Al Grano
La Presidencia del TCE ahora se disputa en los juzgados
agosto 22, 2024

Fernando Muñoz y los tres jueces electorales que le removieron del cargo de presidente del Tribunal Contencioso Electoral se encuentran en plena disputa judicial por el cargo. La audiencia de acción de protección que presentó Muñoz se retomará el martes. 

“Nosotros queremos probar que sí hubo violación de derechos constitucionales”, dijo Fernando Muñoz, expresidente del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), a su salida del Complejo Judicial Norte, en Quito, tras la suspensión de la audiencia de acción de protección con la que intenta regresar a la Presidencia de ese organismo. 

El 12 de agosto, los jueces electorales Ivonne Coloma, Guillermo Ortega y Ángel Torres, autoconvocados en sesión extraordinaria, le removieron del cargo —aunque conserva su calidad de juez— y nombraron en su reemplazo a Coloma. 

El afectado acudió a la justicia ordinaria y los demandó, ya que considera que no le dieron la posibilidad de defenderse, de ser escuchado, de contradecir pruebas. 

La audiencia se suspendió cuando Rafael Oyarte, abogado de Muñoz, estaba por interrogar a los tres jueces demandados dentro de la fase de prueba testimonial. 

Sus abogados objetaron que se los quiera interrogar oralmente por lo que el juez ponente, Jorge Sánchez, dispuso que la audiencia se retome hasta el próximo martes, con el objetivo de que remitan un informe con juramento de las preguntas que les debería enviar Oyarte. 

Por su parte, Muñoz insistió en que no reconoce a Coloma como presidenta del organismo porque el acto con el que se nombró es espurio, por lo que él sigue siendo el Presidente. 

La audiencia 

Oyarte manifestó que la resolución de remoción violó la seguridad jurídica, el debido proceso y la independencia judicial. 

Entre las inconsistencias de la resolución mencionó que se acudió a un recurso administrativo para removerlo, cuando lo que aplica es la normativa del TCE, con lo que no se respetó el derecho a ejercer los tres años de periodo fijo, que le corresponden como Presidente de la institución. “El TCE tiene competencia para elegir, no para remover”, dijo.

Según su argumento, la sesión en que se tomó la resolución no contó con el quórum requerido, ya que para instalarse se necesita la presencia de cinco jueces y sólo estuvieron tres.

Otro punto que señaló al advertir la violación al debido proceso fue que la convocatoria para la sesión extraordinaria no fue autorizada por Muñoz, en su calidad de Presidente, y que en el orden del día no constaba como punto a tratar la remoción de Muñoz. 

Sobre los argumentos para removerlo: caos institucional y mala gestión administrativa, añadió que el organismo llamado a observar esos parámetros es la Contraloría a través de auditorías financieras y de gestión. Añadió que los argumentos para removerlo no se justifican y expuso como prueba la aprobación en el Pleno de la Asamblea del informe anual de gestión que Muñoz presentó a esa Función del Estado. 

Los demandados 

A través de sus abogados, los jueces demandados defendieron la resolución de removerlo y aseguraron que no se afectó ningún derecho constitucional, por lo que no se puede recurrir a una acción de protección. Dijeron que, así como el TCE designa a su autoridad, también puede removerlo. 

Fernando Coloma, abogado de Coloma, dijo que su interpretación jurídica es que el periodo de tres años para ejercer la presidencia no es necesariamente fijo. 

Concordaron en que ser presidente del TCE no es un derecho constitucional, por lo tanto tampoco hay el derecho a no ser removido. Negaron también que se haya violado la independencia judicial, ya que Muñoz sigue de juez y los procesos que se tramitan en el Contencioso Electoral continúan su normal tratamiento. 

Para defender la decisión del TCE para remover a su Presidente, los abogados coincidieron en citar una sentencia de la Corte Constitucional que permitió a la Asamblea cesar a su entonces presidenta, Guadalupe Llori (Pachakutik), ya que son instituciones que gozan de autorregulación y auto organización. 

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