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viernes, diciembre 5, 2025
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Ley de Integridad Pública:¿puede transformar a las cooperativas a sociedades anónimas?

Desde ayer entró en vigencia la Ley de Integridad Pública, que exige la transformación de cooperativas grandes en sociedades anónimas reguladas por la Superintendencia de Bancos. A continuación las claves de esta norma: 

POR: Juan Camilo Escobar 

Ayer entró en vigor la Ley de Integridad Pública, que establece que determinadas cooperativas de ahorro y crédito podrán —y, en ciertos casos, deberán— transformarse en bancos privados. 

Esto implica su conversión en sociedades anónimas del sistema financiero privado, sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Bancos. El proceso no será automático ni generalizado. Su aplicación dependerá de criterios técnicos y regulatorios.

De acuerdo con la Disposición Transitoria Décima Primera de la norma, la nueva Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria —que reemplazará a las actuales juntas financiera y monetaria— contará con un plazo de 90 días, a partir de la posesión de sus miembros, para emitir la normativa que establecerá los criterios para identificar a las cooperativas que deberán transformarse en bancos.

Para esta identificación, la Junta deberá realizar un análisis de “interconexión y riesgo sistémico”, es decir, evaluar el tamaño, la influencia y el riesgo que representa cada cooperativa para el sistema financiero nacional.

Según el Gobierno de Daniel Noboa, la reforma busca proteger los depósitos y aportes del público, así como preservar la estabilidad financiera, dado que algunas cooperativas han alcanzado un volumen de activos, número de socios y nivel de operaciones comparable —o incluso superior— al de varios bancos medianos.

¿A qué entidades se aplicará y qué implica la transformación?

La medida no será aplicable a todas las cooperativas. Sólo se transformarán aquellas que, conforme al antes mencionado análisis técnico, sean catalogadas como entidades de importancia sistémica o que representen un riesgo relevante para la estabilidad del sistema financiero. La gran mayoría de las cooperativas de tamaño pequeño o mediano no se verá afectada por esta disposición.

Las cooperativas identificadas deberán adoptar la figura jurídica de sociedad anónima, lo que implica abandonar el modelo de propiedad colectiva -donde cada socio tiene un voto, independientemente de su aporte de capital- para pasar a un esquema en el que la toma de decisiones depende de la cantidad de acciones -participación accionaria-.

Además, estas entidades dejarán de ser reguladas por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) y pasarán a estar bajo la supervisión directa de la Superintendencia de Bancos (SB), conforme a lo dispuesto por la Ley.

Postura del sector cooperativo

“El paso más importante ha sido reconocer que existe un problema”, dijo hoy en entrevista con Ecuavisa el director ejecutivo de la Asociación de Instituciones de Microfinanzas (Asomif), Patricio Chanabá, luego de recordar que la propuesta original del Gobierno no contemplaba la mencionada transformación de cooperativas en bancos:  “Aunque no fue parte del proyecto original del Ejecutivo, al no vetarlo, el Gobierno también reconoce que existe un problema”.

Según Chanabá, la reforma también responde a recomendaciones del Fondo Monetario Internacional, que en sus últimos reportes ha instado al Gobierno a fortalecer la supervisión del sector cooperativo y eliminar lo que denomina “tolerancia regulatoria”: un marco normativo más laxo que el aplicable a la banca privada.

“Las cooperativas están reguladas por la Ley de Economía Popular y Solidaria, que permite ciertos cobros cuando se otorga un crédito, aunque legalmente no se llamen comisiones. Pero son costos reales que sí se cobran y que no se incluyen en la tasa efectiva referencial del Banco Central”, dijo Chanabá en esa entrevista. “En cambio, si se convierten en bancos, esos costos desaparecen y los clientes pagarían solo la tasa de interés, sin comisiones. Eso puede representar un ahorro y mayor transparencia para el cliente.

El director ejecutivo de la Asomif también advirtió que esta reforma institucional es apenas un paso, y que debe ir acompañada de una revisión del marco regulatorio prudencial y de correcciones en el mercado de microcrédito, donde detectó prácticas insostenibles y distorsiones causadas por las tasas de interés vigentes.

Sin embargo, la Asociación de Organismos de Integración del Sector Financiero Popular y Solidario (Asofipse) expresó su preocupación frente a la reforma. Alegan que la conversión obligatoria de ciertas cooperativas en bancos vulnera los principios fundamentales de la economía popular y solidaria, altera su naturaleza jurídica y afecta su propósito social y comunitario. Consideran que el cambio rompe con el modelo asociativo que ha caracterizado históricamente a estas entidades.

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Juan Camilo Escobar
Juan Camilo Escobar
Licenciado en Comunicación Social por la Universidad Central del Ecuador y Magíster en Periodismo Digital por la UDLA. Más de una década de experiencia cubriendo política local para Diario La Hora, también ha cubierto fuentes políticas, económicas y judiciales para Ecuadoradio, Radio Sonorama, Red Informativa Bolívar, Sistema Radial Colón y Corape.

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