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viernes, diciembre 5, 2025
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Ley de Integridad Pública llega al Pleno con cambios a leyes de distinta naturaleza

El informe para segundo debate incluye reformas penales, judiciales, financieras, de tránsito y movilidad humana. El proyecto tiene carácter económico urgente y fue presentado por el Presidente. 

POR: Hugo Constante

El informe para segundo debate del proyecto de Ley de Integridad Pública llega con cambios al Pleno de la Asamblea en relación al texto que fue conocido en primer debate. El proyecto tiene carácter económico urgente y fue presentado por el presidente de la República, Daniel Noboa, con el objetivo de mejorar el sistema de contratación pública, pero la Comisión incluyó reformas penales, judiciales, financieras, de tránsito y movilidad humana. 

La presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico -donde se trabajó esta reforma-, Valentina Centeno (oficialista), indicó que es un proyecto de Ley inédito que reforma otros 20 cuerpos normativos, pero que es necesario para devolverle al paz, la tranquilidad y la confianza a los ecuatorianos en el Estado.

Sin embargo, la inclusión de otras materias que no tienen relación con la contratación pública preocupa a legisladores de otras agrupaciones políticas. Cristian Benavides, independiente, manifestó que cuando lo remitió el Presidente de la República, tenía un horizonte claro: la reactivación económica a través de las obras y la contracción pública, pero que en la Comisión se terminó mezclando “cocos con papas”, lo que termina por afectar la unidad de materia que a lo largo de su tratamiento debe caracterizar a un proyecto económico urgente, por lo que se corre el riesgo de que una vez aprobada la norma, se presenten demandas de inconstitucionalidad. 

Reformas penales y al Código de la Niñez, los temas sensibles

Si en el informe para primer debate se incluyó en el proyecto de Integridad Pública reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) y al Código de la Niñez, en el texto que se presentó para este segundo debate se ampliaron las reformas en esos dos cuerpos normativos. 

Para Santiago Díaz, asambleísta del correísmo, el incremento de penas no debería ser para los menores infractores sino para los reclutadores de esos menores. Sin embargo, Centeno defendió la propuesta con el argumento de que no es una Ley contra los menores de edad, sino contra las mafias que los están utilizando como “carne de cañón” para cometer crímenes atroces. 

Estas son algunas de las nuevas reformas al Código Penal y al Código de la Niñez que se incorporaron en el informe para segundo debate del proyecto de Ley de Integridad Pública, cuyo tratamiento tendrá lugar esta tarde en el Pleno de la Asamblea. 

  • En las circunstancias atenuantes de la infracción penal, se incluyó la posibilidad de imponer la mitad de la pena a los adolescentes infractores que colaboren con las autoridades en la investigación de la infracción y permita procesar penalmente a las personas que le incitaron o enseñaron a cometer delitos.  
  • La legislación vigente contempla la expulsión de extranjeros que hayan cometido delitos sancionados con prisión mayor a cinco años y la prohibición de retornar a territorio ecuatoriano por un lapso de 10 años. Los legisladores incorporaron un artículo que señala que cuando esté en curso un conflicto armado interno, procede la expulsión inmediata del extranjero que haya cometido cualquier delito, independientemente del monto de la pena con el que sea sancionado ese delito. Una vez cumplida la pena, no podrá regresar al país en un lapso de 15 años. No se dispondrá la expulsión si con anterioridad al cometimiento del delito contrajo matrimonio o se la haya reconocido unión de hecho, o si tiene hijos ecuatorianos.
  • Amplía la sanción de la tenencia y porte ilegal de armas. La tenencia, que hoy se sanciona con prisión de seis meses a un año pasaría, será sancionado con prisión de 3 a 5 años. El porte ilegal que se sanciona con cárcel de 3 a 5 años, tendrá una condena de entre 5 y 10 años de cárcel.
  • Incorpora la obligación del juez de calificar la actuación del fiscal en la audiencia de flagrancia.
  • Para los casos de delitos sancionados por pertenecer a un grupo armado durante la existencia de un conflicto armado interno, se aplicará al adolescente infractor la medida de internamiento institucional de 12 a 15 años y no podrá cambiarse su régimen de ejecución al semiabierto o abierto. 
  • Señala que durante la existencia de un conflicto armado interno y en los casos de  cometimiento de los delitos como testaferrismo, sicariato, asesinato, trata de personas, entre otros, el adolescente sentenciado, al llegar a la mayoría de edad, cumplirá la medida socioeducativa en los centros de privación de libertad, donde se establecerán secciones especiales a fin de garantizar la protección de sus derechos.

Adicionalmente, en este segundo informe se incluyen reformas a la Ley de Economía Popular, a la de Transporte, a la de Eficiencia Económica,  inclusive al Código de la Función Judicial. En cambio se eliminó el prevaricato en el caso de abogados en libre ejercicio profesional.

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Hugo Constante
Hugo Constante
Licenciado en Comunicación Social por la Universidad Central del Ecuador. Editor general en METROHOY, Jefe de Información en Diario HOY, periodista judicial y político en Diario La Hora. Coberturas especiales: Caída de los Presidentes Abdalá Bucaram, Jamil Mahuad, Lucio Gutiérrez., 30 S , paros nacionales 2019 y 2022.

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