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viernes, diciembre 5, 2025
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¿Los planes de gobierno se ajustan al marco legal?

Las elecciones seccionales de 2019 activaron cientos de partidos y movimiento políticos a escala nacional. La cantidad de promesas se multiplica exponencialmente a la luz de los más de 80.000 candidatos inscritos. Sin embargo ¿cuántas de las promesas son realizables?, ¿lo prometido se enmarca con lo dispuesto en la ley?

Paco Moncayo, Luisa Maldonado y Jorge Yunda candidatos a la Alcaldía de Quito han desarrollado extensos planes de gobierno que involucran tres aristas fundamentales para los quiteños: movilidad, seguridad y generación de empleo. Las propuestas de estos políticos deben coincidir con las atribuciones dispuestas por la ley para los gobiernos autónomos seccionales.

Aquí una revisión a la normativa vigente en torno a las obligaciones de los gobiernos autónomos seccionales y su relación con las propuestas de estos políticos.

La Constitución de Ecuador, en su artículo 251, establece que cada región autónoma elegirá por votación a su consejo regional y a su gobernador regional. En este sentido, cada provincia tendrá un consejo provincial cuya máxima autoridad será el prefecto; cada cantón tendrá un concejo cantonal integrado por el alcalde y los concejales elegidos por votación popular; cada distrito metropolitano autónomo tendrá un concejo elegido por votación popular; y cada parroquia rural tendrá una junta parroquial conformada por vocales de elección popular.

Los candidatos que aspiran a esos cargos deben cumplir con requisitos estipulados en el artículo 97 del Código de la Democracia. Uno de ellos es que su plan de gobierno cuente con:

  1. Diagnóstico de la situación actual;
  2. Objetivos generales y específicos;
  3. Plan de trabajo plurianual de acuerdo a la dignidad a la que hubieren optando, en el que se establecerán las propuestas y estrategias a ejecutarse de resultar electos;
  4. Mecanismos periódicos y públicos de rendición de cuentas de su gestión.

A través de la Constitución de la República y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, se creó el sistema nacional de competencias, con el objeto de organizar las instituciones, planes, programas, políticas y actividades relacionadas con el ejercicio de las competencias que corresponden a cada nivel de gobierno, guardando los principios de autonomía, coordinación, complementariedad y subsidiariedad.

Así, según el Código Orgánico de Organización Territorial en su artículo 29 las funciones de los gobiernos autónomos y descentralizados son:

  1. De legislación, normatividad y fiscalización
  2. De ejecución y administración
  3. De participación ciudadana y control social

En este cuerpo legal también se determinan las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos descentralizados, entre las que se encuentran: crear y gestionar los planes de ordenamiento territorial, gestionar el ordenamiento de cuencas hidrográficas, planificar, regular y controlar el tránsito, planificar, construir y mantener el sistema vial, otorgar personería jurídica a las organizaciones regionales, determinar políticas de innovación, fomentar actividades productivas, gestionar cooperación internacional.

Temas referentes a la vialidad y al desarrollo productivo se encuentran contemplados dentro de las atribuciones de los gobiernos autónomos. Por otra parte, pese a que la seguridad es una competencia atribuida al Gobierno Central, muchos de los candidatos se han abanderado de la misma.

A continuación, detallamos las propuestas de Yunda, Moncayo y Maldonado en relación a temas ligados a la movilidad, la generación de empleo, seguridad y cómo se articulan con la normativa vigente:

PACO MONCAYO
EJE DE TRABAJO NORMATIVA VIGENTE
Seguridad:

1) Propiciar y apoyar la coordinación interinstitucional y contribuir a articular una red de trabajo entre Municipio, Ministerio del Interior, Policía Nacional, Función Judicial y Sistema de Rehabilitación Social, así como con organizaciones de la sociedad civil, a fin de garantizar la seguridad y la convivencia ciudadana.

2) Aplicar un enfoque epidemiológico – preventivo, que apunta a la multidimensionalidad del fenómeno e identifica factores desencadenantes.

3) Realizar acciones integrales para procesar pacíficamente los conflictos, fomentar la convivencia sana y el desarrollo ciudadano.

4) Respetar, promover y tutelar los Derechos Humanos.

5) Modificar los valores culturales que promueven la utilización de la violencia.

6) Promover la participación ciudadana.

7) Revalorizar el espacio público como propiedad de todos.

8) Mejorar las condiciones de seguridad vial para evitar accidentes.

  • Código Orgánico Organización Territorial Autonomía y Descentralización:

Artículo 60 Atribuciones del alcalde o alcaldesa

Ordinal Q

Coordinar con la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, la formulación y ejecución de políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana.

