Quito navega en aguas de la incertidumbre y sigue acéfala desde el 2 de junio de 2021, cundo el Consejo Metropolitano de Quito aprobó la remoción del alcalde de la ciudad Jorge Yunda, por presuntos hechos de corrupción. El 1 de julio, el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ratificó la remoción, el 7 de julio se dictaron medidas cautelares a favor de Yunda que fueron revocadas el 19 de julio del mismo año. Sin embargo, la tarde del viernes, 30 de julio de 2021, la Corte Provincial de Pichincha dejó sin efecto la remoción. Juristas especializados en el tema coinciden que la decisión final debe ser tomada por el Corte Constitucional.
La Corte Provincial de Justicia de Pichincha rechazó los recursos de apelación interpuestos a la sentencia de la jueza María Belén Domínguez, que aceptó la acción de protección interpuesta por el alcalde removido
Ante todas estas situaciones el vicealcalde, Santiago Guarderas, se había hecho con el cargo de alcalde de Quito ante la revocación de las medidas cautelares a favor de Yunda, pero con este nuevo dictamen de la Corte Constitucional Provincial de Pichincha surgen interrogantes: ¿volverá Yunda a su cargo como alcalde de Quito? ¿Qué pasa con Santiago Guarderas? ¿Volverá al cargo de vicealcalde?.
Esto explican los constitucionalistas:
El profesor de Derecho Constitucional y especialista jurídico, Ismael Quintana, calificó el dictamen de la Corte de Pichincha como “llamativa y antijurídica”.
Quintana alegó que para dar sustento a su análisis “cuando Jorge Yunda presenta la acción de protección, impugna el informe de comisión de mesa, por lo tanto, acciona demanda a los integrantes de esa comisión de mesa y ahora el efecto es dejar sin vida jurídica la resolución de remoción, cuando el resto de concejales que participaron en toma de esa decisión de remoción jamás fueron accionados, nunca se pudieron defender y nunca comparecieron al proceso. Esto significa que esto lo tendrá que zanjar la Corte Constitucional”.
“Jurídicamente el órgano competente para resolver o revisar los procedimientos de remoción de las autoridades de los gobiernos descentralizados es el Tribunal Contencioso Electoral y así lo establece el Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD)”, aseguró Quintana.
El Observatorio de Defensa y Justicia de Ecuador reportó la decisión de la Corte Provincial de Pichincha como un alerta y explicó que tras la decisión del tribunal local queda sin efecto la remoción, Yunda volvería a su cargo y Santiago Guarderas a la vicealcaldía.
🚨#AlertaDeJusticia | Corte Provincial de Justicia rechazó apelación de la acción de protección interpuesta por Jorge Yunda, en contra de la Comisión de Mesa que tramitó su remoción pic.twitter.com/RJtJDLYBu5
— ODJEcuador (@ODJEcuador) July 30, 2021
El experto litigante y Magíster en Derecho Procesal, Daniel Soto Cordero, también criticó la sentencia del Tribunal Provincial de Pichincha y explicó en su cuenta Twittter que será “la Corte Constitucional debe pronunciarse sobre este caso, por la novedad, la gravedad y la trascendencia e incluso, sabrán los jueces indicar si hay o no negación de precedentes jurisprudenciales. La sentencia causa ejecutoria y no cabe recurso alguno”.
El artículo 25 de la LOGJyCC, numérales 4,5,8,9 y 10, facultan a la Corte Constitucional y Defensor del Pueblo, a solicitar de oficio la selección de la cuestionada sentencia para revisión y dentro de ese proceso, las partes pueden hacer valer sus argumentos vía amicus curiae. pic.twitter.com/T3Qc8qtUYZ
— Daniel Soto Cordero (@DanielSotoec) August 2, 2021
Soto Cordero explicó que según la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJyCC) en su artículo 25 numerales 4,5,8,9 y 10, facultan a la Corte Constitucional y Defensor del Pueblo, a solicitar de oficio la selección de la cuestionada sentencia para revisión y dentro de ese proceso, las partes pueden hacer valer sus argumentos vía amicus curiae.