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El desconocimiento aún es una traba para los abortos en casos de violación
septiembre 29, 2021

Aunque hay evidencia de que sí se han atendido casos en los hospitales públicos, las cifras oficiales no son claras y las autoridades aún no tienen clara la sentencia de la Corte Constitucional que despenalizó los abortos en estas circunstancias.

La Organización Mundial de la Salud expone que 3 de cada 4 abortos que ocurren en América Latina son inseguros. El 22  de noviembre de 1990 se firmó la declaratoria del 28 de septiembre como el Día por el Derecho al Aborto de las Mujeres de América Latina y el Caribe. Esto sucedió por las miles de mujeres que morían en la región a causa de la clandestinidad.

En Ecuador, desde el 28 de abril del 2021 el aborto en casos de violación es legal. La Corte Constitucional dio paso a seis acciones de inconstitucionalidad que fueron presentadas a la Corte desde julio del 2019. Para muchas organizaciones de mujeres este fue un logro. Las mujeres ya no serían victimizadas por interrumpir su embarazo a causa de un hecho tan atroz como violentar su integridad. Pero ¿qué ha pasado desde ese día?

Ana Cristina Vera, abogada de Derechos Humanos de la Fundación Surkuna, afirma que, desde la sentencia, como organización han acompañado a 19 casos de niñas, en su mayoría, y mujeres que han decidido optar por el aborto después de sufrir una violación. De los cuales, 15 han logrado el procedimiento, 2 fueron espontáneos, 1 desistió y el último se encuentra en proceso. Vera indica que, en general, no ha sido complejo acceder a la salud pública para llevar a cabo los abortos. Sin embargo, hay una falta de capacitación y sensibilización sobre lo que implica ser una víctima de violencia sexual. Señala que hay prácticas que pueden ser revictimizantes: “Les preguntan específicamente sobre la violación, no hay un adecuado manejo del dolor, ni consideración de que son niñas que requieren otro tipo de tratamiento y atención”.

Vera señala que para acceder al derecho constitucional, Surkuna primero realiza una solicitud al hospital, hacen un seguimiento de si el personal del Ministerio se contacta con la víctima y el plazo para resolver el proceso es de máximo 6 días. En reuniones se aclaran temas de la resolución al personal de salud y luego se contacta a la niña, se realiza un chequeo, se explican las alternativas de los procedimientos y se escoge un día para la intervención. Luego de esto, se realiza una asesoría de anticoncepción post evento obstétrico. Y, finalmente, el servicio de salud envía una notificación a la Fiscalía, porque se trata de agresión sexual. Lo que causa conmoción es que, según la abogada Vera, hay un desconocimiento de la resolución de la Corte. Es decir, parte del proceso para acceder al aborto en caso de violación es informar al personal que es legal, gratuito y debe garantizarse.

Desconocimiento

La abogada señala que lo más grave es que el desconocimiento prolifera en las autoridades judiciales. “Cuando pedimos a la Fiscalía que tome las muestras dentro de un caso denunciado de violencia sexual, para usar dentro de la investigación penal, hay un problema para lograr que todos y todas las fiscales entiendan que debe hacerse urgente”.

Por ejemplo, el caso de una niña de 13 años que solicitó el proceso de aborto legal por violación incestuosa. Se conversó con la Fiscalía para que conocieran el caso y tomaran las muestras útiles, pero cuando llegó la Policía solicitó una orden judicial. Es decir, desconocía la sentencia de la Corte.

Vera dice que, “más allá del acceso al aborto, tiene que haber un proceso reparador para las víctimas, y un garantización a la investigación para acceder a la justicia”. Ya que se puede promover la impunidad desde el vacío de información.

El Ministerio de Salud proporcionó a Ecuador Chequea las cifras de abortos realizados en establecimientos de salud de la base ginecobstetra. Sin embargo, y a pesar de que ese fue el requerimiento, no se desglosó específicamente cuántas mujeres han sido atendidas en la interrupción de su embarazo fruto de una violación. En todo caso, entre mayo, junio y julio se registraron 2968 abortos (esta cifra incluye todo tipo de abortos). Sin embargo, desde enero hasta julio se dieron 185 abortos médicos; es decir aquellos en los que la vida de la madre corre peligro o en los que la paciente ha sido víctima de violación. Se solicitó al Ministerio la desagregación de cifras para saber específicamente cuántos abortos por violación se han dado desde la sentencia de la Corte, pero hasta el cierre de la nota no se obtuvo respuesta.

Una vez se dictaminó la orden de despenalización la Corte solicitó a la Defensoría del Pueblo que elaborara una propuesta de ley que ratifique y norme la despenalización. Esa ley ya fue entregada a la Asamblea y se encuentra en debate. La abogada Alejandra Cárdenas, experta en género, explica cómo seguirá el proceso. “Tenemos que esperar dos debates, un trabajo en Comisión, el del Pleno del Legislativo y nuevamente regresa a la Comisión y luego el Pleno se pronuncia”. Recalca que el Legislativo ya no puede dar marcha atrás a la orden de la Corte. Tiene que dar las pautas de la operación de la despenalización, pero “ya no puede restituir el texto del Código Orgánico Penal, donde se establecía que es delito abortar cuando no es una persona con discapacidad”, asegura. Cárdenas también indica que el proyecto de la Defensoría garantiza varios derechos de no sufrir violencia. El proyecto señala que no es necesario una denuncia para practicarse un aborto, establece que es necesario tomar consciencia en lo que indica de lo que significa el aborto por violación. Además, comenta que se libera a las mujeres que han sido detenidas o procesadas judicialmente por practicarse un aborto luego de una violación sexual.

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