Ordinal S

Organización y empleo de la policía municipal en los ámbitos de su competencia dentro del marco de la Constitución y la ley

Art. 37.- Atribuciones del gobernador o gobernadora regional

Ordinal N

Coordinar un plan de seguridad ciudadana, acorde con la realidad de cada región y en armonía con el plan nacional de seguridad ciudadana, articulando para tal efecto, el gobierno regional autónomo, la ciudadanía y la Policía Nacional.

Productividad:

  • Polos de desarrollo industrial:

Definición de áreas y operación de polígonos industriales en el territorio del DMQ para relocalización de industrias e instalación de nuevas empresas. En coordinación con los gremios industriales a fin de establecer las ubicaciones adecuadas, las demandas funcionales, la provisión de infraestructuras modernas y sustentables, los sistemas de gestión y las factibilidades pertinentes

  • Agroindustria y agronegocios:

Acuerdos entre la Municipalidad, los centros universitarios y las empresas para realizar investigación aplicada y enfocada a la demanda de productos del sector agroalimentario requeridos en mercados internacionales.

  • Código Orgánico Organización Territorial Autonomía y Descentralización:

Artículo 60 Atribuciones del alcalde o alcaldesa

Ordinal G

Elaborar el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan cantonal de desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos señalados en este Código

Movilidad:

Sistema Único de Recaudo de Pasajes

Sistema Integrado de Transporte Público de Quito

Sistemas especiales de Transporte Público

Centro Integrado de Gestión de la Movilidad

Gestión de congestión de tráfico

Estacionamientos Públicos

Observatorio de la Movilidad  

  • Código Orgánico Organización Territorial Autonomía y Descentralización:

Artículo 32 Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado regional

Ordinal C

Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre regional y cantonal en tanto no lo asuman las municipalidades

 

LUISA MALDONADO
EJE DE TRABAJO NORMATIVA VIGENTE
Seguridad:

• Desarrollo de índices de seguridad territorializados e identificación de sectores tipo para definición de estrategias de prevención y control de la inseguridad.

• Construcción y mantenimiento de UPCs y colocación de cámaras de video vigilancia.

• Equipamiento e iluminación adecuada de espacios públicos mediante el uso de paneles solares.

• Mejoramiento de mecanismos de coordinación entre el ECU 911 y organismos de atención de emergencias.

• Fortalecer el Observatorio Metropolitano de Seguridad Ciudadana, estudios, análisis y evaluación continua de seguridad.

• Fortalecer la coordinación entre la Policía Comunitaria, el Gobierno local y la ciudadanía. • Incentivar la participación ciudadana mediante la identificación e involucramiento de los actores sociales y relación con el Gobierno local y la Policía comunitaria.

• Intervención y planes preventivos en épocas y sectores vulnerables.

• Planes reactivos de atención oportuna a emergencias con integración de alarmas comunitarias y equipos de seguridad barrial con el ECU911.

• Mejoramiento del rol de la Policía Metropolitana

  • Código Orgánico Organización Territorial Autonomía y Descentralización:

Artículo 60 Atribuciones del alcalde o alcaldesa

Ordinal Q

Coordinar con la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, la formulación y ejecución de políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana.

Ordinal S

Organización y empleo de la policía municipal en los ámbitos de su competencia dentro del marco de la Constitución y la ley.

Art. 54.- Funciones.- Son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal

Orinal N

Crear y coordinar los consejos de seguridad ciudadana municipal, con la participación de la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, los cuales formularán y ejecutarán políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana

Productividad:

• Inventario para reserva de suelo industrial con servicios básicos y conectividad;

• Inventario de potencialidades de proveedores de bienes y servicios.

• Incentivos al emprendimiento privado y asociativo. Sistemas de alianzas estratégicas público—privado, comunitario para generación de trabajo y empleo.

• Activación de responsabilidad social de las empresas.

• Organización de redes de producción, intercambio y consumo.

• Elaboración de calendario de ferias incluyentes locales, sectoriales y distritales.

• Desarrollo de zonas específicas como Aeropuerto, Zona Franca y ZEDE.

• Implementar marcos legales ágiles y accesibles para instalación de industrias, comercios, emprendimientos, redes y otras figuras económicas.

• Revisión de tipologías de negocios y normativas para facilitar el establecimiento de nuevos emprendimientos.

• Incentivos a la ecoeficiencia.

• Tratamiento del comercio autónomo. Organización y presentación de alternativas de trabajo asociado y calendarizado.

