo esto, el informe también reveló que “Las restricciones vigentes en Ecuador al aborto legal y seguro también suponen costos innecesarios para el sistema de salud público y privado, y restan efectividad a la respuesta estatal a la violencia sexual y otros tipos de violencia de género. (…) El país gasta cerca de $5 millones por año en brindar atención a complicaciones relacionadas con abortos inseguros. Un aborto no punible tiene un costo para el Estado de $160, mientras que atender las consecuencias de un aborto inseguro le cuesta al Estado $232”.
Por esto, la denuncia busca bajar ese artículo y regularizar el aborto en el país. Pero esta no es la única demanda que se ha presentado al respecto. Ana Vera cuenta que el 19 de marzo de este año, organizaciones ya presentaron una acción similar que busca poner fin a la penalidad impuesta con el artículo 149 del COIP para las mujeres que aborten. Esta, sin embargo, todavía está en tratamiento”.
“Es importante que cada vez más mujeres se unan en esta lucha para que nos hagamos escuchar y hagamos ver los problemas que causa la tipificación del aborto como un delito”, dice.
Proceso a seguir
Ximena Ron, abogada constitucional, explica que, una vez ingresada esta propuesta, deberán ponerse en marcha los mecanismos y procesos establecidos en la Corte Constitucional para su tratamiento.
“La Corte debe tramitar esa inconstitucionalidad analizando si, en efecto, el artículo de la Ley vulnera la norma constitucional. El caso se sortea a una jueza o juez ponente, quien puede llamar a las partes procesales y a amicus curiae a una audiencia y luego prepara un proyecto de sentencia sobre el resuelve la Corte”, dice. “Al final, se necesitan 5 votos para tomar una decisión sobre la sentencia y considerar si se aprueba o no”.
Por su parte, Vera asegura que este es un momento histórico en Ecuador, que debería sumarse a la tendencia goblal de despenalizar el aborto en todas sus causales.
“Esto es posible y Ecuador está listo para avanzar sobre los derechos de las mujeres, creo que es este el momento histórico que justamente hay que impulsar, para garantizar los Derechos Humanos de las mujeres y personas gestantes. Esta Corte ha sido clara en tema de derechos y la eliminación del delito de aborto por violacion con el mismo criterio jurídico, por lo que esta vez se esperaría también una sentencia que despenalice de una vez el aborto en este país”, dice.
En la región, sólo cinco países permiten el aborto de forma legal: Colombia, Argentina, Cuba, México y Uruguay. Vera cita el caso de Colombia como algo que podría pasar en Ecuador. Este país se sumó a esta despenalización el 21 de febrero del 2022, tras una sentencia de la Corte Constitucional en la que especifica que el aborto está permitido hasta las 24 semanas de gestación. Es decir, hasta los seis meses, y para todas aquellas personas mayores de 14 años. El órgano añadió que en el caso de que se diera alguno de estos tres supuestos, inviabilidad de la vida del feto, peligro para la gestante, o embarazo por violación, ese límite de 24 semanas no es aplicable.
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