Los presos sin sentencia ejecutoriada son quienes pueden votar
El Código de la Democracia así lo establece. Además, el Presidente no ha emitido ningún decreto sobre eliminar el voto de los detenidos sin sentencia ejecutoriada. La imagen de Noboa corresponde al año pasado, cuando eliminó la tabla de consumo de drogas.
POR: Redacción Ecuador Chequea
Faltan menos de tres meses para que más de 13 millones de ecuatorianos acudan a las urnas y elijan a quién será su próximo presidente por el periodo de cuatro años. La desinformación se ha aprovechado de esta coyuntura para hacer de las suyas.
Por ejemplo, una publicación en TikTok describe: “Por decreto presidencial los presos ya no pueden ejercer su voto”. En el post se ve al presidente, Daniel Noboa, junto a la ministra del Interior, Mónica Palencia, y al exministro de Gobierno, Arturo Félix Wong, firmando un documento. Se califica este contenido como falso. En la página de decretos presidenciales no se encontró ningún documento con la supuesta información. La fotografía del post está descontextualizada, esta fue tomada en noviembre del año pasado y se dio cuando Noboa eliminó la tabla de consumo de drogas.
Al consultar en la página de la Presidencia, en el apartado ‘Consulta de Decretos’, se filtraron las fechas desde noviembre de 2023 hasta la actualidad, pero no se encontró algún Decreto con esa información conste en el listado.
En esta plataforma, los últimos Decretos son sobre el proyecto de reforma parcial a la Constitución de la República del Ecuador para que la Asamblea lo trámite de conformidad con lo dispuesto en la Constitución y la Ley, el reglamento general a la Ley Orgánica de Salud Mental y la conformación del Comité Nacional de Ciberseguridad, entre otros.
Al hacer una búsqueda en medios de comunicación tampoco se encontró que el presidente Noboa haya dado alguna declaración pública o emitido algún dictamen que determine que los presos no podrán votar en 2025. El 27 de noviembre, el Presidente mantuvo un diálogo con agroproductores de Chimborazo, pero no se refirió a la votación de los presos.
Al analizar la imagen que usa el video de TikTok, se evidenció que no es una fotografía actual y que esta data del 24 de noviembre de 2023. Entonces, el presidente Noboa informó que eliminaba la tabla de consumo de drogas mediante un Decreto Ejecutivo. La fotografía fue publicada en sus redes sociales ese día.
https://twitter.com/danielnoboaok/status/1728213234887311754?s=46
Según el Código de la Democracia, en su artículo 11, los presos sin sentencia ejecutoriada están obligados a votar en el país.
“El voto será obligatorio para las ecuatorianas y ecuatorianos mayores de dieciocho años, incluyendo a las personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada”, se lee en la norma.
Aunque se aclara que se exceptúan las personas que han tenido sentencia ejecutoriada en la Justicia, lo que invalida sus derechos políticos. El artículo 57 de este mismo código establece que se deben crear juntas extraordinarias para que quienes están habilitados puedan ejercer su derecho.
“Para que las personas empadronadas que se encuentren privadas de la libertad en centros de rehabilitación social sin haber obtenido sentencia condenatoria ejecutoriada, puedan ejercer su derecho a voto, se crearán juntas especiales en los mismos centros, las mismas que funcionarán de acuerdo a lo establecido en los reglamentos pertinentes”, se especifica en la normativa.
Además, para conocer si mediante un Decreto Ejecutivo se puede cambiar o modificar la Ley, nos comunicamos con la abogada constitucionalista, Grace Arce, quien aseguró que no se puede modificar una Ley.
“Mediante Decretos no se puede cambiar o modificar una Ley, en este caso se está hablando de una ley electoral, que por ser ley se necesitan otros tratamientos”, comentó Arce.
Al revisar el calendario electoral aprobado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) se evidenció que los presos sin sentencia ejecutoriada sí votarán en las elecciones 2025. Esto se realizará el 6 de febrero.
El 18 de abril de este año fue el más reciente sufragio que tuvieron los ecuatorianos por la Consulta Popular y Referéndum 2024. Para ese proceso estuvieron habilitados 5.338 presos electores distribuidos en 20 provincias, que se instalaron simultáneamente en 61 Juntas Receptoras del Voto, de 41 centros de privación de libertad. Esto se realizó en un trabajo coordinado con el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y Adolescentes Infractores (SNAI).
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