  • Código Orgánico Organización Territorial Autonomía y Descentralización:

Artículo 60 Atribuciones del alcalde o alcaldesa

Ordinal G

Elaborar el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan cantonal de desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos señalados en este Código.

Artículo 54 Funciones.- Son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes

Ordinal A

Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales

Movilidad:

• Servicio de transporte público hacia sectores periféricos y parroquias rurales.

• Rutas expresas por destino y usuarios, especialmente estudiantes.

• Sistema de Recaudo digital para transporte público municipal, trole, corredores, parqueaderos municipales, peajes y Metro.

• Caja común obligatoria en operadoras no municipales.  

• Política tarifaria que priorice al usuario (grupos de atención prioritaria) y eleve índices de calidad del servicio.

• Control de transporte público y comercial informal.

• Generar aplicativos móviles el servicio de transporte comercial.

• Transporte eléctrico masivo e incentivos para el reemplazo.

  • Código Orgánico Organización Territorial Autonomía y Descentralización:

Artículo 32 Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado regional

Ordinal C

Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre regional y cantonal en tanto no lo asuman las municipalidades;

 

JORGE YUNDA
EJE DE TRABAJO NORMATIVA VIGENTE
Seguridad:

Propone crear espacios públicos seguros y que posibiliten el disfrute por parte de la ciudadanía, mejorando con ello la calidad de vida de los habitantes de Quito. Los planes a ejecutarse dentro de este programa son:

  1. La ciudad más segura del Ecuador
  2. Vigilancia con tecnología siempre “Ojo de Dios”
  3. Policía coordinada
  4. Liderazgo con respaldo a la policía y autoridades
  5. Agentes de tránsito vigías  
  6. Centro histórico seguro
  • Código Orgánico Organización Territorial Autonomía y Descentralización:

Artículo 60 Atribuciones del alcalde o alcaldesa

Ordinal Q

Coordinar con la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, la formulación y ejecución de políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana.

Ordinal S

Organización y empleo de la policía municipal en los ámbitos de su competencia dentro del marco de la Constitución y la ley.

Productividad:

  • Fomentar e implementar políticas tendientes a la promoción de la ciudad como destino turístico emblema del país, destacando su legado histórico.  
  • Impulsar herramientas y acciones para la promoción de los emprendimientos que ayuden al desarrollo económico y social del Distrito Metropolitano de Quito.  
  • Estructurar mecanismos de política innovadora que ayuden a posicionar a Quito como una ciudad competitiva y óptima para la inversión y el turismo.
  • Promover acciones coordinadas con los actores políticos y empresariales que posibiliten el fomento del empleo pleno.
  • Código Orgánico Organización Territorial Autonomía y Descentralización:

Artículo 60 Atribuciones del alcalde o alcaldesa

Ordinal G

Elaborar el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan cantonal de desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos señalados en este Código. La proforma del presupuesto institucional deberá someterla a consideración del concejo municipal para su aprobación

Movilidad:

  • Programa de transporte público eficiente:
  1. Quito accesible  
  2. Metro de Quito  
  3. Transporte público eléctrico  
  4. Súbete a la bici  
  5. Todos conectados
  • Programa estacionamiento seguro
  1. Estacionamientos públicos
  • Programa transporte sostenible
  1. Deja el carro en casa
  2. A pie y en bici es mejor
  3. Transporte 24/7 para la ciudad
  4. Súbete al bus
  5. Diálogo para un mejor transporte privado
  • Código Orgánico Organización Territorial Autonomía y Descentralización:

Artículo 32 Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado regional

Ordinal C

Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre regional y cantonal en tanto no lo asuman las municipalidades

Art. 55.- Competencias exclusivas del gobierno autónomo descentralizado municipal

Ordinal F

Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte terrestre dentro de su circunscripción cantonal

 

A través del cuadro anterior podemos evidenciar cómo las estrategias de los políticos se ajustan a través de distintos artículos al marco legal vigente. Sus planes de gobierno fueron notariados y aceptados por el CNE junto a su candidatura, lo cual implica que el incumplimineto injustificado del mismo puede derivar en una revocatoria de su mandato. Conocer los ejes de trabajo y las atribuciones de los gobiernos autónomos permite exigir cumplimiento en el desarrollo de las mismas.

Pablo Terán
Pablo Terán
Webmaster en Ecuador Chequea. Profesional en Comunicación Social, experiencia-26 años. He trabajado en diferentes medios de comunicación, entre ellos Diario La Hora, por 18 años. Fui Editor de Sociedad, Quito e Interculturalidad. Tengo, además, una maestría en Psicología Holística.

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